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TRIBUNALES

Como es habitual en las peticiones de suspensión cautelar no entraron al fondo de la cuestión que queda para el juicio a todos los recursos planteados…

Como es habitual en las peticiones de suspensión cautelar no entraron al fondo de la cuestión que queda para el juicio a todos los recursos planteados…

Ante los recursos del Consejo General de Enfermería y SATSE

 

El Tribunal Supremo deniega la suspensión cautelar del art. 3.2 del RD de Prescripción Enfermera

 

Madrid 5 feb, 2016, ACTA SANITARIA

 

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha notificado este viernes, 5 de febrero, al Consejo General de Enfermería y al Sindicato de Enfermería (SATSE), integrantes ambos de la Mesa de la Profesión Enfermera, que deniega la suspensión cautelar del artículo 3.2 del Real Decreto de Prescripción Enfermera, por lo que “debe aplicarse a rajatabla”, destacan desde la Mesa.

 

Según manifiesta la mencionada organización, el Alto Tribunal informó a sus integrantes, a través de sendos autos, “prácticamente idénticos”, de este extremo. En este sentido, declaran desde la Mesa que “el magistrado ponente no entra en el fondo de la cuestión y simplemente valora si la aplicación de dicho artículo causaría o no perjuicios graves a terceros”, lo que no es óbice para que cometa “algunas imprecisiones” en el auto.

 

“Sin perjuicio del absoluto respeto que siempre mostramos por las decisiones judiciales, entendemos que se han producido en la misma importantes errores conceptuales y valoraciones que consideramos no ajustadas a Derecho y que motivarán la interposición del pertinente recurso de súplica”, sostiene al respecto la Mesa de la Profesión Enfermera, que añade que las consecuencias de la norma que advirtió “vienen confirmándose por las distintas manifestaciones publicas en contra del Real Decreto realizadas por las comunidades autónomas, sindicatos médicos, y asociaciones y sociedades científicas de médicos”.

 

A juicio de esta organización sanitaria, el Tribunal Supremo “ha optado por denegar la suspensión cautelar y avalar la aplicación a rajatabla del Artículo 3.2 del Real Decreto anti Prescripción Enfermera”. “En su veredicto final deniega la suspensión porque entiende que no es argumento válido alegar como daño derivado de la vigencia del precepto impugnado las consecuencias que trae en el funcionamiento de los servicios asistenciales y que tal circunstancia de hecho se pruebe o, al menos, se justifique, sobre la base de la reacción de partidos, sindicatos o de algunas comunidades autónomas frente al Real Decreto 954/2015″… (leer más)

 

 

NOTA DE LA FADSP DE UNOS DIAS ANTES:

 

Prescripción enfermera, un desastre anunciado

 

La aplicación del RD sobre prescripción enfermera está produciendo multitud de problemas a lo largo y ancho del sistema sanitario público, y ello era previsible porque como ya habíamos señalado desde la FADSP vulneraba de manera clara el sentido común (por ej. al obligar la indicación del médico incluso para medicamentos que son de libre dispensación y son de consumo libre) e introducía problemas serios en algunos casos como los medicamentos que se administraban de acuerdo a protocolos bien establecidos desde hacia tiempo y que estaban funcionando sin problema alguno, eso sin señalar que en modo alguno se abordada como hubiera sido lo lógico una ampliación de la capacidad de los profesionales de enfermería de realizar algunas prescripciones como ya sucede hace muchos años en países con sistemas sanitarios muy desarrollados (el caso del Reino Unido es paradigmático).

 

Así las cosas, tampoco se entiende como se aprueba por un Gobierno en funciones, en una situación inestable y con escasa capacidad para gobernar, más aún cuando la mayoría de las CCAA están gobernadas por partidos de oposición que se han opuesto a esta regulación y que en muchos casos han señalado su disposición a recurrir la norma y a no aplicarla en su sentido literal.

 

Desde la FADSP entendemos que solo hay una solución razonable y es la derogación de este RD o en todo caso su suspensión hasta que no haya un nuevo Gobierno, esto es imprescindible para evitar los problemas de funcionamiento que se están produciendo y garantizar una atención sanitaria de calidad para toda la ciudadanía. De no hacerlo así el Ministerio de Sanidad será el responsable de los problemas que puedan producirse.

 

Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública

3 de Febrero de 2016

 

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Un tema que denunciamos desde este blog ya hace 4 meses…

Un tema que denunciamos desde este blog ya hace 4 meses…

El SIMPA impugna la convocatoria de la plaza de director del HUCA

02.02.2016, La Nueva España

 

El Sindicato Médico de Asturias (SIMPA) ha decidido impugnar varias convocatorias de plazas destinadas a cubrir altos cargos de la sanidad asturiana. Entre ellas figuran la de director del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) y la de director de asistencia sanitaria del área de Gijón. El SIMPA ve ilegal que puedan presentarse a dichas plazas candidatos ajenos a la función pública.

 

 

El Simpa impugna las convocatorias de cuatro nombramientos de directores pertenecientes a tres áreas sanitarias

El Sindicato Médico Profesional de Asturias alega que el Sespa ha cometido "los mismos errores que en convocatorias anteriores y que también fueron impugnados por este sindicato"

 

E.P./ASTURIAS24

 

El Sindicato Médico Profesional de Asturias (SIMPA) ha señalado este lunes que "procede a la impugnación de las convocatorias de director del hospital del Área IV (HUCA), de directores de asistencia sanitaria y salud pública del Área Sanitaria V (Gijón) y VII (Mieres) y del director económico y de profesionales del Área Sanitaria VII".

 

El Simpa argumenta esta decisión explicando que el Sespa ha cometido "los mismos errores que en convocatorias anteriores y que también fueron impugnados por este sindicato", según se informa en una nota de prensa… (leer más)

 

El Simpa impugnará la elección del nuevo director del HUCA

El sindicato cree que la convocatoria “abre la puerta a que se presenten candidatos no contemplados en la ley”

 

Redacción Médica, Oviedo.

 

El Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) ha señalado este lunes que va a impugnar de las convocatorias de director para el hospital del Área IV, de dos directores de asistencia sanitaria y salud pública para el Área Sanitaria V (Gijón) y VII (Mieres) y del director económico y de profesionales del Área Sanitaria VII”… (leer más)

 

El Simpa anuncia la impugnación del nombramiento del director del HUCA

«Una vez más, abre la posibilidad de que puedan presentarse a tales plazas candidatos no contemplados en la ley, e infringe el principio fundamental de igualdad, consagrado en nuestra Constitución», explica el sindicato

El Comercio

 

El Sindicato Médico Profesional de Asturias impugnará las convocatorias de director del hospital del Área IV (HUCA), de directores de asistencia sanitaria y salud pública del Área Sanitaria V (Gijón) y VII (Mieres) y del director económico y de profesionales del Área Sanitaria VII. Argumenta el Simpa que el Sespa ha cometido «los mismos errores que en convocatorias anteriores», que ya fueron impugnadas por este sindicato. «Una vez más, abre la posibilidad de que puedan presentarse a tales plazas candidatos no contemplados en la ley, e infringe el principio fundamental de igualdad, consagrado en nuestra Constitución», explica el Simpa.

 

Similar posición defendió ayer CC OO, quien también anunció su intención de impugnar otros cuatro nombramientos realizados «a dedo» por la gerencia del área IV. Se trata de tres técnicos superiores (un periodista, un matemático y un químico) y un técnico de grado medio, informático en el hospital Monte Naranco. «Han vuelto a saltarse el pacto de contrataciones del Sespa» al renovar hasta el 30 de abril a cuatro eventuales que tenían nombramiento previo, «adjudicados sin ningún procedimiento de selección».

 

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ASI LO DENUNCIABAMOS DESDE AQUÍ HACE 4 MESES…

Está claro… otra cosa sería si el T. Supremo atendiera a la paralización cautelar planteada en alguno de los recursos…

Está claro… otra cosa sería si el T. Supremo atendiera a la paralización cautelar planteada en alguno de los recursos…

Debe acatarse íntegramente

La Mesa Enfermera indica a las CCAA que no pueden evitar aplicar el Real Decreto de Prescripción

 

Madrid 19 ene, 2016 – Acta Sanitaria

 

La Mesa de la Profesión Enfermera, integrada por el Consejo General de Enfermería de España y el Sindicato de Enfermería (SATSE), ha advertido a las comunidades autónomas de que “no pueden evitar la aplicación íntegra del Real Decreto de Prescripción Enfermera en su territorio”.

 

Según expone esta organización, que remitió una carta en este sentido a los 17 Gobiernos regionales, la citada norma, que fue modificada en el último momento, ya está en vigor, así como “todas sus funestas consecuencias para el buen funcionamiento de los servicios sanitarios y para la seguridad de los profesionales”. “No existe forma alguna de evitar su aplicación”, subraya.

 

El objetivo de la misiva remitida por la Mesa de la Profesión Enfermera es “dar respuesta a la actuación de algunas comunidades autónomas, que han difundido entre sus profesionales documentos en los que, con intención de tranquilizar a los sanitarios, llegan a sugerir que el Real Decreto no sería aplicable en su territorio por razones de lo más dispares”.

 

Interpretación de sus servicios jurídicos

A juicio de los miembros de esta organización, “este tipo de comunicaciones, más que aclarar la situación, la complican, porque generan confusión y malinterpretan lo dispuesto en el citado Real Decreto”. En contraposición a ello, decidió trasladar la interpretación de sus servicios jurídicos, en coordinación con otros juristas.

 

“No se puede decir arbitrariamente que en una determinada comunidad autónoma no se va a aplicar en todo o en parte, por cuanto se estaría incumpliendo un mandato de una normativa básica del Estado español”… (leer más)

 

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Satse cuyo recurso ya fue admitido a trámite en el T. Supremo, el Consejo General, UGT- CC.OO.- Csif, y la mayoría de la CC.AA., también están en ello… suma y sigue.

Satse cuyo recurso ya fue admitido a trámite en el T. Supremo, el Consejo General, UGT- CC.OO.- Csif, y la mayoría de la CC.AA., también están en ello… suma y sigue.

Del Busto apoya a las enfermeras

19.01.2016, en La Nueva España

 

El consejero de Sanidad, Francisco del Busto, confirmó ayer a las enfermeras de la región que respalda su postura contraria al real decreto que impide que los profesionales de enfermería puedan utilizar y dispensar fármacos sin autorización médica. Del Busto indicó a la Sociedad de Enfermería de Atención Primaria en Asturias (Seapa) que su departamento estudia recurrir la citada norma del Ministerio de Sanidad. En la imagen, el Consejero con Marta Villamil y María Jesús Rodríguez Nachón, de Seapa.

 

Prescripción enfermera: la lucha continúa

 

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La pelota en el tejado del SESPA… que cómo bien sabe desde hace tiempo hay fórmulas organizativas para evitar esto

La pelota en el tejado del SESPA… que cómo bien sabe desde hace tiempo hay fórmulas organizativas para evitar esto

Una sentencia exime a los médicos de Primaria de las jornadas de 31 horas que organiza el Sespa

El fallo considera ilegal conectar dos consultas con una guardia de 17 horas por el medio

El Simpa reclama la contratación de facultativos para cubrir los descansos

Susana D. Machargo, en ASTURIAS24

Los médicos asturianos de los centros de salud podrán descansar después de completar una jornada de 24 horas, con una guardia presencial incluida. Una sentencia reconoce el derecho de los facultativos a librar y a no pasar su consulta ordinaria justo a continuación, complentando así turnos de hasta 31 horas, tal y como en la actualidad exige el Servicio de Salud del Principado (Sespa). Así lo ha determinado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo, que ha atendido el recurso presentado por el Sindicato Médico de Asturias (Simpa). El sindicato reclama a la administación que aplique con caracter inmediato este fallo judicial y que otorgue un descanso de 12 horas a los que han completado su turno. Recuerda que debe extender esta medida a todos los facultativos y no solo a los que lo reclaman expresamente. Esto supone que envíe sustitutos para cubrir las consultas de los compañeros que tienen que descansar y no suprimir las guardias a los que se quejan. Asegura que este sistema no solo beneficia a los pacientes, también mejorará la seguridad del paciente que no estará en manos de un profesional que lleva más de un día de trabajo… (leer más)

 

Los turnos de 31 horas impuestos por el Sespa a los médicos rurales «son ilegales»

El juez estima obligatorio un descanso mínimo de 12 horas tras una guardia. El fallo obligará a reorganizar el trabajo en los centros no urbanos

 

Laura Fonseca, Gijón, en El Comercio.

 

La legislación laboral ya establece que trabajar 31 horas ininterrumpidas no se ajusta a la legalidad vigente pero los médicos asturianos han tenido que demandar al Servicio de Salud del Principado (Sespa) y acudir al juez para conseguir que se aplique lo que dice la ley. Y lo que dice la ley, según un fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 es que el régimen de trabajo implantado en varios centros de salud, en concreto los rurales, y que obliga a los médicos a realizar turnos de entre 31 y 34 horas seguidas, «resulta ilegal».

 

El juez, en una sentencia emitida el pasado 5 de enero, ha contestado así a una reclamación que en julio pasado presentó el Sindicato Médico de Asturias (Simpa). En la misma, el Simpa pedía al Servicio de Salud que permitiera a los facultativos poder descansar tras la realización de una guardia de 17 horas. Hasta ahora, el Sespa, aduciendo falta de recursos y de personal, impide que los médicos rurales descansen tras la guardia, obligándoles en muchos casos a 'pegar' la guardia con el turno laboral posterior, acumulando así entre 31 y 34 horas de trabajo ininterrumpidos.

 

El sistema de atención continuada en la red de Primaria en Asturias está organizado de diferentes formas. En los centros de salud urbanos, los médicos hacen guardias hasta las 20 horas. A partir de las ocho de la tarde, la atención se concentra en determinados dispositivos y con personal específico. Pero en la zona rural no ocurre lo mismo y una vez acabado el turno normal, el de 8 a 15 horas, empieza la guardia de presencia física de 17 horas. La misma se suele extender hasta las ocho de la mañana del día siguiente. En muchas ocasiones, los profesionales tienen que concatenar esa guardia con otro turno de trabajo de 8 a 15, acumulando más de 30 horas, lo que el juez considera a todas luces «ilegal»… (leer más)

 

Un juez prohíbe que el médico de primaria trabaje más de 24 horas seguidas

La sentencia afecta a 20 centros de municipios de tamaño medio y obliga a dar descanso al facultativo que termina la guardia a las 8 de la mañana

13.01.2016, Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, en La Nueva España.

 

Una sentencia judicial ha declarado ilegal que los médicos trabajen 31 horas seguidas, como hasta ahora venía sucediendo en unos 20 centros de salud de la región. El juez sostiene que un periodo de trabajo tan prolongado pone en riesgo no sólo la salud y la seguridad del facultativo, sino también la calidad del servicio que éste presta al paciente.

 

Esta resolución, dictada el pasado día 5 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo, afecta en la práctica a los médicos de los municipios de tamaño intermedio, señaló Javier Alberdi, presidente del Sindicato Médico de Asturias (SIMPA), organización que llevó el caso a los tribunales. Tanto las localidades más pobladas de Asturias como las más pequeñas disponen de modelos alternativos de organización de la atención continuada.

 

En virtud de la sentencia, el Servicio de Salud del Principado (Sespa) deberá conceder a los facultativos un descanso de 12 horas después de realizar las 24 horas que suman una jornada ordinaria y una guardia de presencia física. El cumplimiento de esta resolución exigirá "la contratación de entre 15 y 20 médicos", estima el SIMPA.

 

Hasta la fecha, un día de guardia de los médicos de los centros de salud tenía la siguiente estructura: una jornada ordinaria de ocho de la mañana a tres de la tarde; una guardia de presencia física de tres de la tarde a ocho de la mañana siguiente; y una nueva jornada ordinaria de ocho de la mañana a tres de la tarde. En total, 31 horas. Este modo de organizar el trabajo "resulta disconforme a derecho", concluye la sentencia, que basa sus argumentos en pronunciamientos previos del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

 

Llevada a la realidad, esta sentencia implica que después de una jornada ordinaria de ocho de la mañana a tres de la tarde, y de una guardia de tres de la tarde a ocho de la mañana siguiente, el profesional deberá descansar doce horas antes del inicio de la próxima jornada ordinaria… (leer más)

 

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Más reacciones y actuaciones frente a un Decreto que no convence a nadie que sea mínimamente racional y viva en este siglo…

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MIENTRAS, ANDALUCÍA ANALIZA SI AFECTA A SU MODELO DE PRESCRIPCIÓN

Navarra considera que no es posible aplicar el R. Decreto de “prescripción enfermera”

Pamplona/Sevilla, en Acta Sanitaria

Mientras Andalucía está analizando el RD de prescripción enfermera, por si afecta a lo que se viene realizando en esta comunidad, desde Navarra se asegura estar estudiando distintas opciones para evitar que el desarrollo del mismo provoque un grave problema que llegue a afectar a la calidad asistencial que recibe la ciudadanía.

El Departamento de Salud de la Comunidad Foral de Navarra ha emitido una instrucción a los profesionales sanitarios del siguiente tenor literal:

1.- El RD es un texto que no responde a los criterios aprobados en su día por el Consejo Interterritorial y que fue modificado de forma unilateral.

2.- El anuncio de su publicación ya generó un clima de conflicto entre colectivos profesionales que puede afectar negativamente en la calidad asistencial que reciban los pacientes.

3.- El RD resulta de difícil aplicación ya que determina que el profesional prescriptor “ha tenido que determinar el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir” y que dichas guías han tenido que ser validadas conforme a lo establecido en el artículo 6 de dicho RD”.

4.- En el artículo 6 se recoge que “la elaboración de los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial se efectuará en el seno de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, garantizando la representación tanto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, como de las comunidades autónomas, las mutualidades de funcionarios, el Ministerio de Defensa y los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de Enfermeros y de Médicos…”

5.- Dichos protocolos no se han elaborado y, por lo tanto, ni están definidos ni validados en el momento de la publicación del RD.

6.- Por todo ello, el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra está en contra del RD, ya que resulta de difícil aplicación en la práctica diaria, y está estudiando distintas opciones para evitar que el desarrollo del mismo provoque un grave problema que llegue a afectar a la calidad asistencial que reciba la ciudadanía. Al mismo tiempo, se ofrece a colaborar con el Gobierno del Estado que surja después de las últimas Elecciones Generales, en orden a desarrollar un nuevo Decreto que concite el consenso entre los profesionales médicos y de enfermería.

Postura de Andalucía

Por otra parte, los Servicios Jurídicos de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía están analizando el Real Decreto 954/2015 de prescripción enfermera, para garantizar que la normativa estatal no afecta al modelo de prescripción que se viene desarrollando en Andalucía desde hace años.

En unas declaraciones, el consejero de Salud, Aquilino Alonso, subrayó que se tomarán las medidas jurídicas oportunas si, del análisis que se está realizando en estos momentos, se extrae que el nuevo Decreto puede impedir continuar avanzando en el sistema de prescripción andaluz. A este respecto, el titular andaluz de Salud señaló que “no se van a dar pasos atrás” en la prescripción por parte de los profesionales de enfermería en Andalucía que se viene realizando con éxito y eficiencia en la comunidad y que cuenta con el respaldo y el consenso mayoritario de todos los profesionales.

En Andalucía, la prescripción enfermera se incluye dentro de la Estrategia de Cuidados. Los enfermeros y enfermeras de Andalucía cuentan con la ‘orden enfermera’, en soporte papel o informático, que es el documento con el que los profesionales indican los medicamentos y productos sanitarios que el Decreto les permite. Actualmente, alrededor de cien medicamentos. Desde el gobierno autonómico se indica que esta iniciativa ha supuesto una mejora sustancial en la prestación sanitaria, la accesibilidad y el uso más eficiente de los recursos, así como en la seguridad jurídica de estos profesionales.

OTRA CURIOSA INCOHERENCIA (de las muchas…): La prescripción enfermera, en conflicto con la ‘doctrina OTAN’ (Redacción Médica)

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Ocurrió en el Hospital San Agustín en 2013…

Ocurrió en el Hospital San Agustín en 2013…

Archivan la denuncia por la muerte de una mujer tras operarse de un brazo

La mujer falleció tras una intervención rutinaria y el juez concluye que no puede atribuirse a una mala praxis médica

26.12.2015, A. P. GIÓN, en La Nueva España.

La denuncia por la muerte de una paciente en el Hospital San Agustín, que falleció en 2013 tras someterse a una operación derivada de una fractura en el brazo derecho que supuestamente no revestía complicación, ha quedada archivada por el titular del juzgado de instrucción número 7. El magistrado ha concluido que no está justificada la comisión de delito alguno por parte de los dos anestesistas que estaban siendo investigados, por lo que decreta el archivo provisional de las actuaciones.

La mujer acudió al servicio de Urgencias del Hospital San Agustín el 20 de julio de 2013 tras sufrir una caída en la playa. El diagnóstico: una fractura en el húmero del brazo derecho, para la que requirió como tratamiento la inmovilización de la extremidad y fármacos. Sin embargo, debido a la mala evolución de la fractura en los meses posteriores, su traumatólogo le propuso someterse a una cirugía para colocarle una prótesis.

La operación tuvo lugar el 8 de octubre de 2013 y transcurrió sin incidencias, si bien al final de la misma la paciente presentaba tendencia a la hipotensión (cuando la presión arterial durante y después de cada latido cardíaco es mucho más baja de lo usual, lo que significa que el corazón, el cerebro y otras partes del cuerpo no reciben suficiente sangre). Al día siguiente, durante el postoperatorio, la mujer presentaba poca consciencia y dificultades para respirar… (leer más)

En Asturias, como ya se sabe, vamos más despacio y con más timidez (por calificarlo de alguna manera)…

En Asturias, como ya se sabe, vamos más despacio y con más timidez (por calificarlo de alguna manera)…

 

Cantabria reclama un Consejo Interterritorial del SNS "urgente"

 

País Vasco recurrirá el Decreto de Prescripción Enfermera y Baleares estudiará esta posibilidad

 

Acta Sanitaria, Madrid.

 

Pocas horas después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tres comunidades autónomas ya han mostrado su rechazo al Real Decreto de Prescripción Enfermera, el cual será recurrido por el País Vasco, mientras que Baleares estudia también esta posibilidad y Cantabria considera necesario un “urgente” Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) al respecto.

En relación con la mencionada norma, que fue aprobada el 23 de octubre, y que cuenta con la oposición frontal de la Mesa de la Profesión Enfermera, integrada por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de Enfermería (SATSE), ya se mostraron contrarias a la misma un total de 12 regiones. No obstante, la primera en anunciar medidas fue el País Vasco.

El Departamento de Salud del Gobierno de esta comunidad autónoma y Osakidetza, que indican que apuestan “de forma inequívoca” por el desarrollo de la profesión enfermera, por los nuevos roles, por el trabajo en equipo con el resto de profesionales sanitarios y por una mayor responsabilidad de la Enfermería en la asistencia sanitaria, señalan que recurrirán y pedirán “la derogación de este Real Decreto”.

“El Ministerio de Sanidad ha actuado con premeditación y clandestinidad publicando el Real Decreto pasadas las Elecciones Generales, a pesar de formar parte de un Gobierno en funciones y sin contar con el consenso de las comunidades autónomas, que son las que tienen la responsabilidad sobre la gestión del sistema sanitario”, lamenta el Gobierno Vasco… (leer más)

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