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Para esto si es un “éxito” la última reforma laboral…

Para esto si es un “éxito” la última reforma laboral…

Las empresas asturianas intensifican el uso del despido barato, que crece el 45%

La modalidad «exprés» es aún la más utilizada para rescindir contratos

Más de 5.500 trabajadores fijos perdieron su empleo en cuatro meses

Foto: Manifestación contra la reforma laboral en Oviedo el 29-S.

Oviedo, M. M. / L. G., en La Nueva España
Asturias registró entre enero y abril de este año un total de 5.551 despidos, el 10% más que en el mismo período del año pasado. Pero con una variante. Los despidos por causas objetivas, los más baratos del sistema para rescindir contratos indefinidos (indemnización de 20 días por año trabajado), aumentaron el 45,8%, mientras que se ha moderado el uso del denominado despido «exprés», con 45 días indemnización. Este último modelo, el más utilizado, cayó el 6,6%. La misma tendencia se detecta también a nivel nacional. El despido objetivo fue modificado por la última reforma laboral, que aligeró los requisitos para acreditar las dificultades económicas que deben alegar las empresas.

La principal vía de salida del mercado laboral sigue siendo la finalización de los contratos temporales que se extinguen. Es así como se realizó la mayor parte del ajuste laboral durante la crisis económica. Un informe sobre el mercado laboral elaborado por CC OO de Asturias, y presentado la semana pasada, aporta sin embargo nuevos datos sobre los despidos. Mientras la reforma laboral aprobada hace un año no ha surtido efecto en el crecimiento de la contratación indefinida -que cae mientras sigue creciendo la temporal-, sí está provocando cambios en los despidos.

En el primer trimestre de este año se contabilizaron 2.232 despidos por causas objetivas, con 20 días de indemnización con independencia del tipo de contrato y de su antigüedad, lo que supone un incremento del 37,3%. En todo el año 2010 se produjeron un total de 3.400 despidos de este tipo además de los 1.367 que se tramitaron a través de expedientes de regulación de empleo. Pero sólo en la segunda mitad de 2010, ya con la nueva reforma laboral en vigor, las extinciones de contratos, tanto individuales como plurales, por causas objetivas aumentaron el 6,3% respecto al primer semestre de ese ejercicio.

Simultáneamente, y aunque sigue siendo el recurso más utilizado, en el primer trimestre de este año, el uso del despido «exprés» -con una indemnización de 45 días por año-, cayó el 6,6%, con un total de 2.744. Este tipo de rescisión de contratos sumaron en 2010 unos 8.000, según el informe de CC OO.

El uso de expedientes de regulación de empleo (ERE´s) también siguió la senda alcista en el primer trimestre de este año, con un total de 288 aprobados, el 22,6% respecto a un año antes, y un total de 3.260 trabajadores afectados, un 61,6%.

La tendencia a usar el despido por causas objetivas alegando pérdidas económicas aumenta en todo el país. Según el gabinete de expertos del grupo Global Publisher España-Asesoriza, editorial especializada en derecho laboral, «empieza a verse una cierta flexibilización y una posición más favorable para las empresas en los Juzgados de lo Social». Así, en los cinco meses posteriores a la aprobación de la reforma laboral, la media mensual de despidos alegando causas económicas, actuales o previsibles, fue de 13.388 en España, mientras que en el primer semestre de 2010 había sido de 12.445.

Según esta empresa, el despido «exprés», que entró en vigor con la última reforma laboral de los Gobiernos del PP, pasaron en 2010 de representar el 80,4% hasta junio al 76,3% en noviembre. Los despidos objetivos aumentaron del 18,3% al 22,7% en esos meses.

Los modelos

El despido barato

La reforma laboral aprobada en junio de 2010 incorporaba una modificación sustancial en la consideración del despido objetivo. Ahora ya no es necesario que existan pérdidas económicas sostenidas, significativas, continuadas y cuantiosas. Es suficiente que la empresa acredite que prevé pérdidas importantes y que pueden incidir en la viabilidad de la compañía para que se aprueben despidos con 20 días de indemnización con independencia del tipo de contrato, su antigüedad o la categoría laboral del trabajador.

El despido «exprés»

Esta fórmula consiste en que el empresario admite que el despido es improcedente, luego sin justificación, y deposita 45 días de indemnización por año de trabajo con un máximo de 42 mensualidades. Es la más costosa, pero se esta manera la empresa se ahorra costes judiciales y los salarios de tramitación si se reconoce la improcedencia en las 48 horas siguientes al despido.

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