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TRIBUNALES

El Tribunal, por ¿…? vez (ya no sabemos ni cuantas van), condena el abuso de la libre designación, que implantó Areces, para adjudicar plazas de altos funcionarios…

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El Supremo confirma la anulación del sistema de libre designación en la Administración del Principado

OVIEDO, EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo, en sentencia de 15 de noviembre de 2011, notificada este vienres, ha confirmado la anulación del sistema de nombramiento por libre designación de coordinadores, asesores, analistas y responsables del Principado de Asturias, según ha informado en un comunicado el Conceyu por Otra Función Pública, que adjunta el texto del fallo.

De esto modo, se confirma la sentencia recurrida dictada por Tribunal Superior de Justicia de Asturias el 22 de junio de 2009, en la que se declaraba nulo este sistema excepcional de nombramiento, estimando el recurso interpuesto por tres miembros del Conceyu por Otra Función Pública n'Asturies.

La sentencia del Tribunal Supremo insiste en el carácter excepcional de la libre designación, y en la necesidad de "justificación y motivación caso por caso de por qué debe utilizarse". El Supremo considera que no existe la "necesaria justificación individualizada para este sistema de libre designación en los puestos de trabajo controvertidos, valoración que no ha resultado desvirtuada por la Administración recurrente (el Principado de Asturias)".

A juicio del Conceyu, "se vuelve a poner de manifiesto las ilegalidades en las que incurrió la Administración autonómica asturiana al utilizar de forma abusiva y generaliza la libre designación, en lugar del sistema normal y ordinario del concurso de méritos. En el presente caso, creando una nueva categoría de puestos - coordinadores y asesores - inventada a propósito para incrementar artificialmente los puestos de confianza del poder político".

El Tribunal Supremo, según el colectivo, "propina un severo correctivo a la defensa letrada del Principado al no contener el recurso crítica jurídica alguna de la sentencia recurrida (fundamento derecho segundo, apartado cuarto de la sentencia)". De este modo, "la declaración del propio Tribunal Supremo confirma que el recurso de casación fue una mera maniobra dilatoria del anterior Gobierno del Principado pagada con dinero público de los asturianos y asturianas, a sabiendas de que dicho recurso de casación carecía del mínimo fundamento, con el único fin de eludir el cumplimiento inmediato de la sentencia del TSJA", concluye la nota.

VER DICHA SENTENCIA

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¿No tienen nada que decir la Junta de Personal del área IV? … por lo que se ve sólo están para intentar “cargarse” el Proyecto Fresneda…

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Suponemos que USIPA las impugna por la utilización del sistema de “libre designación”…

ANUNCIOS

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Notificación de emplazamiento a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 407/2011 que se tramita ante el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Oviedo.

Ante el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 2 de Oviedo, se tramita procedimiento abreviado 407/2011 interpuesto por la Unión de Sindicatos Independientes del Principado de Asturias (Usipa) contra convocatoria para la provisión de puestos del Área de Gestión Administrativa de fecha 15/11/2011, de la Gerencia de Atención Primaria del Área IV (Oviedo).

Dada la falta de datos necesarios para su emplazamiento individualizado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 49 en relación con el artículo 21 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a los posibles interesados en el referido procedimiento, a fin de que puedan comparecer y personarse en autos ante el referido juzgado, en el plazo de nueve días a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 21 de diciembre de 2011.—El Director Gerente del SESPA.—Cód. 2011-24875

VER ESTO MISMO EN SU PUBLICACION EN EL BOPA DE HOY

VER LA CONVOCATORIA RECURRIDA

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Responsabilidades innegablemente las hay y responsables también …

Responsabilidades innegablemente las hay y responsables también …

Las españolas con prótesis PIP acudirán a los tribunales

Los médicos exigen a Sanidad que ponga en marcha un registro de implantes de mama para evitar casos similares

Foto: Vera Aulestia, venezolana de 26 años, con las cajas de los implantes PIP, que todavía lleva en sus pechos como otras miles de mujeres.

ANTONIO GONZÁLEZ, MADRID, en Público.

Las pacientes españolas que recibieron implantes de mama de la marca francesa Poly Implant Prothèse (PIP), retirados del mercado en marzo de 2010 debido a la presencia en muchos de ellos de silicona industrial no apta para el uso médico, acudirán a los tribunales para "exigir responsabilidades" a todos los que hayan tenido que ver algo con este problema.

Según explicó ayer a Público Eva Jiménez, que ha puesto en marcha en Valencia una asociación de afectadas que agrupa ya a más de 300 pacientes, el caso ya está en manos de un bufete de abogados que prefirió no identificar. Jiménez está esperando a que los letrados den forma a la iniciativa legal, y señala que aún no está decidido si va a ser una demanda colectiva o denuncias individuales, ya que cada caso es distinto; lo que sí sabe es que van a pedir cuentas "a todos los responsables que hicieron esto posible, tanto cirujanos como autoridades", ya que los implantes PIP estaban autorizados y "llevaban el sello de la CE". "Esto ha sido una vergüenza sanitaria y somos nosotras las que estamos pagando las irresponsabilidades de los demás", agrega Jiménez, que cree que las autoridades deben correr con los gastos de la extracción de los implantes defectuosos.

Los especialistas, agrupados en la Sociedad Española de Cirugía plástica Reparadora y Estética (Secpre) y la Asociación Española de Cirugía Estética Plástica (Aecep), reclaman por su parte al Ministerio de Sanidad que ponga en marcha el registro nacional de implantes, que tendría que estar funcionando en virtud de una orden ministerial de 2003. Los cirujanos consideran fundamental esta herramienta para poder seguir cada producto defectuoso y evitar en el futuro casos como el de los implantes PIP.

También piden un protocolo claro que permita comunicar a Sanidad de forma rápida roturas prematuras de implantes como los observados en muchos implantes PIP, aunque en este caso la postura no es unánime. Así, el cirujano Jaume Serra, que alertó del problema de los implantes de PIP al Ministerio de Sanidad antes incluso de que saltase la alarma en Francia, afirma que para notificar los efectos adversos "no hace falta que haya registro". De hecho, en julio de 2010, la entonces directora de la Agencia Española de Medicamentos, Cristina Avendaño, envió una carta a este cirujano donde dejaba claro que "la reglamentación española establece obligaciones de notificación de incidentes adversos no solamente a los fabricantes (...), sino también a los profesionales que los utilizan".

Por ello, Sanidad entiende que el registro nacional no es "en absoluto imprescindible" para garantizar la trazabilidad de los productos y la localización de los pacientes. Sin embargo, desde la Secpre su presidente, Jaume Masià, señala que no existe un protocolo específico para comunicar las roturas de prótesis y cree que sería labor del registro de implantes "hacer un seguimiento de todo". Por su parte, Juan Monreal, presidente de la Aecep, también aboga por el registro para "facilitar la gestión de momentos de crisis como estos" y señala que, si bien existen vías para comunicar los casos adversos a Sanidad, es "a un nivel muy críptico y muy poco práctico". A su juicio, haría falta "un protocolo estricto y con sanciones" para quien no denuncie casos como los de las prótesis PIP.

Ante estas valoraciones, Serra critica a su propio colectivo: "Ha fallado que los cirujanos plásticos han incumplido su obligación de notificar, que está muy bien tipificada en la normativa". Para Serra, esta actitud tiene que ver con que este colectivo "en general cobra de las casas comerciales [los fabricantes de prótesis], que pagan los congresos, de forma que, conociendo las complicaciones, se quedaban entre ellos porque no puedes hablar mal de quien te da de comer". "Los cirujanos, prosigue, no quieren reconocer que lo han hecho mal y están echando balones fuera".

El riesgo de cáncer

Por otro lado, los presidentes de las citadas sociedades, que trabajan ya en un "informe urgente" solicitado por Sanidad, siguen estando de acuerdo con la Agencia Española de Medicamentos que, al igual que han hecho otros países a excepción de Francia, sigue sin recomendar la extracción sistemática de todos los implantes PIP. "Con la información disponible hasta ahora debemos recomendar lo que la Agencia: hacer controles y retirar aquellas que estén rotas o que tengan sospecha de rotura", explica Masià.

En cuanto al posible riesgo de cáncer, Masià afirma que los implantes PIP "tienen un mayor índice de rotura y de inflamación", sin existir ningún otro del que se tenga constancia, sobre todo después de que el Instituto Oncológico francés descartara la semana pasada una relación con el cáncer. "En principio no hay ningún riesgo ni evidencia de relación con ningún tipo de enfermedad; no se puede alarmar a nadie con información que no es cierta", dice Masià, que cree que la decisión de Francia de retirar todas las prótesis, aunque no haya deterioro, se debe a que "deben sentirse corresponsables porque las prótesis son de una fábrica que estaba bajo su tutela". En cuanto a España, Masià recuerda que siempre se debería informar a las pacientes del tipo y características del implante que llevan, algo que es "una norma para los miembros de la Secpre".

Por su parte, Monreal tampoco defiende una retirada de todas las prótesis PIP. "El problema de este sinvergüenza [en referencia al responsable de PIP, Jean-Claude Mas Foret, a quien busca la Interpol] es que adulteraba los implantes de manera aleatoria, de forma que hay implantes PIP hechos con silicona de grado médico correcto. Así era más difícil pillarle", explicó. Por ello resulta, a su juicio, "imprescindible que las pacientes se pongan en contacto con sus médicos parque les hagan una exploración y estudien la integridad de los implantes, de forma que ante la más mínima duda se proceda a su retirada".

Monreal cree que, después de los pacientes, los médicos son "los primeros perjudicados", porque pensaban que utilizaban "un producto legal con todos los requisitos de seguridad", por lo que "el Estado tiene que tener algo que decir". Tampoco este experto cree que haya una relación con el cáncer: "Por desgracia hay pacientes con prótesis de mama que son diagnosticadas de cáncer, pero eso no quiere decir que lo haya provocado la prótesis". Jaume Serra, sin embargo, considera que el hecho de que Sanidad haya dicho que no tiene constancia de casos de cáncer asociados "es una falacia", porque "no dispone de datos de ningún tipo de incidente, ya que nadie los notificaba". "Las roturas , las encapsulaciones, las adenopatías, las infecciones sí que se producían, pero inexplicablemente, a pesar de la obligacion de notificar, nadie lo hacía", se lamenta este cirujano, que cree que se ha tratado de evitar crear alarma.

Al margen de polémicas médicas, las pacientes siguen sufriendo las consecuencias. Eva Jiménez, a quien cuando se puso los implantes PIP en 2007 se los garantizaron "de por vida" y no le dijeron que fuera a revisión alguna, ha pasado por varias operaciones hasta que, finalmente, dio con un cirujano Serra que le pudo reparar el pecho hace un año. Hoy, tras haber perdido el trabajo por las complicaciones sufridas, sigue en tratamiento psicológico y no descarta el riesgo de cáncer. Además, recuerda cómo, tras empezar los problemas, se sintió "humillada". "Me trataron como si fuera un coche", se lamenta.

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Ya perdimos la cuenta de cuantas Sentencias hay contra la libre designación en nuestra Comunidad Autónoma…

Ya perdimos la cuenta de cuantas Sentencias hay contra la libre designación en nuestra Comunidad Autónoma…

El TSJA anula la adjudicación «a dedo» de seis puestos del Consejo Consultivo

El tribunal cuestiona el procedimiento de designación y la omisión de las retribuciones de la plantilla

Oviedo, Marcos PALICIO, en La Nueva España

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado los nombramientos «a dedo» de seis altos funcionarios adscritos al Consejo Consultivo del Principado. La sentencia de la Sala de lo contencioso-administrativo cuestiona una vez más el procedimiento elegido por la Administración regional para la provisión de puestos utilizando indebidamente la libre designación en lugar del concurso de méritos. La resolución, que se suma a otras anteriores con los mismos fundamentos y consigue que se superen ya los trescientos nombramientos invalidados en la función pública asturiana en los últimos años, revoca esta vez la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo, aprobada en abril de 2010, también por haber ocultado las retribuciones de la plantilla del organismo, incumpliendo así la obligación legal de hacerlas públicas.

Las provisiones de puestos anuladas son las de jefe del área presupuestaria y tesorería, letrado adjunto a la secretaría general y cuatro letrados-jefe. El tribunal hace constar, además, la paradoja de que en el catálogo de cargos anulado haya más letrados-jefe (cuatro) que letrados base (tres).

El tribunal admite así el recurso presentado en su día por el Conceyu Por Otra Función Pública n’Asturies y el sindicato USIPA, y, según la asociación de funcionarios, además «pone en evidencia al Consejo Consultivo». Al incurrir «en estas manifiestas irregularidades legales ahora declaradas por la justicia», el organismo actúa, al decir del colectivo recurrente, de modo «incompatible con las funciones que tiene encomendadas por la ley como máximo garante del control de la legalidad de la actuación administrativa del Principado».

La puesta en cuestión de los procedimientos utilizados por la Administración asturiana para la provisión de sus puestos de altos funcionarios ha sido una constante en los últimos años. El uso habitual y reiterado de la libre designación, un método que según la ley debe ser «excepcional» y aplicable sólo a puestos directivos y de confianza, ha recibido la desaprobación reincidente de los tribunales, que han anulado ya más de tres centenares de puestos adjudicados «a dedo», con algunos fallos ratificados ya por el Tribunal Supremo tras los recursos presentados por el Principado. A juicio del Conceyu Por Otra Función Pública, ese modo de proceder supone la generalización de «un sistema de reclutamiento de la élite burocrática en Asturias manifiestamente clientelista e inconstitucional, por contrario a los principios de igualdad, mérito y capacidad».

La Sentencia

La libre designación

Según la ley, la libre designación sólo se admitirá de forma excepcional y «en la medida que completa el método normal de provisión» de puestos en la Administración pública, «que es el concurso». Se aplica el nombramiento «a dedo», según recoge la sentencia del TSJA, únicamente a «puestos determinados en atención a la naturaleza de sus funciones», en concreto a «puestos directivos y de confianza, las secretarías de altos cargos y los de especial responsabilidad».

La justificación

La ley exige además una justificación específica que acredite expresamente en la relación de puestos de trabajo los motivos de la consideración de un determinado cargo como «de especial responsabilidad».

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Novedades jurídicas que pueden tener consecuencias en el SESPA…

Novedades jurídicas que pueden tener consecuencias en el SESPA…

Una Sentencia de Andalucía puede tener importantes repercusiones en el proceso de integración de los trabajadores del Hospital del Oriente

El personal contratado en régimen de derecho privado, sistema de contratación que difiere notablemente del régimen de acceso y reglamentación del personal funcionario y laboral de la administración, no pueden convertirse en empleados públicos al servicio de una administración pública cuya única forma de acceso, por imperativo legal, es la del Artlo. 23.2 de la Constitución, sustentado en los principios de igualdad, mérito y capacidad (amparada y desarrollada en el EBEP, ley 7/2007)…

Una recientísima Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la del 2 de noviembre de 2011 de la sección primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo

VER DICHA SENTENCIA INTEGRA

reafirma esta línea doctrinal anulando la integración como empleados públicos, por sucesión de empresa (o subrogación) de la totalidad de los trabajadores (más de 500 empleados) del extinto Instituto Andaluz de las Artes y las Letras en la Agencia Empresarial de Actividades Culturales (directamente dependiente de la Junta de Andalucía) que se había producido en abril de 2011.
La referida Sentencia, no sólo ve lesionados los derechos del personal funcionario y laboral fijo de la administración, por las repercusiones futuras que pudiera tener “por perturbaciones ilegítimas” de los integrados frente a los empleados públicos actuales de la administración, sino que la “elusión” de la participación en una oposición libre para el acceso en condiciones de igualdad, igualmente vulnera el interés general de quienes pudieran optar a esa situación, es decir, de todos los ciudadanos...
La más que posible relación entre esta reciente Sentencia y el proceso que se está desarrollando en el Hospital del Oriente para la integración de los trabajadores de dicha institución en el SESPA, es bastante evidente.
La cuestión, que también recoge la referida Sentencia, es si existen “fundamentadas razones objetivas” para que nuestro proceso frente al de Andalucía pudiera tener tratamiento distinto, es decir, tratamiento excepcional...
Doctores jurídicos tiene la Santa Madre Iglesia – Principado, SESPA … -, pero ni que decir tiene que la pregunta que da título a esto me parece del todo oportuna:
¿Tendrá repercusiones en Asturias la reciente línea doctrinal de Andalucía?....

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La Fiscalía endurece su actuación…

La Fiscalía endurece su actuación…

Piden 3 años de cárcel por un accidente laboral

Los acusados son dos empresarios de la construcción, el arquitecto y el responsable de la obra

Foto: Los sindicatos UGT, Comisiones Obreras y USO en el último corte de tráfico en la ovetense avenida de Galicia para protestar cada vez que fallece un trabajador en accidente laboral.

26/11/2011, REDACCIÓN, OVIEDO, en La Voz de Asturias

Dos empresarios, un arquitecto y un jefe de obra se enfrentan a una petición de la Fiscalía de tres años de prisión por un accidente laboral ocurrido en Oviedo en mayo de 2007 en el que uno de los obreros, G. I. G. F, resultó gravemente herido tras caerle la fachada del edificio en el que trabajaba sobre el andamio en el que se encontraba. El herido formaba parte del equipo que se encargaba de demoler el inmueble donde ocurrió el accidente, en la calle Fuertes Acevedo de la capital.

Los dos empresarios, R. J. C. Á y A. J. F. P, eran los responsables de la promotora inmobiliaria y de la compañía encargada del derribo respectivamente.

Según el escrito de calificación de Fiscalía, a los acusados se les imputa dos delitos. Uno por violar el derecho de los trabajadores, a razón de que el ministerio público estima que no se cumplían las condiciones de seguridad que marca la ley vigente y dos, por la lesiones sufridas por el trabajador. Por el primero es por el que se pide un año de prisión y dos años por el segundo.

Además de los empresarios, los otros dos acusados son, por un lado, C. I. M. R, que era el arquitecto y autor del proyecto y por tanto, el que aprobó el plan de seguridad y salud, según consta en el documento remitido por la Fiscalía. Por tanto, según las mismas fuentes, es a él al que le correspondía la vigilancia y el control de la ejecución de tal plan.

El cuarto encausado es el que era encargado de obra, L. A. L. Á., que tendría que haber seguido el sistema de trabajo con las medidas de seguridad previstas, según el documento de Fiscalía. El juicio, que corresponde el juzgado de lo penal número tres de Oviedo, se celebrará el lunes a las 11,50 horas.

Multas Junto a la petición de cárcel.

El ministerio público también solicita dos sanciones económicas. Una primera de 28.595 euros en concepto de lesiones y 280.000 euros por las secuelas. Además, también se solicita que abonen al Servicio Público de Salud (Sespa) el importe de los gastos asistenciales provocados por el accidente.

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Varapalo para la Administración Regional, pero también para CC.OO. y UGT, porque el marco negociador es la Mesa Sectorial correspondiente…

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El Tribunal Supremo anula los acuerdos de plantillas docentes en el Principado

Otro varapalo judicial para la Administración regional, a la que se le exige que el nuevo marco de negociación sea la Mesa Sectorial de Educación

Foto: Una de las manifestaciones de profesores asturianos de la red pública.

Oviedo, E. G., en La Nueva España

El Tribunal Supremo confirmó ayer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que anuló, en 2009, la plantilla orgánica de los centros docentes de la red pública asturiana por no haber sido negociada en la Mesa Sectorial de Educación. El Principado había recurrido al Supremo al considerar que la Mesa General de la Función Pública era un escenario que validaba los acuerdos. Los jueces no están de acuerdo, le quitan la razón a la Administración regional y le imponen las costas, 1.500 euros.

«La sentencia, dictada a instancia de ANPE, obligaba la convocatoria de la Mesa Sectorial, tras tres años de negativa del Gobierno de Asturias en los que ni un acuerdo, ni una mejora, ni una instrucción vieron la luz fruto del pacto o la negociación con las organizaciones que obtuvieron su representatividad en las elecciones sindicales de diciembre de 2006», señalaba ayer un comunicado del sindicato que tomó la iniciativa de recurrir y al que los tribunales le dan la razón. A falta de concretar por parte de los servicios jurídicos, ANPE podría pedir la ejecución de la sentencia, «lo que daría lugar a invalidar todos los procesos administrativos asociados a las plantillas docentes en los últimos dos años», dice el presidente de dicho sindicato, Gumersindo Rodríguez.

La Mesa Sectorial de Educación mete miedo. Se lo metía a la antigua Administración y parece que lo sigue metiendo a algunos sindicatos. Crearla costó un triunfo (de hecho, Asturias fue durante una larga temporada la única comunidad autónoma que no la tenía), lo que impedía a los profesores su derecho a la negociación específica.

ANPE recordaba ayer la «responsabilidad de los sindicatos mayoritarios, que impidieron la convocatoria de la mesa durante mucho tiempo». Gumer Rodríguez habla de «bloqueo sindical» con la connivencia de la Administración regional (VER ESCRITO DE CC.OO. Y UGT QUE DEMUESTRA ESTE EXTREMO). La reivindicación de la Mesa Sectorial formaba parte de las peticiones que motivaron los dos días de huelga en el sector hace dos años. Añade ANPE que a día de hoy la Administración no ha convocado aún la Mesa Sectorial, con el apoyo compinche de UGT y CC OO.

El Supremo impone negociar la plantilla docente con los sindicatos

26/11/2011, S.d.m. Oviedo, en La Voz de Asturias

El Tribunal Supremo obliga a la Consejería de Educación del Principado a negociar su política de personal y de planificación con los sindicatos. Así consta en una sentencia dictada el pasado 3 de noviembre y que ratifica un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), de julio de 2009, que da la razón a ANPE. Ambos tribunales reconocen que la Administración tiene la obligación de convocar una mesa de negociación sectorial, a la que deben sentarse los colectivos que representan los intereses de los docentes.

A la vista de la resolución judicial, los profesores esperan un nuevo escenario. El presidente regional de ANPE, Gumersindo Rodríguez, asegura que, “tras tres años de negativa del Gobierno de Asturias en los que ni un acuerdo, ni una mejora, ni una instrucción vieron la luz, fruto del pacto o la negociación”, ha llegado el momento de sentarse a negociar. Para Rodríguez el problema es que se ha perdido mucho tiempo y se han hurtado derechos a los docentes.

Perspectiva de futuro Esta sentencia del Supremo parece poner fin a una larga discusión --judicial, mediática y política-- sobre la obligación o no de las Administraciones regionales de convocar una mesa sectorial de negociación para organizar las necesidades de personal de los colegios e institutos. El anterior Gobierno creía que no era necesario. Queda por ver cómo actuará el nuevo equipo. Por el momento, la Consejería de Educación todavía no ha sentado a los sindicatos, pero ya sabe que tienen un fallo que les avala. ANPE, de hecho, está dispuesto a volver a los tribunales si es necesario.

No obstante, la organización espera que el nuevo Ejecutivo no utilice “a los docentes como meros cobayas, experimentando planes y medidas educativas a espaldas del propio profesorado”.

SAIF (USIPA-SICEPA-SIPU y STAO), podrán estar representados en la Mesa General de Negociación del Principado de Asturias al superar el 10% de representatividad requerido…

SAIF (USIPA-SICEPA-SIPU y STAO), podrán estar representados en la Mesa General de Negociación del Principado de Asturias al superar el 10% de representatividad requerido…

Usipa gana una sentencia de representatividad sindical en el Principado


En La Nueva España, por J.A.A.
La federación formada por los sindicatos Usipa, Sicepa, Sipu y Stao ha ganado un pleito sobre la representatividad sindical en el Principado que había sido promovido por UGT y CC OO.
Ambas centrales sostenían que esos sindicatos no podían sumar los 62 delegados que lograron en las elecciones sindicales de la Administración regional para agruparse en la federación denominada Sindicatos Asturianos Independientes Federados (SAIF). La suma de esos delegados otorga a SAIF una posición mayoritaria en el Principado junto a CEMSATSE, la formación sindical que agrupa a médicos y enfermeros, en detrimento de UGT y CC OO.
El magistrado del Juzgado de lo social número 3 de Oviedo invoca la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece que la «constitución de organizaciones sindicales complejas no es otro que el de (...) obtener mejores resultados en el desarrollo de la actividad sindical y dentro de la misma, de la negociación colectiva».

Asi lo cuentan desde el USIPA en una nota informativa publicada en su WEB:

SENTENCIA ACERCA DE LA REPRESENTATIVIDAD SINDICAL EN MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Probablemente a muchos de vosotros/as, empleados/as públicos/as de la Administración Autonómica, os extrañara “un poco” el logotipo y las siglas de SAIF, bajo las que se presentó nuestra organización sindical USIPA en las pasadas elecciones sindicales. Respondía a una estrategia sindical diseñada y encaminada a que en esta ocasión se respetara la voluntad expresada por vosotros/as en las urnas al otorgar a esta organización sindical, entre otras, su legítimo derecho a estar presente en las Mesas Generales de Negociación y evitar que, al contrario de lo que sucedió hace aproximadamente un par de años con la demanda judicial presentada por CCOO y UGT, fuéramos “apartados” de aquéllas por decisión judicial.
Así pues, ante la certeza de que CCOO y UGT, pasara lo que pasara en las urnas, en aras de mantener su “monopolio sindical”, en lugar de “ganarse” vuestra confianza, iban a recurrir de nuevo nuestra representación en las mencionadas Mesas Generales de Negociación, USIPA, junto con SICEPA, SIPU y STAO en el ámbito de la administración pública, y junto con SITAZ, SITT, OSOA y SIRSA, en el ámbito privado, optamos por crear la federación de Sindicatos Asturianos Independientes Federados -SAIF- para defender los intereses y los derechos de los trabajadores/as desde otra perspectiva distinta a la de CCOO y UGT, sindicatos mayoritarios cada vez más minoritarios.
Como suponíamos, así fue… y acabamos en el Juzgado. Y en esta ocasión, con un absoluto desprecio hacia los estatutos de ésta, nuestra federación, los sindicatos demandantes incluso se permitieron la osadía de “disponer” cómo deberíamos presentarnos,pretendiendo que nos “saltáramos” nuestros propios estatutos, debidamente aprobados por la autoridad competente… Quizás alguien debería preguntar a la UGT por qué “cree” que su sindicato puede presentar una candidatura bajo las siglas SOMA-FIA-UGT y nosotros no podemos presentarla bajo las siglas de USIPA-SAIF.
En fin, el Juzgado dictó Sentencia -documento que también os adjuntamos- y, como no podía ser de otro modo, se desestimó la demanda formulada por CCOO y UGT e implícitamente se reconoció el legítimo derecho de nuestra federación SAIF a estar presente en sendas Mesas Generales de Negociación.
No obstante, sabemos que falta otro capítulo por escribir… porque sin duda recurrirán la sentencia, quizás esperando tener la ¿suerte? que ya en su día tuvo CCOO cuando un juez estimó como válida su candidatura a unas elecciones sindicales en la Administración del Principado de Asturias cuando aquélla había sido presentada fuera de plazo. ¡Quién sabe si tendrán esa suerte de que les “toque” otra vez el mismo juez! ¡Ser… no sería la primera vez!
Por todo ello comprenderéis que con sindicatos de este tipo, que no saben “encajar” los resultados de las urnas y lo único que les preocupa es monopolizar la actividad sindical, nosotros no queramos tener esa unidad de acción sindical que a veces tanto nos reclamáis.
Le pese a quien le pese, desde USIPA-SAIF seguiremos luchando por la defensa de los trabajadores e informando puntualmente de todo lo que acontezca.

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