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LEGISLACION

Me parece bien, pero no puedo evitar preguntarme qué pasaría si en lugar de asturianos fuésemos escoceses…

Me parece bien, pero no puedo evitar preguntarme qué pasaría si en lugar de asturianos fuésemos escoceses…

La ley de drogas se suaviza para la sidra

El proyecto legal permitirá la publicidad de esta bebida

La ponencia de la Junta General del Principado de Asturias relativa al Proyecto de Ley de atención integral en materia de drogas ha modificado este jueves el texto inicial de la norma en lo que se refiere a la publicidad de bebidas alcohólicas y dejará vía libre a la publicidad de la sidra, según han confirmado fuentes parlamentarias.

En concreto, la prohibición de la publicidad de bebidas alcohólicas que venía incluida en la ley "no afectará a la publicidad de bebidas alcohólicas sometidas a denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas, cuya zona geográfica delimitada afecte al territorio del Principado de Asturias".

En cualquier caso, la norma señala que esa publicidad, en caso de ser exterior, no podrá estar a menos de 200 metros del perímetro de centros educativos o centros sociales destinados al apoyo a personas con problemas de alcoholismo.

A lo largo de una larga reunión de la ponencia, los diputados que componen la misma han ido acordando estas y otras cuestiones. Sólo quedarían dos asuntos a resolver, que se resolverán en otra reunión de la próxima semana, antes de que el texto final de la ley pueda ser remitido a la sesión plenaria de la JGPA.

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La propuesta del SESPA para este lunes…

La propuesta del SESPA para este lunes…

El personal estatutario fijo recuperará el grado I de la carrera profesional

Las convocatorias se publicarán durante el primer trimestre

Redacción Médica. Oviedo

El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha propuesto un levantamiento parcial de la suspensión de la carrera profesional acordada en el año 2010, a los solos efectos de permitir el encuadramiento al personal estatutario fijo que, cumpliendo los requisitos exigibles, no haya accedido al sistema. Así lo establece una resolución de la Dirección de Recursos Humanos del Sespa en la que reconoce que “la adopción de la suspensión de carácter coyuntural y transitoria supuso que muchos profesionales se hayan visto imposibilitados a percibir cualquier cantidad en concepto de carrera o desarrollo profesional”.

El objetivo de la orden del Sespa es permitir el encuadramiento en el grado I de carrera profesional o el nivel I de desarrollo profesional, al personal estatutario fijo que, cumpliendo los requisitos exigibles, no haya accedido al sistema de reconocimiento de este complemento retributivo.

La convocatoria se dirige al personal estatutario fijo que ostente la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud del Principado de Asturias, se encuentre en situación de servicio activo, asimilados con reserva de plaza o servicios especiales, haya completado cinco años de servicios prestados, en los términos previstos en la convocatoria que al efecto se apruebe por el Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias. El acuerdo de la convocatoria se mantendrá en vigor durante el año 2015, siendo necesaria la expresa prórroga del mismo. Las convocatorias que al efecto se efectúen se publicarán durante el primer trimestre del año, concluye la orden.

 

PROPUESTA DE ACUERDO DE MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LA FUNCION PUBLICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SOBRE EL LEVANTAMIENTO PARCIAL DE LA SUSPENSIÓN DEL ACUERDO SOBRE CARRERA Y DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

“Quedan comprendidos en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, y por tanto, podrán acceder al encuadramiento en el grado I de carrera profesional por el sistema ordinario, o en el nivel I de Desarrollo Profesional por el sistema ordinario, el personal incluido en el ámbito de aplicación de los Acuerdos de Consejo de Gobierno respecto de los que se acordó la suspensión parcial en el año 2010, y que ostente la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud del Principado de Asturias, se encuentre en situación de servicio activo, asimilados con reserva de plaza o servicios especiales, haya completado 5 años de servicios prestados, en los términos previstos en la convocatoria que al efecto se apruebe por el Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias.”

VER TEXTO INTEGRO

MAS INFORMACION Y DOCUMENTACION GENERAL SOBRE ESTA CUESTION EN NUESTRA SECCION ESPECIFICA DE LA WEB…

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El cómo devuelven los 44 días de los 180 de la paga extra de diciembre de 2012 que nos birlaron… ¡¡y aún nos deben los 136 días restantes y todos los intereses de demora!!

El cómo devuelven los 44 días de los 180 de la paga extra de diciembre de 2012 que nos birlaron… ¡¡y aún nos deben los 136 días restantes y todos los intereses de demora!!

El abono que prevé la ley se producirá de oficio junto con el ingreso de la nómina del mes de enero de 2015, SOLO quienes en el momento de entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2015 han dejado de prestar servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, o han cambiado de destino entre los distintos ámbitos, DEBEN EFECTUAR LA SOLICITUD en el modelo que hoy se facilita hoy en el BOPA:

Resolución de 31 de diciembre de 2014, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se aprueba el modelo de solicitud de recuperación de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.

VER LA INSTRUCCIÓN Y EL MODELO PUBLICADOS EN EL BOPA DE HOY…

A modo de resumen:

¿Quiénes tienen que solicitar la devolución de la paga extraordinaria?

1. Personal que hubiera cesado en el servicio activo o situación asimilada.

2. Personal que hubiera perdido la condición de empleado público o trabajador al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos o entes públicos.

3. Personal que hubiera cambiado de destino pasando a prestar servicios fuera del ámbito de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, o que, manteniéndose dentro de dicho ámbito, hubiera pasado a prestar servicios en Administración, organismo o ente público diferente al de adscripción entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2012.

4. Herederos del personal enumerado en los puntos anteriores que hubiera fallecido.

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Obligados por infinidad de sentencias y así y todo sólo nos devuelven lo equivalente a 44 días de 180 días de lo que nos robaron quitándonos la extra… ¡¡y querrán que les votemos en mayo y en noviembre!!

Obligados por infinidad de sentencias y así y todo sólo nos devuelven lo equivalente a 44 días de 180 días de lo que nos robaron quitándonos la extra… ¡¡y querrán que les votemos en mayo y en noviembre!!

Los funcionarios cobran este mes el 25% de la paga extra de 2012

Lne. 03.01.2015 | 05:36

El personal del sector público de la Administración General del Estado cobra este mes el 25% de la paga extra de Navidad suspendida en 2012 y en casos de jubilación, cambio de servicios en la Administración o fallecimiento deberá rellenarse un formulario de solicitud de abono, según el Boletín Oficial del Estado (BOE), que ha publicado las reglas con arreglo a las que se efectuará la recuperación de la paga extraordinaria y pagas adicionales correspondientes a diciembre de 2012. Los secretarios de Estado, subsecretarios, directores generales y asimilados, así como consejeros permanentes y secretariado general del Consejo de Estado, recuperarán el 24,04% de los importes dejados de percibir de la paga extra de diciembre de 2012 o sus complementos.

PDF (BOE-A-2015-25 - 7 págs. - 260 KB)   Otros formatos

Como cada trimestre, el SESPA autoriza el abono…

Como cada trimestre, el SESPA autoriza el abono…

 

La devolución del copago farmacéutico entre julio y octubre supera el millón de euros

Se pagará a aquellos usuarios cuya aportación haya superado el límite marcado

 

Redacción Médica, Oviedo

El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa), a través de la Dirección General de Gestión Económica, ha autorizado la devolución de las aportaciones superiores al límite establecido realizadas por los pacientes por la adquisición de productos farmacéuticos, el llamado copago farmacéutico, correspondiente al tercer trimestre del año, es decir, entre el 1 de julio y el 31 de octubre.

El Sespa abonará por este concepto, según recoge la resolución publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), 1.078.644 euros. La Dirección General de Gestión Económica ha procedido a realizar los actos necesarios para la petición de documentos, conocimiento y comprobación de los datos, y particularmente la información obtenida a través de la factura que el Colegio de Farmacéuticos de Asturias emite para su pago.

 

VER LA RESOLUCION EN EL BOPA DE 26.12.2014

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El letrado de la Junta censura la escasa claridad de la ley de Transparencia

El letrado de la Junta censura la escasa claridad de la ley de Transparencia

El informe de Alberto Arce alerta de que el texto redactado por el Gobierno regional reproduce "a trozos" la legislación nacional

Lne. 26.12.2014 | 02:07 M. J. IGLESIAS

La futura ley de Transparencia del Principado cojea de coherencia y claridad, según pone de manifiesto el informe de técnica legislativa, elaborado por el letrado mayor de la Junta General del Principado, Alberto Arce Janáriz, quien en un exhaustivo examen al articulado de la normativa invita al Gobierno asturiano a "establecer un criterio y seguirlo a lo largo de todo el proyecto", como indica explícitamente el texto.

La disección de la norma, que llegó a la Cámara regional el pasado mes de abril, hace hincapié en que el texto del proyecto asturiano reproduce solamente en parte el articulado de la ley nacional, una técnica que tanto el Tribunal Constitucional como el Consejo de Estado estiman poco recomendable, ya que puede dar lugar a omisiones arriesgadas, según las conclusiones del informe.

El documento del letrado abunda en que en algunos casos se reproducen "a trozos" preceptos de la ley nacional de Transparencia y Buen Gobierno, de diciembre de 2013, una práctica que para el Constitucional supone que "la regulación autonómica está estableciendo una regulación contraria a la legislación básica estatal, al tratarse de omisiones que al no poder considerarse inocuas, indiferentes o neutras alteran el régimen jurídico previsto en la ley".

Entre los preceptos del proyecto que más problemas de técnica normativa presentan, el documento también hace mención a la regulación de las multas coercitivas, apartado en el que los juristas echan de menos la especificación de los lapsos de tiempo en los que pueden imponerse, sucesivamente, como instrumento para propiciar el cumplimiento de la normativa.

Del informe se desprende, asimismo, que el ámbito de aplicación de la ley resultaría más claro si el artículo relativo a las entidades a las que es de aplicación la normativa se descompusiera en dos letras: una para los partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales de ámbito autonómico, respecto a los que, según consideran los juristas, el texto asturiano no aporta nada a la norma nacional vigente, y otra relativa a las entidades privadas que perciban ayudas públicas, "sobre las que el proyecto sí supone un plus respecto a la norma estatal", como señala el informe.

La disección pormenorizada del texto aprecia que en uno de los párrafos la redacción no resalta adecuadamente lo que de plus tendrá la normativa autonómica respecto de la norma estatal básica, "no es que con carácter general supere el ámbito subjetivo de esta última, sino que, más concretamente, obliga a las entidades que perciben subvenciones y ayudas públicas, a partir de un importe inferior al mínimo, que a tal efecto establece la norma estatal", indica.

Entre las observaciones figuran otras relativas al empleo de consideraciones de género, con sintagmas como "asturianos y asturianas", lo que, en opinión del letrado, "menoscaba la legibilidad del texto legal".

Modificación de la Resolución de 3 de agosto de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se delega el ejercicio de atribuciones y la firma de resoluciones y actos administrativos en los órganos del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Modificación de la Resolución de 3 de agosto de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se delega el ejercicio de atribuciones y la firma de resoluciones y actos administrativos en los órganos del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Consejería De Sanidad

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 28 de noviembre de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se modifica la Resolución de 3 de agosto de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se delega el ejercicio de atribuciones y la firma de resoluciones y actos administrativos en los órganos del Servicio de Salud del Principado de Asturias. [Cód. 2014-20848]

 

Texto de la disposición   PDF de la disposición (182 Kb)  

Desde cuando la Gerencia del SESPA tiene capacidad legislativa antes incluso de la modificación legal que tiene que salir en el BOPA???

Desde cuando la Gerencia del SESPA tiene capacidad legislativa antes incluso de la modificación legal que tiene que salir en el BOPA???

Cuando es algo positivo para los trabajadores/as nunca se dan tanta prisa... de todas maneras esa Istrucción es ABSOLUTAMENTE NULA DE PLENO DERECHO, ¡¡quede claro!!

El Sespa se adelanta y cancela por su cuenta los ’griposos’ al personal

El Servicio de Salud exige a la plantilla un certificado médico para justificar las ausencias de enfermedad o accidente.

El Principado trabaja en un decreto para el resto de funcionarios

Asturias24.es, Martes02 de diciembre de 2014, por Susana D. Machargo

El Servicio de Salud del Principado (Sespa) se ha adelantado al Gobierno asturiano y ha cancelado los griposos a su personal antes que al resto de los funcionarios públicos. El gerente del Sespa, Tácito Suárez, ha firmado unas instrucciones con fecha 28 de noviembre en las que modifica las condiciones para que los profesionales justifiquen las ausencias motivadas por enfermedad o accidente, hasta un máximo de cuatro al año, sin coger una baja. Si hasta ahora servía una declaración jurada, desde el 28 de noviembre es necesario un justificante médico, ya sea de Atención Primaria o de Urgencias, que tendrá que entregar en el plazo de cinco días. La Dirección General de Función Pública, trabaja en una regulación similar para los 35.000 funcionarios del Principado, incluidos los trabajadores del Sespa. Así lo anunció en una mesa de negociación convocada a principios de octubre...(leer más)

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