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LEGISLACION

¿Estará suficientemente fundamentada ahora la “movilidad forzosa” que contemplaba el Plan de Ordenación de RR.HH. y tumbó el TSJ dos veces…?

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 24 de julio de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se regula la movilidad por razón del servicio del personal del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

 

La Constitución española en su artículo 43 reconoce el derecho a la protección de la salud atribuyendo a los poderes públicos la organización y tutela de la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.

Esas medidas y prestaciones se concretan en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en la que se establece que las actuaciones de las administraciones públicas sanitarias estarán orientadas a garantizar la asistencia sanitaria de todos los ciudadanos.

A pesar de las previsiones indicadas, es posible que puedan surgir determinadas circunstancias-asociadas o no a la realidad actual de escasez de profesionales-que obliguen al Servicio de Salud a proceder a una reordenación temporal de sus recursos humanos.

Para superar este problema, cada vez más común en el Sistema Nacional de Salud, el Estatuto Marco regula en el art. 36 la movilidad por razón del servicio indicando que «el personal estatutario, previa resolución motivada y con las garantías que en cada caso se dispongan, podrá ser destinado a centros o unidades ubicadas fuera del ámbito previsto en su nombramiento de conformidad con lo que establezcan las normas o los planes de ordenación de recursos humanos de su servicio de salud, negociadas en las mesas correspondientes.»

El citado precepto intenta, por tanto, superar en el ámbito de la gestión pública la estanqueidad o la falta de permeabilidad a los cambios organizativos, pero siempre con ciertas garantías, pues del citado art. 36 se infiere la no existencia de un derecho de los profesionales a la inamovilidad funcional, geográfica y orgánica, si bien respetándose por la Administración las garantías que en cada caso se impongan por las normas o planes de ordenación de los recursos humanos del servicio de salud, previa negociación en las mesas correspondientes.

En consonancia con los antecedentes normativos anteriormente referenciados, y resultando requisito legal la existencia de un Plan de Ordenación de Recursos Humanos, el de este Servicio de Salud, de fecha 19 de noviembre de 2009, contempla la posibilidad de movilizar temporalmente al personal del Servicio de Salud del Principado de Asturias del ámbito de su nombramiento, bien por traslado temporal de las unidades o servicios debido a obras o por indisponibilidad funcional de las infraestructuras, por traslado definitivo de unidades a otros centros situados fuera del nombramiento o bien por necesidades asistenciales de la población de áreas deficitarias en recursos humanos.

Teniendo en cuenta lo anterior, el objeto del presente documento responde a la necesidad de abordar la determinación de criterios objetivos para aplicar la citada movilidad por razón del servicio, respetando, en cualquier caso, las prescripciones normativas que se apuntan en el Estatuto Marco.

Por todo ello, previa negociación en reuniones celebradas los días 16 y 18 de julio de 2018, con las organizaciones sindicales con representatividad en la Mesa Sectorial de Sanidad, y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 15 de la Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, esta Dirección Gerencia,

RESUELVE

Regular la movilidad por razón del servicio del personal de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias en los siguientes términos… VER RESOLUCION INTEGRA EN EL BOPA

 

VER LA NOTICIA SOBRE LA PRIMERA RESOLUCION DECLARADA NULA POR EL TSJ

 

EL SEGUNDO INTENTO… TAMBIEN ANULADO

 

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La Junta aprueba devolver la jornada de 35h. en 2019 condicionado a que Asturias llegue a cumplir los criterios de estabilidad…

 

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Al parecer hasta el próximo año, como mínimo, no veremos restaurada la jornada de 35 horas semanales, y entonces, puede que haya hasta algún sindicato que quiera apuntarse el tanto... ¡¡es para llorar!!

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El Principado precisa mil empleos más si recupera la jornada de 35 horas semanales

Podemos, que presentará enmiendas a la ley de medidas retributivas, advierte al Gobierno que "no tenemos vocación de oyente preferente"



Oviedo, J. A. Ardura, en La Nueva España

El Principado precisará mil empleos más si recupera la jornada de 35 horas semanales, tal y como plantea Podemos en una enmienda a la ley de medidas retributivas para la recuperación de derechos de los empleados públicos, que se votará el día 24 en el último pleno del curso político en la Junta General.

El diputado Enrique López anunció ayer que Podemos presentará varias enmiendas a la ley de medidas retributivas, que tienen un denominador común: avanzar en la recuperación de los derechos que los empleados del Principado perdieron con los recortes de 2012. Una de esas enmiendas emplaza al Gobierno regional a asumir la recuperación de la jornada de 35 horas semanales a partir del 1 de enero de 2019, ya que en este ejercicio no será posible porque el Principado fue una de las autonomías que incumplió la regla de gasto. Los Presupuestos Generales del Estado, recientemente aprobados, abrieron la puerta a la implantación de la jornada de 35 horas en todas las administraciones que hayan cumplido la regla de gasto. "Hay que ir al cierre de los recortes. Algunos gobiernos socialistas como el de Extremadura o el de Andalucía ya han restaurado esa jornada. No puede ser que el Gobierno asturiano ser empecine en mantener ese recorte y que sea el PSOE más conservador de todo el Estado", esgrimió el parlamentario de la formación morada. Los cálculos de distintos sindicatos cifran en un millar los puestos de trabajo que debería crear el Principado en el caso de que se restaure la jornada de 35 horas, de los que más de la mitad serían de la sanidad, según aseguró Enrique López.

"Cambio de chip"

Podemos está pendiente de los contactos que mantiene con distintos colectivos para perfilar, al menos, dos enmiendas más a la ley de medidas retributivas: una versaría sobre la aplicación de la carrera profesional y otra sobre una subida salarial del 0,2 por ciento , "aprovechando el margen que hay de un fondo adicional", precisó el parlamentario del grupo morado. El Ejecutivo regional tiene la capacidad de vetar enmiendas que alteren el Presupuesto regional.

"El Gobierno asturiano debe cambiar el chip porque ya no sirve el método habitual de los tiempos de mayorías amplias, de ofrecerte hechos consumados y luego pedir el apoyo para sacar adelante la votación", sostuvo Enrique López. "Podemos, a diferencia de otros partidos, no tiene vocación de oyente preferente", advirtió el diputado autonómico.

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Publicada en el BOE de ayer...

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Hoy, con la entrada en vigor de la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para 2018, entró en vigor la ampliación del permiso de paternidad a 5 semanas ...

 

VER la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado publicada en el BOE:

PDF (BOE-A-2018-9268 - 734 págs. - 31.610 KB)


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Presidencia del Principado de Asturias



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