Blogia
La información es la base de tu opción ... y nosotros nunca te la ocultamos.

TRIBUNALES

Puede que de esta, y tras más de 10 años, ¿el tema quede resuelto al fin?…

Puede que de esta, y tras más de 10 años, ¿el tema quede resuelto al fin?…

El Tribunal Superior insta a ejecutar la sentencia que podría cerrar 24 boticas

El Principado estudia el alcance real de la resolución del Supremo

En tres meses, la boticaria demandante puede pedir la ejecución forzosa

Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, en La Nueva España

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha instado la ejecución de una sentencia del Tribunal Supremo que podría dar lugar al cierre judicial de 24 farmacias asturianas. El Alto Tribunal regional ha pedido al Gobierno autonómico que dé cumplimiento a un fallo que declara nula una parte del baremo de méritos empleado en un concurso para la apertura de nuevas boticas convocado en el año 2002.

Según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, en el caso de que el Principado no llevara a efecto este mandato en el plazo de tres meses, la boticaria María del Pilar Chao, en su condición de demandante, podría instar la ejecución forzosa de la sentencia.

Entre tanto, los servicios jurídicos del Principado están estudiando el alcance real de la sentencia. La Consejería de Sanidad prefiere, por el momento, no emitir valoración alguna. No se conocen precedentes en Asturias de que una farmacia haya sido cerrada por decisión administrativa o judicial. Las 24 boticas afectadas por la sentencia están ubicadas en los concejos de Oviedo (9), Gijón (9), Avilés (2), Siero, Villaviciosa, Lena y Somiedo.

La sentencia del Supremo -de la que ayer informó LA NUEVA ESPAÑA- ha declarado contrarios a derecho los apartados del baremo que otorgaban mayor puntuación a los aspirantes que habían ejercido como boticarios en Asturias. Asimismo, corroboró la postura del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al declarar la nulidad del citado concurso de hace diez años.

Diego Cueva, abogado de la boticaria María del Pilar Chao Gómez -quien en su día llevó la convocatoria del concurso a los tribunales, junto a José Manuel Blanco Pérez- explicó ayer a este periódico que el fallo del Supremo «confirma la declaración de nulidad del concurso, que es una nulidad radical y absoluta, por lo que no cabe subsanación, y puede conllevar la declaración de nulidad de las autorizaciones de oficinas de farmacia concedidas y, por ello, su cierre».

Fuentes del Colegio de Farmacéuticos de Asturias se limitaron a subrayar que la resolución del Supremo «confirma que la planificación farmacéutica española es acorde con el derecho europeo y que la planificación en base a distancias y población está justificada».

Esta aseveración del Colegio alude a la parte de la sentencia en la que el alto tribunal da la razón al Gobierno asturiano -y se la quita al Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que se había pronunciado en 2010 en el sentido contrario- en lo relativo a los artículos 2 y 4 del decreto 72/2001, regulador de las oficinas de farmacia y botiquines en el Principado.

Los contenidos antes declarados nulos y ahora conformes a derecho son los referidos a los módulos de población (una farmacia por cada 2.800 habitantes) y a las distancias mínimas entre boticas (250 metros) estipulados por el decreto del Principado. Los magistrados asturianos sostenían que «la estructura poblacional» de Asturias, «con evidente abundancia de núcleos rurales dispersos», invalidaba el establecimiento de un criterio general sobre densidad demográfica y distancias entre boticas. Por el contrario, el Supremo entiende que con tal normativa, al ser posible excepciones a las normas generales, sería posible atender tales núcleos

Diego Cueva no está conforme con la valoración realizada por el Colegio de Farmacéuticos. A juicio del letrado, «también la sentencia del Supremo se fundamenta en los mismos criterios de flexibilización, recogidos en la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 1 de junio de 2010, que condicionaba la validez de la planificación a que se consiguiese una adecuada atención farmacéutica en todas las zonas». Cueva precisa que «el problema no radica en el decreto del Principado, que permite excepciones a las reglas generales, sino en la aplicación del mismo, por lo que el control judicial debe hacerse sobre las convocatorias de concursos, para ver si se busca la protección de la salud o no».

En este contexto, el abogado cita una reciente sentencia del Tribunal Supremo, del 17 de abril de 2012, referida a la última convocatoria de la Comunidad de Madrid, en la que el Alto Tribunal «ya ha entendido que se habían sacado menos oficinas de las precisas, por lo que la anula parcialmente y exige que se convoquen».

VER ULTIMA NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA

Seguridad del paciente: graves errores en la identificación fehaciente…

Seguridad del paciente: graves errores en la identificación fehaciente…

Sucedió el Alicante

Condena a Sanidad por confundir a una paciente con su compañera de habitación

La mujer sufrió graves lesiones en el hombro izquierdo tras entrar en quirófano por equivocación.

Al día siguiente, una enfermera intentó ponerle un enema también destinado a la otra paciente.

La afectada exigió una indemnización de 150.000 euros, que finalmente se redujo a 30.000

EFE | VALENCIA

La Conselleria de Sanidad deberá pagar 30.000 euros a una mujer que sufrió graves lesiones en el hombro izquierdo cuando un equipo médico del Hospital de Virgen de Los Lirios de Alcoy (Alicante) la llevó al quirófano e intentó colocarle una vía central, operación que era para su compañera de habitación. Así lo dicta una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que además de este error -reconocido por el jefe de servicio de Anestesia del hospital-, relata cómo un día después intentaron ponerle un enema que también era para la otra paciente.

Según cuenta la resolución, la mujer fue operada el 30 de noviembre de 2011 por un problema intestinal y quedó ingresada en el centro hospitalario. Dos días después, sin haberle dicho que tenían que practicarle prueba alguna, la trasladaron de nuevo al quirófano para colocarle una vía central a través de su hombro izquierdo, aunque no lo consiguieron y le causaron graves heridas, por lo que la devolvieron de nuevo a su habitación. Momentos después comprobaron que se trataba de un error, puesto que la persona que debía haber sido llevada al quirófano era su compañera de habitación.

Además de esto, al día siguiente una enfermera intentó ponerle un enema, pero la paciente se negó al no considerarlo lógico, puesto que le habían extirpado parte del intestino. Se trataba de nuevo error, porque el enema también era para su compañera de habitación.

A consecuencia de la primera de las equivocaciones, la mujer sufrió daños en tres nervios del hombro por las que sufre, entre otras secuelas, limitación de movilidad. La paciente exigió una indemnización de 150.000 euros, pero la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV, tras valorar los lesiones que sufrió, la ha reducido a 30.000 euros a los que deberá hacer frente la Conselleria valenciana de Sanidad.

Se estudia recurrir ante el T. Constitucional la atención de inmigrantes en situación irregular y la invasión de competencias en materias organizativas del personal.

Se estudia recurrir ante el T. Constitucional la atención de inmigrantes en situación irregular y la invasión de competencias en materias organizativas del personal.

El consejero de Sanidad del Principado, Faustino Blanco, respalda a los médicos objetores de conciencia

Foto: El consejero de Sanidad del Principado de Asturias, Faustino Blanco, en la rueda de prensa de ayer en FIDMA.

RTPA

El consejero de Sanidad del Principado de Asturias, Faustino Blanco, ha tildado este jueves en Gijón de "absolutamente comprensible" el que haya médicos asturianos que se hayan declarado objetores de conciencia para poder seguir atendiendo en sus consultas a inmigrantes en situación irregular. "La entiendo y la aplaudo", ha dicho sobre la decisión de los profesionales sanitarios, antes de indicar que el Principado está estudiando el llevar esta medida del Gobierno central ante el Tribunal Constitucional por invasión de competencias.

De hecho, el Gobierno regional ya ha habilitado un sistema de identificación para este colectivo de inmigrantes ’ilegales’, para que puedan seguir acudiendo a las consultas y no tengan que ir a Urgencias para ser atendidos. Eso sí, Blanco ha precisado que lo que no puede hacer el Principado es recetarles fármacos, aunque se está estudiando con ONG’s una posible solución. Así lo ha hecho en rueda de prensa en el Pabellón del Principado en el recinto ferial ’Luis Adaro’, en el marco de la 56 Feria Internacional de Muestras de Asturias.

Asimismo, ha indicado que en la comunidad se seguirá atendiendo a este colectivo que, según él, no supone un coste excesivo ni pone en riesgo la sostenibilidad del sistema. También ha rechazado que se pueda enmarcar a este colectivo dentro del llamado turismo sanitario. "Casi ofende", ha indicado sobre esto último, antes de indicar que en la región son un colectivo pequeño de gente joven, que son bastantes sanos y consumen pocos servicios. "Por humanidad debemos atenderlos y lo vamos a hacer", ha dejado claro.

Ha recalcado, además, que la atención a los inmigrantes ’ilegales’ forma parte de la cultura profesional de no rechazar atender a nadie. "Produce cierta repugnancia", ha dicho, por el contrario, sobre hacerlo, además de apuntar que el no atenderlos "no es razonable", ya que aumenta los costes al tener que acudir a urgencias.

Blanco ha apelado al artículo 10 de la Constitución española, a la Declaración Universal de Derechos Humanos y a la Carta de Derechos Europeos para justificar que no deberían de quedar estos inmigrantes fuera del sistema sanitario.

Unido a ello, ha apuntado que el Principado ya tiene decidido el recurrir al Tribunal Constitucional la invasión de competencias, según él, del Gobierno central en lo que se refiere a la organización de recursos humanos, en lo que respecta a los funcionarios de asistencia pública domiciliaria.

Sobre el tema de la atención de inmigrantes en situación irregular en el país, ha apuntado que es algo que se está estudiando, para después añadir que tampoco Andalucía y País Vasco, que anunciaron recursos ante el Tribunal Constitucional, no tienen avanzado el tema. Ha reiterado que se está viendo si invade competencias para, de ser así, presentar el recurso.

El consejero ha remarcado que en el seno del PP también hay dudas sobre la retirada de la atención sanitaria a este colectivo, y ha puesto de ejemplo al presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Nuñez Feijóo. "Es un tema que preocupa a todos, no se midió bien el efecto", ha opinado.

El Gobierno asturiano llevará al Constitucional el decreto del sistema sanitario

M. C., en La Nueva España

El Gobierno regional recurrirá ante el Tribunal Constitucional el real decreto 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del sistema nacional de salud, según anunció ayer el consejero Faustino Blanco.

El recurso se hará, al menos por considerar el Principado que el decreto invade sus competencias en cuanto a organización de recursos humanos, pero también está abierta la posibilidad de recurrir la exclusión de los ilegales de la atención sanitaria.

En cuanto a la invasión de competencias, el decreto obliga a que el personal de asistencia pública domiciliaria se integre como personal estatutario o tenga que pasar a la Administración como personal de administración pública. El Principado considera que esa es una decisión que no compete al Gobierno central sino a ellos.

Blanco también señaló que está «estudiándose» que el recurso al Constitucional también cuestione la exclusión de los ilegales de la asistencia sanitaria. Aunque se trata de una medida que no está decidida, Blanco recordó que el artículo 10 de la Constitución española, en su punto segundo, señala que España asume la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Carta de Derechos Europea. La exclusión de la asistencia sanitaria a las personas es difícilmente compatible con ambas declaraciones internacionales.

Algo es algo… dadas las limitaciones de la tutela judicial actual impuestas con las sucesivas reformas.

Algo es algo… dadas las limitaciones de la tutela judicial actual impuestas con las sucesivas reformas.

Los jueces ponen límites al nuevo despido de la reforma laboral

Varias sentencias tumban los ERE por no estar debidamente justificados

Los despidos colectivos no deben usarse para generar beneficios, según un magistrado

Esther Tejedor / Manuel V. Gómez, Madrid, en El País

Semanas antes de que se aprobara la reforma laboral, cientos de empresas paralizaron los ajustes de plantilla que habían puesto en marcha. La cifra de expedientes de regulación de empleo (ERE) retirados, 282, se triplicó en los dos primeros meses de 2012 respecto a 2011. Entre las compañías que quisieron aprovechar las nuevas reglas para el despido colectivo que habían comenzado a tramitar con las viejas normas está la empresa de transportes Tradisa, que ya con la nueva ley despidió a 23 empleados. La Audiencia Nacional lo anuló.

La reforma laboral aprobada el 10 de febrero fortaleció las posiciones empresariales en las regulaciones de empleo (despidos colectivos, suspensiones temporales de contratos y reducciones de salario y jornada). Ya no hace falta el permiso de la autoridad laboral, y el pacto con los sindicatos ha dejado de ser una condición casi imprescindible. Además, la caída de ingresos durante tres trimestres consecutivos justifica el despido objetivo (20 días por año trabajado). En definitiva, se facilita y abaratan las extinciones de contrato. Y esto fue una tentación grande para firmas como Tradisa. En cambio, para la Audiencia eso es “fraude de ley”, ya que “supone una manifiesta voluntad de sustraerse del procedimiento legal para beneficiarse de uno más flexible, lo que equivale a cambiar de árbitro y de reglas de juego en pleno partido”.

Una queja histórica del empresariado español es que los tribunales deciden abrumadoramente en su contra en las querellas sobre despidos, pese a que desde 2000 la estadística sitúa entre el 30% y el 40% de fallos en su favor. Para atender esta demanda, las dos últimas reformas laborales han acotado el papel de los jueces. El Gobierno de Zapatero introdujo el concepto de “pérdidas razonables o previstas” como causa de despido objetivo y el de Rajoy la citada caída de ingresos. Pero la tutela judicial existe aún en materia laboral y los tribunales están empezando a señalar los límites que la nueva norma marca.

Situación de todo el grupo

La primera frontera la señalaron los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña y Madrid en sendos despidos colectivos. En estas comunidades, las empresas DOPEC y Talleres A, respectivamente, rescindieron decenas de contratos alegando causas económicas. Los jueces anularon la decisión de las compañías, entre otras cosas, porque forman parte de un grupo empresarial y no sirve que se tome la situación económica solo de una compañía para justificar la aplicación de un ERE. Así, se exige que se tome en consideración —y, por tanto, se documente— a todo el grupo.

En el caso de Talleres A, el tribunal ha ido más allá, al apuntar que pese a que ya no es obligatorio el acuerdo entre las partes, sí que tiene que haber una negociación con voluntad de llegar a un pacto. Lo que de ratificarse por el Tribunal Supremo acabará elevando, de hecho, las indemnizaciones mínimas fijadas en la ley. “Quien se acerca a una mesa de consultas de un expediente de regulación con su posibilidad como única, no negocia ni efectúa concesiones, sino que se limita a cumplir formalmente con un trámite”, señala la sentencia, que abunda que tal actitud supone una negociación de mala fe.

Esta sentencia, como la que ha firmado hace pocos días la Audiencia Nacional, refuerza el papel negociador de los representantes de los trabajadores, algo que salió muy tocado de la reforma. En el último caso, se anula el despido de Segur Ibérica por negociar individualmente con empleados, mientras lo hacía con el comité. Esta actitud “vacía de contenido” el periodo de consultas (se llama así al plazo de un mes que da la ley desde que la empresa comunica un ERE a los trabajadores hasta que acaba el proceso, con o sin acuerdo).

Varios centros de trabajo

Este texto de la Audiencia también marca un camino para las regulaciones en empresas con varios centros de trabajo. La solución —pactada o no— tiene que ser la misma para el mismo expediente. No sirve, pues, llegar a un acuerdo en dos centros y no hacerlo en otro, como sucedió con Segur Ibérica.

Lo que también han dejado claro los tribunales es que la documentación para justificar un despido por causas económicas debe reflejar con fidelidad la situación de la empresa. No valen unas cuentas provisionales, especialmente si se usan para prever pérdidas en el futuro, si difieren del resultado definitivo y auditado, como ha dictado el Tribunal Superior de Madrid contra la empresa de telemarketing GSS.

De momento, no hay muchas sentencias, ni se ha sentado jurisprudencia. Pero los jueces ya han dejado claro dónde están los límites del nuevo despido. No aceptan que se intente echar a trabajadores a la calle y se contrate al mismo tiempo, como hizo GSS. Ni toleran que una empresa extinga contratos durante la vigencia de un ERE de suspensión de empleo en el que se ha comprometido a no despedir, como ha hecho M S.A., que despidió a 23 trabajadores pese a haber pactado una suspensión sobre 71 empleados que está en vigor hasta el 31 de diciembre de este año.

Pero si hay una frontera clara sobre los despidos colectivos es la que marcó el Tribunal Superior madrileño, que definió con claridad qué es una regulación de empleo en su fallo contra GSS: “Los ERE son un coste social para ayudar a empresas en crisis o con dificultades de productividad que afectan a su supervivencia. No son ni deben ser un medio de destrucción de trabajo para generar más riqueza ni beneficio al empresario que no está en crisis ni tiene dificultades reales”.

Se imponen las rescisiones baratas

E. T. / M. V. G., Madrid, en El País.

Los despidos objetivos, los más baratos (20 días por año trabajado), se han disparado en los cinco primeros meses del año. Entre las rescisiones individuales y los despidos colectivos se han registrado 163.185, casi un 50% más que el año anterior, según los datos del Ministerio de Empleo.

El recrudecimiento de la destrucción de empleo y la reforma laboral han dado un vuelco a la forma de despedir en España. Incluso el año pasado o el anterior, pese a que la reforma laboral de José Luis Rodríguez Zapatero facilitó las rescisiones objetivas (20 días por año trabajado), la vía de despido más utilizada fue la llamada exprés, mecanismo creado en 2002 que permitía a las empresas despedir de forma rápida y libre con un coste alto (45 o 33 días por año trabajado).

En los últimos años, los despidos objetivos y las regulaciones de empleo han ido ganando peso. La crisis ha abocado a muchas empresas a graves problemas. Y eso las ha obligado a rescindir contratos y a hacerlo por el camino más arduo, pero más barato. También las reformas laborales han puesto de su parte al allanar estas vías. Lo hizo la de 2010 y lo ha hecho la última.

La aprobada el pasado febrero, sancionada definitivamente en el Parlamento en junio, ha sido el impulso definitivo. Acabó con el despido exprés (aunque todavía aparecía el viernes en la estadística porque Empleo agrupaba en ese epígrafe los que han sido recurridos, pero aún no tienen sentencia judicial) y facilitó más los despidos objetivos y los colectivos.

No obstante, hay que tener en cuenta que en España no hay una estadística directa de despidos y que esta se elabora a partir de las causas de las altas en prestaciones por desempleo, un dato que Empleo dejó de facilitar el pasado sábado y que, según dice en su web, volverá a estar “disponible próximamente”.

Sembrando racismo y xenofobia en europa siempre se recogió la barbarie del fascismo, sólo hay que recordar algo de historia…

Sembrando racismo y xenofobia en europa siempre se recogió la barbarie del fascismo, sólo hay que recordar algo de historia…

El PSOE estudia recurrir la supresión de la sanidad a los «sin papeles»

El PP avisa de que los inmigrantes irregulares deben irse de España

Foto: El partido Amanecer Dorado de Grecia pidiendo hace un mes que los griegos sólo donen sangre para los griegos y no para los inmigrantes.

El PSOE estudiará interponer un recurso de inconstitucionalidad por vulneración de los derechos de las personas en relación con lo que considera «supresión» de asistencia sanitaria pública para los inmigrantes irregulares.

«La derecha española no debería copiar a la extrema derecha griega, que también está recurriendo a perseguir a los inmigrantes», dijo el secretario de relaciones institucionales y política autonómica del PSOE, Antonio Hernando.

El dirigente socialista se reunió con una quincena de asociaciones de inmigrantes, que han pedido a partidos, organizaciones sociales y sindicales apoyo para que se presenten recursos de inconstitucionalidad en ese sentido.

Las asociaciones han acordado un manifiesto contra la retirada de la tarjeta sanitaria desde el 1 de septiembre a los residentes irregulares y el proyecto del Gobierno para que éstos y otros extranjeros que no coticen, ni sean asegurados ni beneficiarios, paguen una cuota mensual para ser atendidos.

Hernando indicó, por su parte, que en los próximos días se concretarían los términos del posible recurso y ha acusado al PP de hablar de la inmigración y «sembrar racismo y xenofobia» cuando tiene problemas electorales «muy graves, como ahora en las encuestas».

En declaraciones posteriores, apuntó que serían 50 diputados o senadores socialistas los que presentarían el recurso. Además auguró que las medidas de Sanidad serán «ineficaces» y no ahorrarán, sino que se colapsarán los servicios de urgencias.

El portavoz del PP, Alfonso Alonso, dijo que la ley de Extranjería establece que los inmigrantes irregulares tienen que abandonar el país y avisó de que no cumplir con la legislación vigente «trae problemas». «Naturalmente, aquellos extranjeros que están en situación irregular en nuestro país y no tienen capacidad de regularizar su situación no pueden permanecer aquí», añadió. Además criticó que Cataluña no pague la dependencia y quiera atender a los «sin papeles».

El PSOE estudia recurrir en el TC la «supresión» de sanidad para irregulares

Acusa al PP de hablar de "sembrar racismo y xenofobia" cuando tiene problemas electorales muy graves

11.08.12 - EFE | MADRID, en El Comercio.

El PSOE estudia interponer un recurso de inconstitucionalidad por vulneración de los derechos de las personas en relación con lo que considera "supresión" de asistencia sanitaria pública para los inmigrantes irregulares.

Los socialistas han respondido así a la petición de apoyo que una quincena de asociaciones inmigrantes ha hecho hoy a partidos, organizaciones sociales y sindicales para que se presenten recursos de inconstitucionalidad en este sentido. Las organizaciones de inmigrantes han acordado un manifiesto conjunto contra el proyecto del Ministerio de Sanidad para que los residentes irregulares paguen para poder recibir asistencia, lo que consideran la imposición de un "peaje" que viola derechos fundamentales como la salud.

En rueda de prensa conjunta, el secretario de Relaciones Institucionales y Política Autonómica del PSOE, Antonio Hernando, ha indicado que en los próximos días se concretarían los términos del posible recurso y ha acusado al PP de hablar de la inmigración y "sembrar racismo y xenofobia" cuando tiene problemas electorales muy graves.

Ahora deberían sancionar a los sancionadores por abuso de autoridad o por intento de intimidación a la libertad de expresión, pero eso, por desgracia, no ocurrirá…

Ahora deberían sancionar a los sancionadores por abuso de autoridad o por intento de intimidación a la libertad de expresión, pero eso, por desgracia, no ocurrirá…

La Justicia madrileña anula la sanción al ‘policía indignado’

Javier Roca fue suspendido cinco días sin sueldo por el Ayuntamiento de la capital por participar en una asamblea del movimiento 15-M

LUIS GIMÉNEZ SAN MIGUEL, en Público.

Ocurrió en julio del año pasado, durante las movilizaciones de verano del movimiento 15-M contra los recortes del entonces gobierno socialista de Zapatero. El policía municipal Javier Roca Sierra decidió ser el primer policía en dar el paso y manifestar su indignación públicamente en una asamblea en la Puerta del Sol. Pero su atrevimiento le salió caro, el Ayuntamiento de Madrid le sancionó con cinco días sin empleo ni sueldo.

Ahora, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid ha anulado esta sanción al estimar el recurso presentado por el agente y remarca que la resolución dictada por la Dirección General de Seguridad del Ayuntamiento vulnera el derecho fundamental a la libertad de expresión, según informa CCOO en una nota de prensa.

Ante la mirada atenta de cientos de indignados, Javier habló como Policía para mostrar que ellos también estaban sufriendo las consecuencias de la crisis económica. "Sé que muchos de mis compañeros de curro apoyan este movimiento, sé que muchos compañeros estáis ahí sentados compartiendo este cambio con todos los que han venido de fuera. También sé que hay muchos compañeros mirando y sólo mirando y os pido, por favor, respeto. Este es un mensaje personal, hablo en mi nombre y sólo en mi nombre. Me llamo Javier Roca Sierra. Soy policía, de Madrid".

El Juzgado entiende que en esta intervención "no se expresan ideas u opiniones que, como tales, menoscaben el funcionamiento del servicio, ya que se produce con carácter general en términos respetuosos, sin descalificaciones a la institución policial, superiores o compañeros".

CCOO se ha mostrado "satisfecha" con la anulación de la sanción, según ha mostrado en un comunicado de la Sección Sindical de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. El sindicato remarca el "significado que tiene el fallo al apuntalar aún más los derechos fundamentales de los que gozan los policías, al igual que toda la ciudadanía, y poner al descubierto, una vez más, el uso arbitrario y grosero del régimen disciplinario para castigar y perseguir libertades públicas tan fundamentales como lo es la libertad de expresión de pensamientos e ideas".

"Me han castigado por decir lo que pienso"

En una entrevista que Javier Roca concedió a Público el pasado mes de febrero alegó que había sido sancionado "por expresar en público lo que pienso y lo que siento". Pese a la sanción, manifestó que no se arrepentía en absoluto de haber participado en la asamblea, pues "estaba defendiendo los valores de igualdad, justicia y libertad en los que creo".

"Me cuesta creer que me haya pasado esto. No he usado mi condición para hablar mal de la Policía o para incitar a hacer algo ilegal. Mi intención era invitar a la reflexión", aseveró Javier Roca ante el juez el pasado mes de septiembre.

VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA

Las maniobras dilatorias que sólo hacen que retrasar lo inevitable a costa de un alto precio en la credibilidad deberían acabarse yá …

Las maniobras dilatorias que sólo hacen que retrasar lo inevitable a costa de un alto precio en la credibilidad deberían acabarse yá …

 

El TSJA se reafirma en la nulidad del nombramiento de 161 jefes de servicio

Desestima un recurso del Principado contra sentencias anteriores que cuestionan el uso de la libre designación para cubrir esos puestos

05.08.12 - REDACCIÓN | OVIEDO, en El Comercio.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rechazado el recurso interpuesto por el Principado contra la sentencia que anulaba el sistema de nombramiento por libre designación de jefes de servicio o puestos con rango jerárquico asimilado o incluso inferior en la Administración autonómica. Según informa el colectivo Conceyu por otra Función Pública N’Asturies, que promovió la reclamación ante los tribunales, con el auto dictado por el TSJA la sentencia -que ya había sido ratificada por el Supremo- deberá ser ejecutada ahora por el Gobierno regional.

El Supremo asumió los argumentos esgrimidos por el TSJA en abril de 2010 para dejar sin efecto el sistema de libre designación utilizado por la administración asturiana para la provisión de 161 puestos de Jefatura de Servicio y de Área (154 de funcionarios y 7 de personal laboral) en las distintas consejerías. La sentencia inicial mantenía que la libre designación prevista en la ley no es un sistema «de libre arbitrio» dado que tiene carácter excepcional, completa el método normal de concurso y se aplica a puestos determinados en atención a la naturaleza de sus funciones.

Según Conceyu, la nueva resolución «desbarata una nueva maniobra dilatoria del Principado para eludir el cumplimiento de los fallos firmes que anulan el uso abusivo del sistema de nombramientos por libre designación aunque seguramente no será la última por la falta de voluntad política». El Ejecutivo regional considera que la situación de esos altos cargos está legalizada con la última modificación de la Ley de Función Pública Asturiana incluida en una ley de acompañamiento presupuestario.

El TSJA desestima el recurso del Principado contra la anulación de 161 nombramientos

El fallo censura la designación «a dedo» de numerosos cargos durante la etapa de Vicente Álvarez Areces

Oviedo, M. J. IGLESIAS, en La nueva España

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha emitido un auto por el que desestima un recurso del Servicio Jurídico del Gobierno del Principado contra la anulación de la libre designación de 161 altos cargos de la Administración, realizados cuando presidía el Ejecutivo asturiano el socialista Vicente Álvarez Areces.

El TSJA ratifica ahora la providencia de 12 de junio en la que requiere al Principado que ejecute la sentencia firme de 30 de abril de 2009, confirmada por el Supremo el 14 de julio de 2011, que anulaba el sistema de nombramiento de libre designación en 161 puestos de Jefatura de Servicio y de Área, estimando así el recurso interpuesto por varios miembros del Conceyu por Otra Función Pública n’Asturies. «El auto judicial que ahora se conoce desbarata una nueva maniobra dilatoria del Gobierno asturiano para eludir el cumplimiento de las sentencias firmes que anulan el uso abusivo del sistema de nombramientos por designación a dedo, aunque seguramente no será la última», señaló ayer un portavoz del colectivo.

Al sistema de designación, sólo pueden acceder los puestos de directivos y de confianza mencionados en la ley -secretarías de altos cargos y los de especial responsabilidad-. La sentencia, ya ratificada por el Supremo, deberá ser ejecutada. El fallo inicial señalaba que el Principado no justificó suficientemente que los puestos a los que se hace referencia impliquen la responsabilidad determinante de cubrirlos con libre designación dado que las funciones atribuidas o que quepa atribuir al puesto de trabajo no se han explicitado.

El TSJA confirma el requerimiento al Gobierno asturiano para que cumpla la sentencia que anula el sistema de libre designación en 161 puestos de trabajo

WEB del CONCEYU POR OTRA FUNCIÓN PÚBLICA N´ASTURIES (COFPA)

“Mediante Auto fechado el 17 de julio, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ratifica en todos sus términos la providencia de 12 de junio  en la que requiere al Principado de Asturias para que ejecute la sentencia firme de ese Tribunal de 30 de abril de 2009 (confirmada por el Tribunal Supremo en sentencia de 14 de julio de 2011), por la que se anula el sistema de nombramiento de libre designación - a dedo - en 161 puestos de Jefatura de Servicio y de Área, estimando el recurso interpuesto por varios miembros del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies.

De esta forma el TSJA desestima el recurso de reposición interpuesto por el Servicio Jurídico del Principado de Asturias contra la providencia de 12 de junio, cuyo contenido deviene  plenamente ejecutivo.

El Auto judicial que ahora se conoce desbarata una nueva maniobra dilatoria del Gobierno asturiano para eludir el cumplimiento de las sentencias firmes que anulan el uso abusivo del sistema de nombramientos por libre designación - a dedo -, aunque seguramente no será la última.

Mientras aguardamos la próxima ocurrencia financiada con cargo a los presupuestos generales del Principado, volvemos a constatar el incumplimiento clamoroso de una de las medidas estrella contenidas en el pacto de legislatura PSOE-UPyD, con el silencio cómplice de los firmantes.”

AUTO DEL TSJA

VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA

Hubiera sido demasiado avanzado atreverse a decidir lo contrario… ¡¡demasiados intereses y muy poderosos!!

Hubiera sido demasiado avanzado atreverse a decidir lo contrario… ¡¡demasiados intereses y muy poderosos!!

La Audiencia rechaza intervenir Bankia y expulsar al actual equipo directivo

El juez asegura que su labor no es controlar la situación financiera de la entidad ni «generar confianza en los mercados»

UPyD anuncia un recurso

Madrid, Agencias

La Audiencia Nacional ha rechazado intervenir judicialmente Bankia y su matriz, Banco Financiero y de Ahorros (BFA), y sustituir el actual equipo gestor por un administrador, como pedían UPyD y el 15M para evitar una posible destrucción de pruebas.

El juez Fernando Andreu, encargado del caso, considera innecesaria la salida de la actual administración de Bankia y BFA para evitar la continuación delictiva, porque es «completamente distinta» a la que estaba al frente de la entidad cuando supuestamente se cometieron los hechos investigados.

Además, el juez señala -en un auto conocido ayer-, que Bankia y BFA son entidades que ya están intervenidas «de facto» por el Estado, tras la entrada en su capital del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

El auto subraya que la misión del juzgado es investigar los hechos denunciados y proteger, en la medida de lo posible, a los perjudicados, pero no «realizar actuaciones dirigidas al control de la situación financiera de Bankia» ni «generar confianza en los mercados».

La portavoz de UPyD, Rosa Díez, ya anunció que recurrirá en los próximos días la decisión de la Audiencia Nacional de no intervenir judicialmente Bankia y su matriz, BFA, y de no sustituir a los actuales gestores de la entidad. «Es una ingenuidad afirmar que el actual consejo de administración de la entidad es independiente del anterior», aseguró Díez en un comunicado en el que añadió que ellos son «los primeros interesados en que no se conozca la verdad».

El Gobierno se dispone a recapitalizar Bankia en los próximos días, aunque se mantiene la incógnita sobre si se inyectarán los 19.000 millones de euros que reclama la entidad, o si los informes externos encargados por el Ejecutivo arrojarán una cifra diferente. En cualquier caso, el grupo BFA-Bankia, del que forman parte Caja Ávila y Caja Segovia, será el primero en beneficiarse del primer tramo de la ayuda de 100.000 millones concedido por la UE.

VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA