EL PERIODO VACACIONAL PREFERENTE EN ESTE HOSPITAL NO INCLUYE JUNIO DESDE 1998.
Sin que haya mediado comunicación alguna a la Junta de Personal, que nosotros sepamos, ni mucho menos a los sindicatos artífices en el año 1998 de que se acortara el periodo vacacional preferente, suprimiendo el mes de junio del mismo, a través de un Acuerdo entre la Dirección-Gerencia de entonces, con CC.OO. y SAE; nos consta que se está obligando a los trabajadores a distribuir sus vacaciones entre los meses de junio, julio, agosto y septiembre, por primera vez desde ese año.
Al no mediar justificación alguna la causa de esto sólo es imaginable o presumible, por lo tanto no especularemos sobre ello y nos centraremos en la defensa de lo pactado entonces que os recordamos (figura en los manuales de acogida del Hospital):
“ Periodo de disfrute de los turnos.- El Gerente de la institución, a propuesta de los responsables de las distintas unidades, aprobará el calendario de vacaciones que abarcará un periodo de 3 meses, de Julio a Septiembre, a partir del año 1998, sin que ello suponga que no se pueda vacar en los restantes meses del año ni que la Dirección pueda proponer a la Comisión de Seguimiento que el periodo afecte a otros meses en función de la demanda asistencial del Area Sanitaria VIII.”
Añadiéndose en dos apartados sucesivos a este del mismo Acuerdo, que si por dichas necesidades el trabajador era obligado a vacar fuera de esos tres meses, la empresa se veía obligada a incentivar con una reducción de jornada esa circunstancia. En el caso del mes de Junio ese incentivo era de 14 horas de reducción de jornada sobre la efectiva a realizar.
Esta circunstancia rara vez se dio, pero en la actualidad, y a nuestro juicio, todos los trabajadores que están siendo obligados a ir en junio, como si del periodo preferente de vacaciones de este hospital se tratara, podrían reclamar esas 14 horas.
Así se lo plantearemos a nuestros servicios jurídicos igual que ya le hemos planteado, y se están tramitando, algunas negativas a ir de vacaciones por días laborables, en lugar de por quincenas o meses completos, con unos lacónicos argumentos de denegación tales como: “por necesidades de servicio u organizativas”…???
TODO MUY MOTIVADO Y JUSTIFICADO, sobre todo cuando se trata de cercenar derechos consolidados (y eso que se nos va acabando el buen humor, a juicio de algunos).
L@s afiliad@s de CC.OO. que se encuentren en alguna situación de las comentadas, os recomendamos que os pongáis en contacto con vuestros delegados cuanto primero mejor.
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