Por vulneración de la lex artis ad hoc con la consiguiente pérdida de oportunidad
El Sespa, condenado a pagar 90.000 euros a la familia de un hombre que falleció
J. M. E. acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Central de Asturias, aquejado de fuerte dolor, mareo, sudoración y malestar general que le impedía caminar y tenerse en pie
El Comercio
Una sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha condenado al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) dependiente de la consejería de Sanidad al pago de 90.000 euros en concepto de indemnización a la mujer y a los hijos de un hombre que murió en 2010 con 41 años en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) al que había acudido.
El Tribunal considera que "no se agotó la obligación de medios en los tiempos precisos, vulnerándose la lex artis", y dice que se produjo "una pérdida de oportunidad indemnizable" en el tratamiento del hombre. La sentencia, de la que ha informado este martes el Defensor del Paciente, rebaja sustancialmente la cantidad que pedía la familia, que ascendía a 400.000 euros. El motivo es que existé "probabilidad de que el daño se hubiera producido igualmente de haberse actuado diligentemente".
Fue el día 4 de octubre de 2010, cuando J. M. E. contaba con 41 años, acudió en un taxi, acompañado de su esposa al Servicio de Urgencias del Hospital Central de Asturias, aquejado de fuerte dolor de espalda, mareos y sudoración. Eran las 15.14 hroas.
Durante su estancia en Urgencias sufrió sobre las 15.50 horas una pérdida brusca de conciencia con parada cardiorespiratoria, confirmándose su defunción a las 16.35 horas. "No era, en el caso, un mero dolor de espalda, sino una sintomatología más amplia, sudoración, mareos y ganas de vomitar, que exigía agotar la obligación de medios de los que disponían los facultativos, por lo que se ha producido un retraso en el diagnóstico y tratamiento del paciente que le privó
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