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LEGISLACION

Modificación legislativa autonómica en retribuciones…

Modificación legislativa autonómica en retribuciones…

El Principado ajustará las pagas extraordinarias al tiempo trabajado

La modificación busca una retribución «proporcional» a los días de servicio prestados

Decreto 3/2011, de 26 de enero, de primera modificación del Decreto 1/2009, de 28 de enero, por el que se regulan determinados aspectos del régimen de retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos. (VER TEXTO INTEGRO EN EL BOPA)

30.01.11 - E. C. | GIJÓN, en El Comercio.

El Principado ajustará al tiempo trabajado las pagas extraordinarias del personal que presta sus servicios en la Administración regional. Así lo recoge el Decreto 3/2011 del pasado 26 de enero que ayer publicó el BOPA y que modifica la normativa que regula el régimen de retribuciones del personal que está al servicio de la Administración del Principado, sus organismos y entes públicos. El nuevo texto especifica que a partir de ahora se tomará como referencia el periodo comprendido entre los seis meses anteriores a los de junio o diciembre para definir la retribución de la paga correspondiente en cada momento y no el primer día hábil de los meses de junio y diciembre. Un cambio que, según explica la consejería de Administraciones Públicas en el texto del decreto, busca una retribución proporcional al tiempo de trabajo y no hacer depender dicha retribución sólo a una fecha concreta. Es decir, «se recoge el principio de la proporcionalidad al tiempo de servicios prestados en los distintos puestos».

El texto también contempla expresamente la situación de los permisos distintos al de maternidad recogidos en el articulo 49 de la Ley 7/2007, del 12 de abril y que hasta ahora no estaban contemplados. Según explica el Principado, la asunción de las distintas transferencias de competencias ha llevado a la convivencia de una disparidad en el ámbito de la Administración regional sobre el que la competencia en materia de jubilación es diferente en uno y otro caso y resulta «oportuno» clarificar.

2011: Retribuciones para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias.

2011: Retribuciones  para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias.
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO

Acuerdo de 26 de enero de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan con efectos de 1 de enero de 2011 las cuantías de las retribuciones para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias.Texto de la disposición   PDF de la disposición (4730 Kb)  

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO

Decreto 3/2011, de 26 de enero, de primera modificación del Decreto 1/2009, de 28 de enero, por el que se regulan determinados aspectos del régimen de retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.

...“2. Las pagas extraordinarias se devengarán el primer día hábil de los meses de junio y diciembre. El importe se calculará proporcionalmente y con referencia a las situaciones y derechos del personal empleado público en el período correspondiente a los seis meses inmediatos anteriores a las citadas fechas, salvo en los siguientes casos, teniendo en cuenta en todos ellos que el tiempo de duración de licencias sin derecho a retribución no tendrá la consideración de servicios efectivamente prestados...

Texto de la disposición   PDF de la disposición (210 Kb)  

Los agujeros de la Ley de Contratos

Los agujeros de la Ley de Contratos

El sistema de compras centralizadas, pensado para ahorrar dinero a la administración, también ofrece margen para la opacidad

La norma permite relajar los controles en las adjudicaciones de menor cuantía

El Comercio. 27.01.11 - R. MUÑIZ

Algo ha tenido que fallar para que un exconsejero, una exdirectora general y una funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores hayan sido detenidos. La legislación prevé una serie de filtros antes y después de celebrar cada contrato, procedimientos de control que «han fallado clamorosamente». Así coinciden los juristas independientes que trabajan a diario con las administraciones municipales y regionales, una experiencia de la que sacan también una importante observación: «A veces la norma permite también sacar adelante adjudicaciones que chirrían por todos los lados, pero que jurídicamente no tienen nada reprochable». Explicamos junto a ellos las salvaguardas y déficits que rodean cada proceso de contratación.

Por debajo de 18.000 euros

Son «el pozo de todo el asunto». Cualquier órgano contractual tiene potestad para firmarlos sin recurrir a una licitación pública ni convocar a la mesa de contratación. Están pensados para cubrir con agilidad cuestiones de gasto corriente. «La norma permite discrecionalidad, pero no arbitrariedad», expone un catedrático de Derecho Administrativo. En teoría, el órgano contractual debe motivar y razonar por qué recurre a esta figura. En la práctica, las administraciones no están obligadas a publicar este tipo de encargos, algo que reclama IU. Dar luz a la contratación directa «acabaría con una situación relativamente frecuente: algunos municipios trocean encargos de mayor cuantía para poder despacharlos bajo esta figura». La Consejería de Administraciones Públicas asegura que bajo esta figura la funcionaria Marta Renedo Avilés logró adjudicar a su empresa, Implans Mounts S. L., una serie de contratos por valor de «más de 600.000 euros» durante dos años. Para ello le bastó con falsificar la firma de su superior, José Alberto Pérez Cueto, autorizado a formalizar este tipo de contratos.

Entre 18.000 y 100.000

Se dividen en dos tramos. Hasta los 60.000 euros existe una tramitación negociada, pero sin publicidad. La administración en cuestión elige libremente a tres empresas o particulares que considere oportunos y les invita a participar en el proceso. Posteriormente, una mesa de contratación ya bajo control funcionarial elige a uno de ellos según el precio y los méritos apreciados. La contratación resultante sí debe ser publicada. El problema reside en la discrecionalidad que tiene el órgano contratante para repartir las tres invitaciones iniciales: «No es extraño que el político de turno reserve una para la persona a la que en realidad quiere, y las otras dos las remita a gente con pocas posibilidades». Entre los 60.000 y los 100.000 euros el procedimiento es similar aunque la invitación inicial sí se publica.

Por encima de 100.000

Dada la envergadura del encargo, la norma obliga a ofrecerlo mediante una licitación abierta. Las figuras son variadas, la fiscalización «muy minuciosa». Aquí las únicas posibilidades de influir pasan por tener muy controlados a los componentes de la mesa de contratación.

Compras centralizadas

Dos puntos «escasamente desarrollados» en la Ley de Contratos del Sector públicos permiten un proceso excepcional «que en principio estaba pensado para la adquisición de material fungible», esto es, consumibles como bolígrafos y papel. Cada cuatro años y mediante un pliego se eligen una serie de proveedores oficiales; luego cada consejería o ayuntamiento «puedes hacerles el encargo directamente». El contrato no pasa por ninguna mesa de contratación ni requiere de informe previo de los interventores. Los proveedores ofrecen los mismos productos con precios dispares y la norma no obliga a elegir la opción más barata.

Control a factura pasada

Hay dos figuras que los juristas consultados consideran «esenciales» en toda la trama investigada: la del secretario general técnico y el interventor. Cada consejería cuenta con uno de estos funcionarios de alto nivel y «la legislación descarga en ellos la grave responsabilidad de fiscalizar todas las facturas de cada departamento». En la Consejería de Educación sorprenden por la poca continuidad de estos funcionarios: en los últimos cuatro años de Riopedre desfilaron cuatro secretarios generales técnicos distintos. En el caso de la funcionaria de Administraciones Públicas, la presunta irregularidad fue destapada por su superior, Pérez Cueto, «al que cada quince días le deben remitir un informe con los gastos en los que ha incurrido su departamento para que revise si todo está funcionando correctamente».

En el BOPA de hoy…

En el BOPA de hoy…

Se resuelve definitivamente el procedimiento de solicitud de acceso al grado correspondiente de carrera profesional de los “vinculados”…

CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 14 de enero de 2011, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se resuelve definitivamente el procedimiento de solicitud de acceso al grado correspondiente de carrera profesional, de los Catedráticos de Universidad o de Escuela Universitaria y Profesores Titulares de Universidad o de Escuela Universitaria que ostenten, en propiedad, una plaza docente e investigadora de perfil asistencial, vinculada a las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias, convocado por Resolución de esta Gerencia con fecha 8 de octubre de 2010 (BOPA 21/10/2010)…

Junto con dicha Resolución se hacen públicos los listados con el encuadrando definitivo de los solicitantes en los grados que se indican en el anexo I, de conformidad con la evaluación otorgada por el Comité Técnico de Evaluación en función de los méritos aportados por los mismos, y de excluidos/as relacionados en el anexo II, por los motivos que expresamente se indican en el mismo.

VER PUBLICACION EN EL BOPA DE HOY

Otra Resolución para el nivel IV del Desarrollo Profesional en el SESPA…

Otra Resolución para el nivel IV del Desarrollo Profesional en el SESPA…

El reparto de los 4 puntos posibles de la promoción del conocimiento (bloque c, factor c2) intenta evitar reconocer, precisamente eso…

Así pormenorizan las acciones docentes para el IAAP “Adolfo Posada”, las Publicaciones, las intervenciones en congresos … pero los alumnos en prácticas o el personal de nuevo ingreso al que formas… ¡¡nada de nada!!

¿Será cosa de la Comisión de Seguimiento sindicatos/administración de la que nunca informan?

Resolución de 17 de enero de 2011, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se modifica la de 16 de diciembre de 2010, de esta Dirección Gerencia, por la que se convoca el procedimiento de solicitud de encuadramiento con carácter extraordinario, correspondiente al Nivel IV de Desarrollo Profesional para el personal sanitario de los Grupos C y D, y personal no sanitario de todos los grupos, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, que tengan la condición de personal estatutario fijo en el ámbito de los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias (BOPA de 31 de diciembre de 2010).

A nuestro juicio esta Resolución sólo tiene la pretensión de intentar anular la línea jurisprudencial marcada por LAS SALAS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en Sentencias como la que os enlazamos:  

VER RESOLUCION

VER SENTENCIA AL RESPECTO

En el BOPA de hoy, con una estimación aproximativa de que los APD tardarán otros 7 meses, en el mejor de los casos, en tomar posesión de sus plazas (obtener destino)…

En el BOPA de hoy, con una estimación aproximativa de que los APD tardarán otros 7 meses, en el mejor de los casos, en tomar posesión de sus plazas (obtener destino)…

 

Se hace público el Concurso de Traslados que CC.OO. garantizó impugnar “si no se resuelve antes la adjudicación de plazas pendientes y …”

VER AQUEL COMUNICADO OFICIAL DE LA FSSA-CCOO SOBRE LAS PLAZAS DE APD

Y VER TAMBIEN LO QUE DECIA CEMSATSE (F. Médica) AL RESPECTO

¡¡Veremos qué pasa!!

Entre tanto,

EN EL BOPA DE HOY:

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO

Resolución de 18 de enero de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo no singularizados en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.

VER LA DISPOSICION INTEGRA

VER LA ULTIMA NOTICIA RELACIONADA SOBRE ESTA CUESTION

Permitirá un modelo único para toda España…

Permitirá un modelo único para toda España…

El BOE publica el decreto de receta médica y órdenes de dispensación

VER DICHO DECRETO

MADRID, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado en su edición de este jueves el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, con el que el Gobierno pretende implantar en toda España un único modelo de receta médica electrónica, que aportará "muchísimas ventajas" a los usuarios, especialmente a los pacientes crónicos.

Así lo aseguró el portavoz del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, tras su aprobación por el Consejo de Ministros el pasado mes de diciembre, ya que recoge las características de la receta electrónica, así como los requisitos de coordinación necesarios para que se garantice la interoperabilidad en el Sistema Nacional de Salud (SNS) y se garantice su funcionalidad en los pacientes desplazados para que estos dispongan de su medicamento en cualquier oficina de farmacia del territorio español.

Para lograrlo, el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, actuará como nodo de intercomunicación de datos entre los diferentes sistemas de receta electrónica de las comunidades autónomas. El acceso de médicos y farmacéuticos al sistema se realizará a través de certificados electrónicos y de la tarjeta sanitaria del paciente.

Además, el real decreto establece un modelo armonizado de receta médica y órdenes de dispensación hospitalaria, que son aquellas que se extienden en los hospitales para la dispensación de medicamentos por parte de los servicios de Farmacia Hospitalaria a pacientes no ingresados.

En él se establecen el formato y los requisitos comunes para ese modelo único de receta para los medicamentos que la precisen, independientemente de que estén o no financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS) y de que se prescriban en la sanidad pública o privada, algo que no sucedía hasta ahora.

Así, los principales aspectos que deberán incluir son los datos del paciente (nombre, apellidos, etc.); los datos del medicamento (nombre del medicamento o del principio activo, vía de administración, etc.); la posología y duración del tratamiento (número de dosis, etc.); los datos del prescriptor (nombre, número de colegiado, etc.) y la fecha de prescripción.

Además, las recetas podrán contener otros datos adicionales que específicos de determinados tipos. Por ejemplo, en las recetas para pacientes crónicos se incluirá la fecha prevista de dispensación y el número de dispensaciones sucesivas.

El Gobierno busca con esta armonización de la receta médica tanto en la sanidad pública como privada un "elemento de calidad y seguridad para el paciente" ya que "refuerza la información al paciente incorporando a la receta un documento de información, de entrega obligada, en el que el profesional que prescriba el medicamento anotará las instrucciones adicionales sobre el tratamiento y las advertencias al farmacéutico para que éste realice la dispensación con las máximas garantías de seguridad y eficacia".

Además, garantiza la dispensación de los medicamentos en cualquier farmacia del territorio español y posibilita tanto la dispensación de un medicamento en una sola vez como la dispensación sucesiva cuando se trate de tratamientos crónicos. De este modo, los pacientes con enfermedades crónicas evitarán visitar al médico exclusivamente para renovar las prescripciones, con lo que aumentará la comodidad de los pacientes y mejorará la gestión asistencial en atención primaria.

El real decreto también amplía la capacidad de prescribir medicamentos a los podólogos, que se unen así a médicos y odontólogos, como profesionales sanitarios con capacidad para prescribir medicamentos sujetos a receta médica.

Más allá de lo imaginable…

Más allá de lo imaginable…

Murcia, un ajuste «brutal» en una autonomía que fue referencia

Foto: Una de la muchas manifestaciones multitudinarias habidas frente a los recortes en Murcia

Oviedo, J. A. A.
Murcia ha pasado en menos de cuatro años de ser una comunidad de referencia, puesta como ejemplo por el PP en los debates económicos donde los populares eran oposición, a protagonizar un ajuste que ha conllevado recortes sociales y laborales importantísimos, que han acabado en una brutal agresión a uno de los consejeros de su Gobierno.

Hace unas semanas, cuando el Gobierno asturiano defendía su proyecto de Presupuestos para 2011, tiró del drástico recorte aprobado por el Gobierno de Murcia (PP) como argumento de defensa ante los reproches planteados por el Grupo parlamentario Popular. La consejera de Administraciones Públicas, Ana Rosa Migoya, incluso recordó la época en la que Ovidio Sánchez reprochaba las, a su juicio, bajas tasas de crecimiento de Asturias y contraponía como modelo los datos de Murcia. El estallido de la «burbuja» inmobiliaria ha pasado factura a la Comunidad de Murcia, que en la actualidad encabeza la clasificación negativa de autonomías con mayor volumen de déficit presupuestario, junto a Castilla-La Mancha. Murcia tiene un déficit del 3,12 por ciento, muy por encima del 1,3 por ciento fijado por el Consejo de Política Fiscal. Ante esa situación, el Gobierno murciano presentó el 21 de diciembre un conjunto de medidas extraordinarias con recortes laborales, salariales y sindicales muy por encima de los previstos en otras autonomías y que son el origen de la agresión sufrida días atrás por el consejero de Cultura.

«Murcianazo» a los funcionarios

Los ajustes en el sector de la Administración de Murcia

-El Gobierno murciano no negoció con los sindicatos de los funcionarios los recortes.

-Se recuperaron las jornadas de 37,5 y 40 horas, con cese de interinos.

-Suspendidos todos los acuerdos con los sindicatos.

-Se eliminaron todas las liberaciones sindicales por encima de la ley.

-Se suspendió la oferta pública de empleo.

-Se eliminó la garantía del 100% del salario en caso de incapacidad temporal, excepto en caso de enfermedad profesional o maternidad.

-Los cursos de formación de mañana no computan ya como jornada de trabajo.

-Los permisos por enfermedad y análogos se computan por días naturales.

-Ante nuevas necesidades no se contratará, se procederá a la redistribución del personal.

-Las horas extraordinarias no se cobran, se descansan.

-Prohibición de nuevos complementos por productividad.

-Suspendidas las aportaciones de la Administración al plan de pensiones.

-Se restringen las ayudas sociales.

-Aumento de la jornada del personal docente y sanitario.

-Se suprimieron los 175 euros mensuales de productividad al personal docente.