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TRIBUNALES

El Gobierno ya no tiene ninguna excusa para devolver la paga extra, por lo que CSIF ha reclamado una convocatoria urgente de la Mesa General de las Administraciones Públicas, para generalizar esta devolución al conjunto de los empleados públicos de España…

El Gobierno ya no tiene ninguna excusa para devolver la paga extra, por lo que CSIF ha reclamado una convocatoria urgente de la Mesa General de las Administraciones Públicas, para generalizar esta devolución al conjunto de los empleados públicos de España…

Primera sentencia que obliga al Estado a pagar parte de la extra de 2012 a los funcionarios

22.02.2014, Madrid, Agencias, en La Nueva España.

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Interior a devolver a un funcionario parte de la paga extra de diciembre de 2012, que fue suprimida por el Gobierno mediante un decreto ley como medida para ayudar a recortar el déficit público. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso. En el texto se reconoce el derecho del funcionario demandante a que le sea abonada la parte proporcional de la paga extra de diciembre devengada entre el uno de junio y el 14 de julio, así como la parte proporcional del complemento específico y demás cantidades que deberían abonarse junto con la paga extraordinaria. Es la primera sentencia de este tipo contra la Administración del Estado y es semejante a otras que ya se produjeron en varias autonomías.

El juez entiende que el decreto ley que suprimió la paga extra y que entró en vigor el 15 de julio no afecta a la parte devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha hasta la que los funcionarios mantenían el derecho a percibir las dos pagas extra en 2012. El magistrado también explica que, aunque la paga se cobra de forma acumulada al vencimiento de los seis meses durante los que se devenga, no hay ningún impedimento para que en determinadas circunstancias se produzca una liquidación parcial.

Un tribunal obliga al Estado a devolver parte de la paga extra a los funcionarios

Es la primera sentencia en firme contra la Administración General del Estado (AGE)

El juez censura la retroactividad del decreto porque viola el principio de seguridad jurídica

J. SÉRVULO GONZÁLEZ, Madrid, en El País.

El Juzgado Central de lo contencioso administrativo número 4 de Madrid ha dictado una resolución por la que obliga al Ministerio del Interior a devolver la parte proporcional de la paga extraordinaria suprimida en diciembre de 2012 en el decreto de recortes del Gobierno de aquel año. El tribunal ordena al ministerio a que "le sea abonada la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente al periodo comprendido desde el 1 de junio hasta el 14 de julio de 2012, así como la parte proporcional del complemento específico y demás cantidades que deberían abonarse junto con la paga extraordinaria".

Se trata de la primera sentencia en contra de la Administración General del Estado (AGE). Hasta ahora los tribunales se habían pronunciado a favor de los empleados públicos de administraciones locales o regionales. Pero hasta la fecha ninguna de las decisiones judiciales afectaba a los funcionarios de los ministerios, según reconocen en el sindicado CSIF.

En julio de 2012, el Gobierno de Mariano Rajoy decidió suprimir la paga de Navidad a todos los funcionarios y empleados públicos de todas las administraciones para ahorrar entorno a 5.000 millones de euros. El compromiso pasaba por restituir la cantidad correspondiente a la paga extra a partir de 2015, mediante su ingreso en los planes de pensiones de los funcionarios. Pero la complejidad del sistema de empleo público, donde conviven funcionarios, interinos, laborales y eventuales, complica la aplicación de la norma.

La resolución dictada el pasado 30 de enero por el juzgado central del contencioso administrativo número cuatro de Madrid da la razón a un funcionario del cuerpo de ayudantes de instituciones penitenciarias —identificado bajo el nombre de Manuel— dependiente del Ministerio del Interior. El funcionario solicitó en septiembre de 2012 el cobro de la parte proporcional de la paga extra antes de la entrada en vigor del decreto de recortes del Gobierno, el 14 de julio de ese año. Pero la dirección del centro penitenciario donde estaba destinado (Lugo Matorroso) lo rechazó. El funcionario recurrió ante el contencioso administrativo, que ahora ahora resuelve que el ministerio del Interior le pague las cantidades correspondientes a la parte proporcional.

El argumento jurídico principal del tribunal es que "la paga extraordinaria es un concepto retributivo fraccionable".

La resolución judicial censura "la aplicación retroactiva del Real Decreto porque contravendría los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima". Además, el tribunal contencioso administrativo, que remarca que la sentencia es firma y no admite recurso, rechaza la cuestión de inconstitucionalidad porque "el decreto 20/2012 —la norma que incluía la supresión de la extra— no puede afectar al derecho consolidado de percepción de la paga extraordinaria devengada parcialmente hasta la fecha en que el mismo entró en vigor".

"La sentencia supone el colofón de una cadena de pronunciamientos judiciales a lo largo y ancho del Estado y tiene una gran relevancia desde el punto de vista jurídico", señala este sindicato, uno de los más representativos de las Administraciones Públicas. "De entrada, los criterios de la sentencia serían aplicables al conjunto de funcionarios de Interior, es decir, Policías, Guardias Civiles, Funcionarios de Prisiones y administrativos, entre otros. Y desde luego, al resto de los funcionarios de la Administración General del Estado", añade.

CSIF considera que "el Gobierno ya no tiene ninguna excusa para devolver la paga extra, por lo que ha reclamado una convocatoria urgente de la Mesa General de las Administraciones Públicas, para generalizar esta devolución al conjunto de los empleados públicos de España":

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El caso está en fase de instrucción en el Juzgado número 2 de Oviedo…

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Los médicos subestimaron el atragantamiento de la niña fallecida en Ibias, según el forense

Un informe presentado ante el juez Sorando constata que en el caso de la menor era aconsejable una broncoscopia

La familia pedirá responsabilidades penales

Foto.- Luisa Rivera mira una foto de su nieta fallecida.

Oviedo, L. Á. VEGA, en La Nueva España.

 

Un segundo informe forense en el caso de Ana Suárez Fernández, la niña de 18 meses de Luiña (Ibias) que falleció al atragantarse con una palomita, considera que "probablemente" los médicos minusvaloraron el episodio. Esta apreciación coincide con la de la familia, que ahora pedirá responsabilidades penales por lo que consideran una flagrante negligencia. El caso está siendo instruido por el magistrado Ángel Sorando, del Juzgado número 2 de Oviedo, quien ya ha tomado declaración al pediatra, un médico adjunto y un residente que atendieron a la menor, aunque falta algún otro facultativo. Estos médicos desestimaron, según la familia, la realización de una broncoscopia para determinar si efectivamente la niña tenía una palomita en uno de los pulmones.

 

El informe forense remitido al Juzgado, e interesado por el letrado de la familia, Ignacio Pérez Arévalo, indica que "concurren en el presente caso aspectos médicos que aconsejaban por sospecha de aspiración de cuerpo extraño la práctica de una broncoscopia exploratoria". Y también que "con dicha técnica se podría haber extraído el material broncoaspirado".

 

La madre de la niña, Cecilia Fernández, asegura que los médicos desestimaron realizarle la prueba por la "falta de colaboración" de la niña, y en la creencia de que la hiperventilación que sufría en uno de sus pulmones era producto de la presencia de moco, y no del grano de maíz que había ingerido. Los médicos consideraban además que la prueba, a una edad tan temprana, podía tener efectos indeseados, al requerir de sedación.

 

La pesadilla se inició el sábado 9 de marzo del año pasado, cuando la menor se atragantó con una palomita. Comenzó un periplo por diferentes centros del suroccidente, hasta que, ya por la tarde, los padres terminaron con la niña en el Hospital Central. Allí le hicieron una radiografía y permaneció en observación a lo largo de la noche del sábado y la madrugada del domingo. Ya por la mañana, pasaron a ver a la menor una cirujana y un pediatra, quien decidió dar de alta a la niña, al considerar que no tenía nada dentro del pulmón. Únicamente debía acudir en 15 días al pediatra habitual de la menor.

 

La mujer no las tenía todas consigo y aún después de que le diesen el alta llevó a la pequeña al médico de familia, para que comprobase su estado, y la tuvo vigilada. Sin embargo, llegó el jueves, 14 de marzo, y ocurrió la tragedia. La niña se levantó con tos y la madre contempló cómo su hija se le iba entre los brazos. Aunque ella misma le hizo el boca a boca y la llevaron al consultorio de Tormaleo, nada pudo hacerse por salvarla. Los padres iniciaron un proceso para aclarar las responsabilidades por la muerte de la pequeña, al considerar que hubo una clara negligencia.

 

Sin médico en Tormaleo

En medio del drama que vive esta familia, han recibido un nuevo golpe muy difícil de interpretar. La médico de cabecera de Tormaleo ha presentado una solicitud de rechazo de asignación. El escrito enviado por el Servicio de Salud del Principado (SESPA) a la familia, "parece decir que la médico habría perdido la confianza", según señala el letrado Ignacio Pérez Arévalo.

 

Fue esta médico la primera que atendió a la pequeña cuando se atragantó con una palomita, el sábado 9 de marzo. La familia sostiene que nunca la han molestado, puesto que no la consideran responsable de lo ocurrido.

 

Esta facultativa derivó a la niña al Hospital de Cangas del Narcea, y de allí fue dirigida al Hospital Central, al carecer de medios para poder extraer el grano de maíz. Según el letrado de la familia, los médicos pueden rechazar la asignación de un paciente siempre que haya una causa.

 

El forense dice que la niña de Ibias tendría que haber sido sometida a una broncoscopia

El informe se aportará como prueba de posible negligencia médica en la muerte de la menor, que falleció tras atragantarse con una palomita de maíz

 

12.02.14 - LAURA MAYORDOMO | GIJÓN en El Comercio.

 

Un informe forense ha determinado que en la muerte de la pequeña Ana -la niña de 18 meses de Ibias que falleció en marzo del año pasado presuntamente tras atragantarse con una palomita de maíz- «concurren aspectos médicos que aconsejaban, por sospecha de aspiración de cuerpo extraño, la práctica de una broncoscopia exploratoria». El abogado de la familia, Ignacio Arévalo, aportará este reciente informe -realizado por el Instituto de Medicina Legal del Principado- como prueba de una posible negligencia médica.

 

La niña fue atendida en varios centros médicos hasta que, finalmente, fue derivada al Hospital Universitario Central de Asturias. Allí, en el área de cirugía pediátrica, la madre insistió en que se había tragado una palomita de maíz, «pero no me creyeron. Me dijeron que para ellos la cría no tenía nada dentro», relataba pocos días después de la muerte de la pequeña. La cuestión es que la niña no fue sometida a una broncoscopia, intervención que, a juicio del abogado de la familia, debería habérsele practicado para extraerle el maíz. En el HUCA sólo le realizaron unas radiografías y le dieron el alta.

 

«La enviaron a casa sin darme más explicaciones ni recomendaciones», señaló la madre. Seis días después, la niña despertó con tos y síntomas de ahogamiento. En el consultorio local intentaron reanimarla, pero no se pudo hacer nada por ella.

 

Los padres, convencidos desde entonces de que la muerte de la pequeña se debió a una negligencia médica, denunciaron los hechos por la vía penal. Casi un año después, el caso sigue en fase de instrucción en el Juzgado número 2 de Oviedo.

 

Durante este tiempo ya han sido identificados todos los sanitarios que vieron a la niña, se ha aportado abundante documentación médica y ya han prestado declaración ante el juez el pediatra, la adjunta y la residente del Hospital Universitario de Oviedo que atendieron a la menor.

 

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Se debe conjugar el derecho a la huelga con el derecho a la salud, pero decretar un 100% de servicios mínimos era anular totalmente uno de los derechos…

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El criterio de los tribunales es reiterativo en los servicios de urgencia…

El TSJA da la razón al SIMPA en su denuncia por los servicios mínimos fijados en la huelga de 2012

 

OVIEDO, EUROPA PRESS

 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en sentencia de fecha 10 de febrero de 2014, da la razón al Sindicato Médico profesional, SIMPA, y anula por vulneración del derecho fundamental de huelga la fijación de servicios mínimos hecha por el Consejero de Sanidad del Principado de Asturias con ocasión de huelga del último trimestre del año 2012,  en lo referente a los Servicios de Urgencia Hospitalarios, en que se habían nombrado para desempeñar los mínimos al 100% del personal médico.

 

Según ha indicado el SIMPA, el TSJ de Asturias lo que hace es recoger jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo precisamente  recaída en otro litigio sobre la misma cuestión planteado por el SIMPA, y en que el Alto Tribunal ya anuló otra fijación de mínimos en otra huelga convocada por dicho Sindicato en el SESPA, por las mismas razones.

 

Así, el Tribunal, después de reconocer el carácter de servicio esencial para la colectividad de la asistencia médica urgente, así como la necesidad de asegurar la prestación de dichos servicios en jornadas de huelga, señala que ello no implica que se articulen medidas que puedan suponer la supresión del derecho de huelga de los trabajadores.

 

Así se establece la necesidad de aquellas medidas que permitan el mantenimiento del servicio esencial, pero sin que se exija alcanzar el nivel de rendimiento habitual, ni asegurar su funcionamiento normal.

 

"Por tanto la consideración de la asistencia médica urgente como un servicio esencial, lo que nadie discute, no constituye razón suficiente para el establecimiento de los servicios mínimos en un 100%, pues falta la adecuada proporcionalidad entre los mínimos acordados y el ejercicio del derecho de huelga", indica el SIMPA.

 

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La demanda no solo iba contra el jefe de servicio de Urología, sino también contra el gerente del Área IV, Jaime Rabanal; la entonces gerente del Servicio de Salud (Sespa), Celia Gómez, y el propio consejero de Sanidad, Faustino Blanco…

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La Fiscalía archiva la denuncia contra el médico del HUCA Ramón Abascal

Le acusaban de derivar pacientes a la medicina privada. «La conclusión es abrumadora: no se ha acreditado ninguna de las imputaciones», dice la fiscal

08.02.14 - L. FONSECA / G. DÍAZ-RUBÍN | OVIEDO, en El Comercio.

La Fiscalía Superior de Asturias ha decidido archivar la denuncia presentada en noviembre de 2013 contra el jefe del servicio de Urología del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), Ramón Abascal. La demanda había sido cursada por el sindicato Usipa y estaba refrendada por un escrito firmado por una decena de facultativos de Urología del complejo hospitalario, que acusaban a Abascal de derivar pacientes hacia su consulta privada, además de incurrir en delitos de acoso laboral, estafa, extorsión, corrupción entre particulares y falsedad. La Fiscalía, en una resolución emitida el pasado 5 de febrero, y firmada por la propia fiscal jefe, Esther Fernández, asegura que ninguno de los hechos denunciados han sido probados, por lo que la denuncia queda archivada.

En su acusación, Usipa concretaba que el facultativo, que ejerce como responsable de Urología del HUCA desde hace 39 años, «en su condición de jefe de servicio y mediante información errónea a los pacientes, consiguió que, al menos nueve de ellos, optaran por ser asistidos en la sanidad privada con el consiguiente gasto para ellos y lucro del denunciado». A tenor de la denuncia, la Fiscalía llamó a declarar a esos nueve pacientes en calidad de testigos y según se desprende de las diligencias ninguno de ellos confirmó que hubiesen sido derivados por Abascal de la sanidad pública (HUCA) hacia la privada (su consulta) como se refería en la demanda.

La fiscal es contundente en su escrito y asegura que «a la vista de las pruebas practicadas la conclusión es abrumadora: no se ha acreditado la realidad de hecho alguno de los que la denuncia imputaba al denunciado, Ramón Abascal, llegando incluso, en muchos casos a comprobarse que le imputaban hechos en los que ni siquiera había intervenido». La demanda no solo iba contra el jefe de servicio de Urología, sino también contra el gerente del Área IV, Jaime Rabanal; la entonces gerente del Servicio de Salud (Sespa), Celia Gómez, y el propio consejero de Sanidad, Faustino Blanco, a los que los denunciantes hacían «conocedores de estas prácticas y de haberlas permitido». Los tres quedan eximidos «al no acreditarse la existencia de delito alguno».

Se da la circunstancia de que Ramón Abascal ya se había enfrentado a otra denuncia judicial en diciembre de 2012, cuando en plena huelga médica por la ampliación de jornada la Consejería de Sanidad le apartó de su cargo y lo suspendió de empleo y sueldo acusándole de incumplir los servicios mínimos. El facultativo llevó su caso ante la justicia, que acabó por condenar a Sanidad por vulnerar la presunción de inocencia del afectado y por no probar los hechos denunciados. Abascal fue indemnizado y restituido.

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Reiterado varapalo al PP: la justicia mantiene la suspensión de la privatización sanitaria en Madrid…

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El TSJM mantiene paralizada la privatización de la sanidad madrileña

Anula la decisión de Martínez Tristán de aunar los siete recursos en el Pleno del tribunal

Foto.- Concentración silenciosa a las puertas del TSJM esta mañana.

ANDRÉS MUÑIZ/PAULA DÍAZ, en Público.es

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decidido hoy, por mayoría de 30 magistrados a 14, devolver el caso de la privatización de seis hospitales de la comunidad a su punto de partida, según fuentes judiciales. Con ello, se mantiene la paralización del proceso de "externalización", ya que no serán 50 magistrados los que decidan sobre los recursos interpuestos tanto por el Gobierno regional como por sindicatos y asociaciones de médicos, sino que éstos vuelven a los juzgados de origen.

De los siete recursos presentados, seis se resolverán por la Sección Tercera del TSJM, que fue la que dictó la suspensión cautelar del proceso antes de que el juez Martínez Tristán, casado con una consejera del PP en Castilla-La Mancha y que presidía la Sala de lo Contencioso del TSJM, acordara que fuesen los 50 magistrados del Pleno los que decidiesen sobre esta materia. De ahí que, de forma indirecta, el Pleno mantenga paralizado el proceso privatizador iniciado por el Ejecutivo de Ignacio González.

Francisco Gerardo Martínez Tristán, ahora vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), decidió —el pasado mes de octubre— que los recursos interpuestos por el Partido Socialista de Madrid (PSM), los sindicatos CCOO y Amyts, la Asociación de Facultativos y Especialistas de Madrid (Afem) y por la propia Consejería de Sanidad que dirige Javier Fernández Lasquetty se resolvieran en una misma sala para evitar "contradicciones" y "unificar criterios". Ahora el Pleno, presidido por el juez Miguel Ángel Vegas Valiente, ha desechado la decisión de Martínez Tristán, al considerar que no puede existir contradicción entre resoluciones ya que en cada caso se juzgan cuestiones distintas.

Con ello, ya no serán 50 magistrados quienes decidan sobre la licitación del contrato de servicios de la atención especializada de los hospitales Infanta Sofía, Infanta Leonor, Infanta Cristina, del Henares, del Sureste y del Tajo a las  empresas Sanitas, Ribera Salud e Hima San Pablo, sino cinco jueces que, además, aprobaron por unanimidad la paralización del proceso el pasado mes de julio.

En dicha fecha, la Sección Tercera del TSJM estimó el recurso interpuesto por el PSM y dictaminó que existían "circunstancias de especial urgencia" para paralizar el proceso sin ni siquiera escuchar antes los argumentos de la Comunidad de Madrid, dado que la adjudicación de los contratos ya había sido anunciada públicamente por Lasquetty. Semanas después, el tribunal levantó la suspensión cautelar, hecho que fue recurrido nuevamente por la formación que lidera Tomás Gómez. 

Ahora será esa misma sección la que decida de nuevo sobre la legalidad del proceso por el que la Comunidad de Madrid ha adjudicado la gestión de los hospitales Infanta Sofía, Infanta Cristina y el del Tajo al grupo Hima San Pablo; el Infanta Leonor y el del Sureste, a la UTE (Unión Temporal de Empresas) liderada por Ribera Salud; y el del Henares a Sanitas. Afem, por su parte, ya ha anunciado que presentará nuevas pruebas de "irregularidades" en los pliegos del contrato.

La decisión de no estudiar el asunto en Pleno sino reenviar los recursos a las secciones originarias se adoptó por 30 votos a favor y 14 en contra. De estos últimos, varios plasmarán su discrepancia en votos particulares, según fuentes del TSJ de Madrid. De los 50 miembros del Pleno, acudieron a la reunión 44.

Según la agencia Efe, la reunión se ha celebrado en un clima de tensión y enfrentamiento entre varios sectores del Pleno. Los jueces no llegaron a deliberar sobre los siete recursos acerca de la privatización de la gestión hospitalaria de seis centros presentados por PSM, AFEM, CCOO, Amyts y la Comunidad de Madrid, ya que decidieron devolver los mismos durante la resolución de las cuestiones previas.

El TSJ mantiene la paralización de la privatización sanitaria en Madrid

Los 50 magistrados no se pronuncian sobre los recursos y remiten las decisiones a los jueces que ya estaban encargados de las demandas antes de convocarse el pleno

La decisión de unificar los procesos, tomada por el expresidente de la Sala y actual miembro del CGPJ, había generado polémica

Raúl Rejón, en eldiario.es

Sin mojarse. Los recursos contra la suspensión cautelar del proceso de privatización de seis hospitales en Madrid tendrán que decidirlos los jueces que dictaron los frenazos judiciales a la entrada de contratistas en la gestión sanitaria. La supersala de lo contencioso-administrativo del TSJM "ha resuelto por mayoría devolver los asuntos objeto de la convocatoria a las respectivas secciones del tribunal (Sección Tercera y Sección Octava) que venían conociendo de los mismos", ha informado en menos de tres horas desde la apertura de la sesión.

Este viaje de ida y vuelta fue iniciado por el que fuera presidente de la Sala, Gerardo Martínez Tristán, al unificar todos los recursos en esta supersala que convocaba a 50 magistrados. Martínez Tristán no ha participado siquiera en las deliberaciones, ya que abandonó su cargo al ser nombrado miembro del Consejo General del Poder Judicial. Así que la cosa queda igual que antes de la decisión de este juez. Las togas seguirán decidiendo sobre las batas.

El pleno de magistrados de lo contencioso-administrativo de Madrid se había reunido hoy para, en principio, decidir el futuro inmediato del modelo sanitario en esa comunidad autónoma. La sede de la supersala se ha debido establecer finalmente en el salón de actos del Tribunal Superior de Justicia. El edificio se ha convertido en el centro de atención, máxime cuando un centenar de personas se han convocado allí para, de manera silenciosa, reivindicar que los seis hospitales cuya gestión se ha traspasado a contratistas permanezcan bajo dirección pública.

Finalmente, los jueces han decidido en poco más de dos horas y media por mayoría (30 frente a 14) devolver los recursos a las secciones de origen. Los votos particulares se conocerán, previsiblemente, la semana que viene. Solo había en la sala 44 magistrados, ya que seis de ellos se ausentaron esta mañana alegando motivos de salud, informa Madridiario.

"Si estoy aquí vivo para reivindicar es gracias a la sanidad pública. Desde hace 20 años recibo tratamiento contra el VIH y estoy seguro de que en un modelo de gestión privatizado no habría podido afrontarlo económicamente", resumía Ramón Linaza, uno de los manifestantes. Frente a la entrada del tribunal, una muestra de Marea Blanca sostenía pancartas en favor de la paralización del proyecto del presidente regional Ignacio González (PP). "Hoy tenemos las de ganar", se han animado entre ellos.

Lo cierto es que en estas jornadas extraordinarias de enero no se decidía sobre el fondo de la privatización. La cuestión clave que tenían que dilucidar era la suspensión cautelar de la cesión a empresas mientras se solventan las demandas. Ni siquiera han fallado acerca de ello. De hecho, las primeras cuestiones que se han visto en la apertura de la sesión tienen que ver con aspectos procedimentales ya que tanto el PSM como la asociación médica AFEM han pedido que este pleno de medio centenar de jueces no se validara.

Tras unos 90 minutos de concentración, los manifestantes han ido disolviendo el acto ya que piensan repetirlo en la convocatoria de la tarde y en la del viernes. Mientras se alejaban de la puerta judicial seguía la batería de argumentos: "Si es que no hace falta saber de leyes sino una simple regla de tres para ver que no es que se venda la sanidad pública, es que se regala"...  

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En estos momentos ya están reunidos…

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El TSJM estudia desde hoy las polémicas concesiones de hospitales de Madrid

Madrid, 9 ene (EFE)

Unos 50 magistrados del pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) resolverán este jueves y viernes los siete recursos contra la privatización de la gestión de seis hospitales públicos de Madrid presentados en este tribunal.

 

Entre los recursos contra la externalización figuran los registrados por el PSM y los sindicatos CCOO, Amyts y AFEM, el colectivo médico al que en el pasado mes de septiembre un tribunal ordinario primero y el TSJM después concedieron la suspensión cautelar del concurso.

 

Tres de ellos fueron presentados por la Comunidad de Madrid, uno de los cuales se trata del auto del juzgado ordinario que suspendió el concurso en septiembre.

 

Los siete recursos giran alrededor de la resolución de abril de la Consejería de Sanidad que hizo pública la convocatoria para la licitación del contrato de servicios de la atención especializada de los hospitales Infanta Sofía, Infanta Leonor, Infanta Cristina, del Henares, del Sureste y del Tajo.

 

Esta medida de la Comunidad de Madrid, elemento central del plan sanitario presentado por el Ejecutivo regional en noviembre de 2012, fue rechazada por sindicatos, partidos y agente sociales y muy contestada en manifestaciones y 22 jornadas de huelga, que causaron la suspensión de 8.000 cirugías y 76.000 consultas.

 

El magistrado Miguel Ángel Vegas Valiente presidirá el pleno de la sala que deliberará a puerta cerrada sobre los distintos recursos que buscan impugnar el concurso, en sustitución del magistrado Gerardo Martínez Tristán, que cesó en la presidencia al pasar a la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

 

El proceso de adjudicación de los hospitales fue suspendido por primera vez y de forma cautelar por el TSJM en junio del pasado año, cuando todavía no se había resuelto la adjudicación y a instancias de un recurso del PSM.

 

No obstante, la paralización se levantó días después al considerar el tribunal que este partido no tenía legitimación para presentarlo al no ser un afectado directo.

 

Al mes siguiente, la Consejería de Sanidad concluyó la adjudicación al grupo puertorriqueño HIMA San Pablo de la gestión de tres hospitales -Infanta Sofía, Infanta Cristina y el del Tajo-, a la unión temporal de empresas (UTE) encabezada por Sanitas el Hospital del Henares, y al grupo Ribera Salud el Hospital del Sureste y el Infanta Leonor.

 

La plataforma Sanidad en Lucha ha convocado una concentración de protesta frente a la sede del TSJM, con ocasión del inicio de la reunión para deliberar sobre los recursos.

 

El PSM presentó ayer un escrito en el TSJM pidiendo la suspensión de la reunión, al entender que se vulneraron sus derechos debido a que, según sus alegaciones, no comunicó a ninguna de las partes la composición del pleno, ni el orden del día del mismo.

 

La' Marea Blanca' convoca el jueves y viernes concentraciones frente al TSJM

EFE

Las asociaciones sanitarias que componen la 'Marea Blanca' han convocado para este jueves y viernes concentraciones en contra de la externalización sanitaria, protesta que se producirá al tiempo que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) deliberan sobre los recursos presentados en el proceso judicial, ha informado el colectivo a través de Twitter.

 

Bajo el lema 'No es de Justicia privatizar la sanidad', el colectivo convoca este jueves a concentrarse a las 9.30 horas y a las 17.00 horas a las puertas de la sede del TSJM, en la calle General Castaños. Mientras que el viernes se convoca a los sanitarios a manifestarse a las 12.00 horas a las puertas de los centros de salud y hospitalarios de la Comunidad de Madrid.

 

Los 50 magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM arrancan este jueves las deliberaciones sobre los recursos presentados contra la externalización de la gestión de seis hospitales públicos madrileños.

 

Los recursos se dirigen contra la resolución de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria que habilita la externalización de los hospitales Infanta Sofía, Infanta Cristina, Infanta Leonor, el Hospital del Sureste, el del Henares y el del Tajo.

 

Muchos de ellos plantean la solicitud de medidas cautelares por dos asociaciones médicas -- en referencia a AMYTS y AFEM--, que solicitaban la suspensión la suspensión del procedimiento contractual.

 

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Demora injustificada con la consiguiente pérdida de oportunidad…

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Sanidad deberá pagar 90.000 euros por la muerte de un hombre en Castellón

Los servicios sanitarios tardaron una semana en practicarle un TAC de urgencia por coincidir con las fiestas de Pascua y posteriores problemas del aparato

EUROPA PRESS | CASTELLÓN

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha condenado a la Conselleria de Sanidad a pagar 90.000 euros a la familia de un hombre falleció el 20 de abril de 2006 en el Hospital de La Plana de Castellón por un aneurisma disecante de aorta no diagnosticada, a quien no se le practicó un TAC solicitado por coincidir con las fiestas de Pascua y con posteriores problemas del aparato.

Según la sala, esta prueba "hubiera conllevado el abordaje en diferente estadio" de la enfermedad "aumentado con ello las posibilidades de supervivencia". La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV, que rebaja en su fallo la cuantía solicitada por la familia que reclamaba hasta 150.570 euros, señala que "la falta de constatación de la causa desencadenante del fallecimiento ha de ser cabalmente imputada a los servicios públicos sanitarios" ya que señala que la práctica de estas pruebas de imagen "hubiera posibilitado anticipar el tratamiento".

Así, la sala señala que el enfermo acudió en "reiteradas" ocasiones a Urgencias de este centro desde el 30 de marzo de 2006 por un dolor lumbar irradiado a abdomen y que el 12 de abril de 2006 fue solicitado un TAC abdómico-pélvico que, sin embargo, no se le practicó antes de la muerte al ser festivos los días 13 y 14 de abril, sábado y domingo, los días 15 y 16 y el 17 nuevamente festivo, y problemas técnicos del aparataje en los días posteriores 19 y 20 de abril, según figura en el expediente.

Al respecto, la sala señala que "en ningún caso resultan circunstancias que merezcan ser tildadas de insalvables o que ni siquiera pudiesen remotamente imputarse a administración diferenciada a aquella cuya responsabilidad se pretende y alcanza".

Por ello, condena a la Administración al unir las circunstancias subjetivas y objetivas con "especial atención" a la edad del fallecido, la naturaleza de la patología y "la privación de expectativas que en su supervivencia supuso la conducta sanitaria descrita".

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El dato de que un 16% de los pacientes renuncian ya a tomar algún medicamento por imposibilidad económica justifica sobradamente una posible insumisión autonómica…

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¡¡Bien por la Consejería de Sanidad!!

El Principado recurre el copago hospitalario

El Gobierno central encarece el pago del resto de medicinas al actualizar los tramos de aportación al IPC de 2013

Acude a la vía judicial para evitar que el Ministerio de Sanidad imponga un nuevo gravamen en los fármacos

03.01.14 - LAURA FONSECA | GIJÓN, en El Comercio.

2014 llegó no sólo con aumento en el recibo de la luz, sino también en las medicinas. Desde el pasado miércoles, 1 de enero, los pacientes tienen que pagar también por los fármacos dispensados en los hospitales. Además, el resto de fármacos, los que ya eran cofinanciados por los usuarios, se encarecerán tras la decisión del Ministerio de Sanidad de actualizar los tramos de aportación al IPC de 2013. Las medidas forman parte de la reforma sanitaria aprobada en 2012 por el Gobierno de Rajoy y que acabó, entre otras cosas, con la gratuidad de los medicamentos para los pensionistas. El ministerio de Ana Pastor da ahora una nueva vuelta de tuerca extendiendo este copago a las medicinas dispensadas en hospitales. El gravamen debería haber entrado en vigor en octubre pasado pero Sanidad decidió dar una prórroga de tres meses ante el revuelo creado en algunas autonomías, entre ellas, Asturias.

La tregua tocó a su fin este 1 de enero y el Principado confirmó ayer que de momento no aplicará el polémico copago hospitalario. El Ejecutivo asturiano está elaborando un recurso judicial contra este nuevo impuesto sanitario, que afectará especialmente a los enfermos crónicos. La Consejería de Presidencia ya había presentado en otoño un requerimiento al Ministerio de Sanidad solicitando que retirase una medida que «resta equidad y suma vulnerabilidad a los pacientes más débiles o pluripatológicos, gravados ya por otros copagos».

Hace dos semanas, el Gobierno central decidió dar carpetazo al recurso enviado desde el Principado, por lo que la Consejería asturiana de Sanidad comenzó a preparar un recurso contencioso que, según pudo saber ayer EL COMERCIO, «será tramitado en breve». Asturias acude a la vía judicial en un intento por evitar que los pacientes tengan que empezar a pagar también por los fármacos que se dispensan en los hospitales.

 

Dificultar el acceso a terapias

La Consejería Sanidad considera que este nuevo copago «dificulta el acceso de determinados pacientes a sus tratamientos (muchas veces esenciales), con lo que supone un riesgo para la salud». Además, responsabiliza al Ministerio de Sanidad del «riesgo de incurrir en un retroceso en la calidad de la atención sanitaria por la posibilidad de que tratamientos ambulatorios y más cómodos para los pacientes afectados por ejemplo por cáncer o VIH, sean sustituidos por intravenosos, más agresivos para el usuario y más costosos para un sistema que ha de ser público y universal».

El copago de medicamentos hospitalarios cuenta con la negativa de otras comunidades como Canarias, Andalucía, Aragón, País Vasco, Cataluña, Valencia, Extremadura, Castilla y León y Baleares. Por el momento, los andaluces y castellanoleoneses han sido los que presentaron un recurso contencioso-administrativo, al que se sumará en breve Asturias.

Además, desde el 1 de enero también se incrementaron los tramos de copago para pensionistas. El Ministerio de Sanidad acordó subir los topes máximos mensuales del copago farmacéutico, establecido en 8,14 euros; 18,32 o 61,08 según renta, y actualizar la cuantía máxima correspondiente a los medicamentos de aportación reducida (actualmente 4,20 euros por envase), en virtud de una evolución del IPC. La subida será aproximadamente del 1,4%, quedando en 8,26 euros, 18,59 euros y 62 euros.

 

43 medicamentos y un desembolso de casi 50 euros al mes

03.01.14 – El Comercio.

50 euros al mes o, lo que es lo mismo, hasta 600 euros al año. Esto es lo que deberán desembolsar los pacientes a cuenta del nuevo copago de medicamentos hospitalarios. El gravamen afecta a 157 presentaciones farmacológicas de 43 medicamentos destinados a procesos crónicos o graves, entre los que figuran procesos de cáncer, hepatitis, reproducción asistida, artritis reumatoide o degeneración macular. Hasta el momento, estos fármacos estaban libres de copago. La aportación del usuario será de un 10% del precio del medicamento, con un máximo que se fijará teniendo en cuenta la subida del IPC en 4,26 euros (hasta ahora era de 4,20).

 

El Principado recurre a la justicia para frenar el copago de fármacos en hospitales

La Consejería de Sanidad no aplicará la reforma si no hay una decisión judicial en firme

El Gobierno autonómico define la medida como un "impuesto a la enfermedad"

Defensa de la Sanidad Pública afirma que la insumisión es la opción más razonable

Los pacientes crónicos tendrán que desembolsar entre 400 y 600 euros al año

Asturias24.es

 

El Principado formalizará próximamente un recurso Contencioso Administrativo contra el copago de medicamentos hospitalarios. La Consejería de Sanidad ha avanzado hoy mismo (por ayer) que, a expensas de la decisión judicial, el Principado no aplicará de momento el nuevo modelo de copago farmacéutico que obliga a los pacientes no ingresados a abonar parte de los medicamentos.

 

El Gobierno del Principado responde así a la decisión del Ministerio de Sanidad, muy contestada en varias comunidades autónomas, de ampliar el copago farmacéutico también a los medicamentos de uso hospitalario para pacientes ambulatorios. El nuevo modelo de copago, que entró en vigor el pasado 1 de octubre, daba un plazo de hasta tres meses a las comunidades autónomas para poner en marcha la reforma.

 

La obligación de costear parcialmente los medicamentos, hasta en un 10% de su precio de venta al público con un tope máximo de 4,20 euros por envase, perjudica sobre todo, a pacientes crónicos polimedicados. La decisión del Ministerio de Sanidad afecta a 157 presentaciones farmacológicas de algo más de 43 medicamentos de uso hospitalario ambulatorio destinados a enfermedades muy variadas: cáncer, hepatitis, infertilidad, artritis reumatoide.

 

El Gobierno del Principado entiende que la decisión del Ministerio de Sanidad dificulta el acceso de algunos pacientes a medicamentos muchas veces esenciales, lo que supone un riesgo para su salud. La consejería señala también que el nuevo modelo de facturación supone un retroceso en la calidad de la atención porque obligar a pagar a los enfermos de acceso ambulatorio podría derivar en la práctica en un aumento de los pacientes que solicitan el ingreso para evitar costear la medicación.

 

La Consejería de Sanidad había expresado ya su rechazo a la reforma por entender que supone un impuesto extra a la enfermedad. Faustino Blanco, consejero de Sanidad, subrayó de hecho en la última reunión del Consejo Interterritorial de Salud que los distintos copagos impulsados por la Administración del Estado golpean al colectivo más débil: enfermos crónicos y pluripatológicos. Otras comunidades como Canarias, Andalucía, Aragón, País Vasco, Cataluña, Valencia, Extremadura, Castilla y León y Baleares habían expresado su negativa a aplicar el nuevo modelo, en muchos casos por dificultades de gestión.  En el extremo opuesto, Galicia, Madrid, Castilla-La Mancha, Cantabria, Murcia y La Rioja reconocían su voluntad de desarrollar la medida por emanar de una norma básica del Estado. 

 

La Administración autonómica, tras hacer público su descontento, ha dado hoy una paso más. El Gobierno del Principado se ha comprometido, de momento, a no aplicar la reforma hasta que no haya una decisión judicial en firme. La Consejería de Sanidad ha anunciado su intención, en fecha aún por concretar, de interponer un recurso Contencioso Administrativo contra el copago farmacéutico hospitalario. El Ejecutivo autonómico ha subrayado además que el nuevo modelo de facturación resulta más que discutible en términos de ahorro económico por cuanto las herramientas de gestión necesarias para ponerlo en marcha suponen un gasto elevado. El Gobierno autonómico ha puntualizado, eso sí, que, agotadas las vías judiciales, el Principado se vería obligado a aplicar la medida por cuanto la "insumisión tampoco es una solución".

 

El Ejecutivo que preside Javier Fernández ha recordado que la Consejería de Presidencia presentó en otoño un requerimiento al Ministerio de Sanidad para que retirase la medida por entender que resta equidad al sistema nacional de salud. La petición fue rechada hace apenas un par de semanas por lo que el Gobierno regional ha decidido finalmente optar por la vía judicial.

 

Carlos Ponte, presidente de la Asociación en Defensa de la Sanidad Pública, ha solicitado expresamente al Gobierno del Principado que opte por la insumisión. "Es lo más lógico y razonable", ha señalado. Ponte subraya que el copago de medicamentos hospitalarios supone un "atentado a los derechos de los pacientes más débiles" porque dificulta el acceso al sistema público de salud. El presidente de la asociación ha recordado además que existen otros criterios de copago --o repago-- farmacéutico por lo que los pacientes crónicos se ven doblemente penalizados.

 

La Federación Española de Enfermedades Raras ha estimado ya que el copago de medicamentos ambulatorios de uso hospitalario puede suponer un gasto anual de entre 400 y 600 euros para cada paciente, en función de las patologías. Esta federación ha insistido además en que los pacientes ya costean parcialmente el precio de los medicamentos. Desde el pasado 1 de julio de 2012, los pacientes pagan, en función de la renta, los fármacos adquiridos en farmacia. Además, el ministerio obliga a abonar también el coste del transporte sanitario no urgente y de determinados productos dieteticoterapéuticos. A todas estas medidas se une el medicamentazo,  la exclusión de 425 medicamentos de uso cotidiano de la cobertura de la Seguridad Social. Carlos Ponte echa mano de las encuestas realizadas por la Federación de Asociaciones en Defensa de la Sanidad Pública y aporta un dato para la reflexión: un 16% de los pacientes renuncian ya a tomar algún medicamento por razones estrictamente económicas.

 

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