Limitaciones a las modificaciones de plazas y/o funciones de las mismas en el marco de la, hasta ahora infinita e incontrolada, capacidad de autoorganización de los centros del SESPA
Una sentencia limita la capacidad del HUCA para mover a sus trabajadores
21.05.2015, P. Á., en La Nueva España.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Oviedo ha dictado una sentencia que anula el traslado de unidad de una enfermera del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA). La trabajadora ejercía su profesión en el área de desintoxicación y fue destinada al servicio de urgencias. Según la resolución judicial, "una cosa es la programación funcional" del centro sanitario "y otra muy distinta (...) la modificación en la plaza y en las funciones inherentes a ella". Según Juan Velasco, abogado del sindicato Usipa y de la demandante, "es la primera vez, al menos que yo sepa, que una sentencia modula la facultad de autoorganización en el sector sanitario de Asturias".
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