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TRIBUNALES

¿Cumpliendo o cumpliendo “a medias”?... el talón de Aquiles que supone la libre designación aún coleteará un tiempo.

¿Cumpliendo o cumpliendo “a medias”?... el talón de Aquiles que supone la libre designación aún coleteará un tiempo.

El Principado recurrirá la anulación del nombramiento de 12 directores generales

El Ejecutivo regional cree que ha justificado de forma adecuada la posibilidad de dispensar de la exigencia de funcionario de carrera

30.10.13 - M. M. C. | GIJÓN, en El Comercio.

El Gobierno del Principado recurrirá ante el Tribunal Supremo la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) de anular el nombramiento de 12 de los 35 directores generales de la Administración regional, que considera insuficientes las motivaciones para acreditar la elección de las personas que ocupan esos cargos. En concreto, se trata de los directores generales de Emigración (Begoña Serrano), Instituto de la Mujer y Juventud (Carmen Sanjurjo), Administración Local (Francisco José Balmori), Pesca Marítima (Alberto Vizcaíno), Atención a la Dependencia (Clara Costales), Recursos Naturales (Serafina Álvarez), Deporte (José Ramón Tuero), Políticas Sociales (Jacinto Braña), Política Forestal (José Antonio Ferrera), Vivienda (Ana Rivas), Infraestructuras (Juan José Fernández Pereiro) y Transportes (José Manuel Caldevilla).

 

El Principado considera que justificó adecuadamente la posibilidad de dispensar de la exigencia de la condición de funcionario de carrera con titulación superior, por lo que ha encargado a los servicios jurídicos la preparación del recurso ante el Tribunal Supremo.

 

Usipa acusa al Ejecutivo de "torpedear" una sentencia firme del TSJA

30.10.2013, La Nueva España

"Ganamos las demandas pero la Administración asturiana se ha especializado en marear la perdiz para evitar su cumplimiento. El tiempo juega a su favor y pretenden desgastarnos con una táctica dilatoria", valoró el coordinador general del sindicato de funcionarios Usipa. "No sé cómo no se les cae la cara de vergüenza. Los magistrados les dicen que no pueden recurrir a prácticas arbitrarias pero, claro, aquí no dimite ni el de los monolitos", manifestó José Luis González en alusión a Ángel González, el portavoz de IU que se sentará en el banquillo de los acusados por un supuesto delito de prevaricación administrativa al fraccionar un contrato cuando era viceconsejero de Bienestar Social. "Si recurrimos esos nombramientos es para que se cumpla ley y que la administración regional no se convierta en el corral de la Pacheca, donde los partidos coloquen a sus colegas", justificó el coordinador general de Usipa, cuyos servicios jurídicos también sopesan pedir, como medida provisional, que los directores generales cuyo nombramiento ha sido anulado devuelvan los ingresos percibidos del Principado.

 

El sindicato de empleados públicos, uno de los que cuenta con más implantación en la administración regional, puso ayer como ejemplo de la "actitud escapista" del Gobierno socialista el intento de "torpedear" el cumplimiento de otra sentencia, ya firme, que obligó al Principado a cesar en un plazo de 50 días a varias decenas de jefes de servicio, asesores y coordinadores de la administración regional. El TSJA consideró que el gobierno arecista había abusado de la libre designación. El Ejecutivo de Javier Fernández se mostró dispuesto a acatar el fallo y recientemente ha publicado en el Boletín Oficial del Principado (BOPA) los ceses de, aproximadamente, medio centenar de afectados por esa sentencia. En cambio, Usipa va a dirigirse en los próximos días a la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA para, en primer lugar, defender que esa sentencia afecta a más de 370 jefaturas y también para poner a los magistrados al corriente de que la consejería de Hacienda "ha promovido dos reuniones" para espolear a los funcionarios afectados a presentar recursos contra la ejecución de sentencia.

 

El coordinador general del sindicato, José Luis González, afirma que en la primera reunión, el pasado jueves, "convocada por la secretaría general técnica de la consejería de Hacienda, el director general de la Función Pública espoleó a los perjudicados por ese fallo a impugnar las resoluciones del TSJA, llegando a brindar el auxilio de su departamento e incluso ofrecer colaboración económica para afrontar los gastos derivados de esas impugnaciones. En una segunda reunión, el pasado lunes, en la sala de prensa del edificio administrativo del Principado, en Oviedo, una letrada de los servicios jurídicos de esa misma consejería volvió a plantear a los afectados por los ceses "la conveniencia de promover declaraciones de nulidad de pleno sobre las actuaciones del Tribunal Superior de Justicia como forma de presión psicológica ante la Sala"", asegura José Luis González. "Con ese tipo de prácticas, están haciendo bueno al equipo de Función Pública del Gobierno de Areces. No sé si la consejera de Hacienda y el Presidente del Principado están al corriente de estas prácticas o, por el contrario, les están metiendo un gol, pero empapelar al TSJA con recursos a una sentencia firme es una táctica que deja mucho que desear, alejada de la transparencia que prometió Javier Fernández", sostuvo el coordinador de Usipa. "Y me refiero a la consejera y al presidente porque aunque también hay un viceconsejero, no está ni se le espera", dijo González en alusión a Álvaro Álvarez.

 

La oposición, crítica

La oposición emplazó ayer al gobierno regional a cumplir la ley en materia de función pública. El diputado Luis Venta (PP) aseguró que su partido ha registrado un escrito para pedir una explicación en la Junta sobre la anulación de una docena de direcciones generales del actual Gobierno regional. "Hace más de un año dijimos que este ejecutivo bordeaba la ley y ahora son los jueces quienes dicen que se la ha saltado", manifestó el parlamentario popular, quien emplazó al Principado a cumplir la sentencia "porque sus recursos en este materia nunca han prosperado, sólo sirven para dilatar la cuestión y ganar tiempo. El Gobierno en materia de nombramientos y de libre designación anda un poco perdido", concluyó Venta.

 

Manuel Orviz, coordinador general de IU de Asturias, cree "adecuado" el recurso anunciado por el Gobierno pero cree que la reforma de la ley de función pública debe abrir las direcciones generales a profesionales capacitados que no sean funcionarios de carrera, como ya hacen la mayoría de autonomías. Para el diputado de UPyD, Ignacio Prendes, la sentencia sobre los nombramientos de los directores generales demuestra que "es necesario cambiar la ley de función pública de Asturias". El diputado magenta considera que "mientras la ley de función pública no se cambie hay que cumplirla". El proyecto de ley de función pública, que está en tramitación, prevé eliminar el requisito de que los directores generales tengan que ser funcionarios.

 

43 ceses en puestos de libre designación (Blog de COFPA)

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Informe no vinculante dentro de un proceso al que aún se le augura un largo recorrido…

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Fallo del abogado general…

La justicia europea cree que el 'céntimo sanitario' es ilegal

España podría tener que devolver 13.000 millones de euros, aunque el dictamen admite que se podrían limitar los efectos en el tiempo

24.10.13 - EUROPA PRESS | BRUSELAS.

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Nils Whal, ha dictaminado este jueves que el 'céntimo sanitario' -el impuesto sobre los carburantes que aplican algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad- vulnera la legislación comunitaria. España podría tener que devolver 13.000 millones de euros, aunque el dictamen admite que se podrían limitar los efectos en el tiempo de la sentencia final.

El fallo del abogado general -que no es vinculante, pero resulta refrendando por el TUE en el 80% de los casos- responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha pedido a la justicia europea que se pronuncie.

En sus conclusiones de este jueves, el abogado general sostiene que el impuesto "es contario a la directiva sobre los impuestos especiales" porque no cumple los dos requisitos que exige la norma para este tipo de gravámenes. En primer lugar, Whal asegura que el 'céntimo sanitario' no cumple el requisito relativo a la existencia de una finalidad específica no presupuestaria. Ello se debe, en particular, a que persigue el mismo objetivo que el impuesto especial armonizado sobre hidrocarburos, que consiste en reducir los costes sociales (sanitarios y medioambientales) provocados por el consumo de hidrocarburos.

Además, no se ha demostrado que la estructura del impuesto esté concebida para desincentivar el consumo de hidrocarburos o para incentivar el consumo de otro producto menos perjudicial. Finalmente, el dictamen dice que la mera afectación de la recaudación del impuesto a medidas sanitarias y medioambientales no basta para demostrar que persigue una finalidad no presupuestaria.

En segundo lugar, el abogado general entiende que el 'céntimo sanitario' tampoco cumple el segundo requisito exigido, porque no respeta el sistema general de los impuestos especiales o del IVA para la determinación del devengo. A diferencia del impuesto especial, que se devenga cuando el producto sale del último depósito fiscal, y del IVA, que es exigible en cada fase del proceso de producción y distribución, el 'céntimo sanitario' se devenga cuando los hidrocarburos se venden al consumidor.

 

El riesgo de España

En este asunto, España ha solicitado al Tribunal de Justicia que limite los efectos en el tiempo de la sentencia de ilegalizar el impuesto. En la práctica, esto significaría que la sentencia únicamente produciría efectos en el futuro y no afectaría a los impuestos recaudados en el pasado. Sobre esta cuestión, el abogado general no es categórico. Por un lado, admite que no puede descartarse un riesgo de repercusiones económicas graves dadas las cantidades considerables reclamadas y la "situación económica precaria" que atraviesan actualmente España y sus comunidades autónomas.

Por otro lado, Whal destaca que cuando se creó el 'céntimo sanitario' el Tribunal de Justicia ya había dictado una sentencia sobre la no conformidad de un impuesto similar y por tanto no había "incertidumbre" sobre la aplicación del derecho comunitario. "No puede descartarse categóricamente que el Tribunal de Justicia pudiera considerar limitar los efectos en el tiempo de una sentencia aun cuando no concurra el requisito de la incertidumbre en cuanto a la interpretación de las disposiciones pertinentes del derecho de la Unión", apunta el dictamen. "Esto sería posible en determinadas circunstancias completamente excepcionales en las que la repercusión económica de la retroactividad sería especialmente grave", señala el abogado general.

No obstante, también indica que "España parece haber asumido deliberadamente el riesgo de seguir adelante con la legislación controvertida y, en consecuencia, esa legislación se ha aplicado durante muchos años en perjuicio del consumidor final y del mercado interior". Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia definitiva se dictará en los próximos meses.

 

Europa cuestiona el "céntimo sanitario", con el que Asturias recaudó 370 millones

Hacienda confirma que el Principado y doce regiones más seguirán aplicando el recargo al consumo de combustibles

25.10.2013, Oviedo, J. A. ARDURA, en La Nueva España.

La justicia europea siembra dudas sobre la legalidad del "céntimo sanitario", un impuesto que grava las ventas minoristas de los hidrocarburos y que en España aplican trece autonomías, entre ellas Asturias, para ayudar a la financiación de la sanidad pública. El Principado ha recaudado alrededor de 370 millones de euros desde la entrada en vigor de este tributo indirecto en la región en 2002 y seguirá aplicándolo, a la espera de que haya una sentencia firme. El Ministerio de Hacienda aclaró ayer que ese impuesto, que recaudan las autonomías, fue modificado e incluido en el general sobre hidrocarburos el pasado año para evitar los efectos de una posible sentencia de la Unión Europea.

El informe, de carácter no vinculante, de Nils Whal, el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, concluye que el denominado céntimo sanitario que se aplica en España "es contrario a la directiva sobre los impuestos especiales" por los siguientes motivos:

-No cumple el requisito de que debe tener una finalidad específica no presupuestaria.

-No ha quedado demostrado que la estructura del tributo desincentive el consumo de hidrocarburos o, por el contrario, estimule el uso de otro producto menos perjudicial para el medio ambiente.

-No respeta el sistema general de los impuestos especiales o del IVA para la determinación del devengo, que en este caso repercute en el consumidor final y no en cada fase del proceso de producción.

Aunque el informe del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE no es vinculante, en el 80 por ciento de los pleitos las sentencias finales suelen dar por buenos sus análisis y conclusiones. España ha solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, en caso de una sentencia desfavorable al llamado "céntimo sanitario", limite los efectos en el tiempo de ese fallo. Es decir, el Gobierno central quiere evitar que se repita un caso similar al ocurrido con la devolución de las ayudas de los astilleros, que ha puesto en jaque a todo el sector, y ha llegado a plantear que un fallo contrario no afecte a los tributos recaudados en el pasado por las autonomías y tan sólo tenga efectos en el futuro.

Pese a esa precaución procesal, el Ministerio de Hacienda precisó ayer que ese tributo quedó integrado en el marco general del Impuesto sobre Hidrocarburos como un recargo, desde enero de este año, tras derogar el impuesto sobre ventas minoristas: el tributo de hidrocarburos tiene ahora un tipo estatal y un tipo especial autonómico, al que se han ido sumando paulatinamente, trece autonomías. Un portavoz del Ministerio de Hacienda confirmó ayer a LA NUEVA ESPAÑA, que las comunidades seguirán recibiendo la recaudación correspondiente al tipo autonómico.

El Gobierno asturiano hizo hincapié ayer en la necesidad de esperar a que haya "una sentencia firme". El informe del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE es un paso dentro de un proceso al que el eurodiputado popular Salvador Garriga augura "un largo recorrido". Desde el ejecutivo asturiano consideran que "se trata de un tributo estatal, aunque su recaudación corresponda a las comunidades autónomas" y que el impuesto sobre la venta minorista, al que hace mención el informe jurídico de la Unión Europea, "no está vigente desde 2012", cuando el Gobierno central modificó el Impuesto especial sobre hidrocarburos. El recargo aplicado por el Principado en el tramo autonómico del impuesto tiene asignada una partida de 30 millones de euros en el presupuesto de este año, aunque en ejercicios anteriores superaron los 40 millones. El "céntimo sanitario" grava cada litro de gasolina en 4,8 céntimos y de gasoil en 4 céntimos, aunque los transportistas tienen reconocida en Asturias la devolución del recargo.

 

Un conflicto judicial iniciado por una empresa de transportes de Cataluña

El Gobierno pide al Tribunal de Justicia de la UE que un fallo contrario no obligue a devolver las cantidades ya cobradas

25.10.2013, Oviedo, J. A. A., en La Nueva España

El pleito contra el "céntimo sanitario", que fue entablado por una empresa catalana, Transportes Jordi Besora, podría tener repercusión en el cumplimiento de los límites de déficit impuestos por Bruselas a España. La devolución de las cantidades cobradas por las autonomías plantea, además de un problema formal de casi imposible resolución, reintegrar el dinero a todos los particulares y empresas que abonaron los recargos, otro de tremenda repercusión: las autonomías, inmersas en una caída de ingresos brutal que les ha llevado a pedir la reforma del sistema de financiación, tendrían que afrontar devoluciones millonarias que supondrían un golpe mortal para sus tesorerías. "No creo que se plantee nunca la devolución con carácter retroactivo", afirmó el eurodiputado del PP, Salvador Garriga.

 

Transportes Besora ha reclamado la devolución de 45.632 euros, cantidad que abonó en concepto de impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos entre los años 2005 y 2008. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña decidió trasladar el pleito al Tribunal Europeo, que antes de dictar una sentencia firme ha recabado la opinión de su abogado general, cuyo informe provocó ayer numerosas reacciones en el mapa autonómico. El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, aseguró que ese dictamen no afectará a Galicia. El consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León, José Antonio de Santiago-Juárez, tampoco cree que la sentencia definitiva vaya a tener carácter retroactivo. Las organizaciones empresariales y del transporte, en cambio, han mostrado su satisfacción por el informe jurídico de Nils Whal.

 

Asturias, comunidad pionera en la aplicación de este tributo

-El Principado fue una de las primeras comunidades en aplicar el "céntimo sanitario" después de que el gobierno de José María Aznar autorizase a las autonomías a poner un recargo sobre el combustible para contribuir a la financiación de la sanidad.

 

-Las autonomías tenían "luz verde" para fijar un incremento sobre el litro de combustible que oscilaba entre un tramo mínimo de 1,2 céntimos y un tramo máximo de 4,8 céntimos.

 

-En las primeras anualidades, el gobierno socialista de Vicente Álvarez Areces optó por aplicar un tramo por debajo de la media: dos céntimos adicionales por cada litro de gasóleo 2,4 céntimos por cada litro de gasolina.

 

-Otras autonomías fueron aplicando este recargo para contrarrestar la caída de ingresos por la crisis económica.

 

-Castilla y León, Valencia, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cantabria, Cartaluña y Baleares aprobaron cobrar el tramo máximo el pasado año. Asturias aprobó elevar su tipo desde enero de este año.

 

-Galicia y Murcia son las autonomías con un tipo menor: 1,2 céntimos por litro, aunque la Xunta lo subirá en 2014.

 

-Canarias, Aragón, País Vasco y La Rioja no aplican este recargo fiscal.

 

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La Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid va paso a paso sin estridencias…

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El colectivo de médicos impugna el último giro judicial sobre la privatización sanitaria en Madrid

AFEM presenta un recurso contra la decisión de que sean los 50 jueces de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid en plenario los que resuelvan los recursos interpuestos contra el proceso de "externalización" de servicios de seis hospitales de la región

 

EUROPA PRESS, Madrid.

La Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (Afem) ha presentado un recurso de reposición contra el acuerdo del presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Francisco Gerardo Martínez, de agrupar en una misma sala todos los recursos sobre el proceso de privatización de seis hospitales de la región.

 

El pasado 16 de septiembre Gerardo Martínez acordó aunar en una sola sala todos los recursos presentados contra la resolución de la Consejería de Sanidad por la que se procedía a "externalizar" la gestión de seis hospitales públicos de la comunidad para evitar dictámenes que sean "contradictorios".

 

En un comunicado, el colectivo explica que ha actuado así al considerar que esta medida es "excepcional" y que lo habitual en los casos de diferentes recursos abordados en distintas secciones es, según la jurisdicción contencioso-administrativa, la acumulación de todos juntos o la tramitación del primero dejando en suspenso todos los demás hasta dictar sentencia.

 

Afem indica que si bien el artículo 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) reconoce al presidente de la Sala un margen de discrecionalidad en su actuación, entiende con su recurso que esta decisión, "que además tiene carácter de excepción", no debe adoptarse sin "la motivación necesaria, mínima e imprescindible prevista en el ordenamiento jurídico", algo que no encuentra en el acuerdo adoptado el 16 de este mes.

 

Según relata, el acuerdo residía en que analizar la existencia de diversos recursos contra el mismo acto administrativo en diferentes secciones podía dar lugar a "contradicciones". Para ello, alude a dos casos que es el recurso de impugnación de Afem en la sección tercera y del recurso de CC.OO en la sección octava que impugna "una vía de hecho".

 

"Ambas actividades administrativas son radicalmente distintas", recalca Afem para preguntarse, por otro lado, cómo es posible que pudieran existir resoluciones contradictorias cuando esa circunstancia es "imposible", pues según relata el recurso de CC.OO "ha sido inadmitido y porque versan sobre actividades administrativas distintas".

 

"Si existen otros recursos contra los mismos actos administrativos en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, al impugnar los mismos actos administrativos dentro de un procedimiento de contratación deberán recaer, y así ha ocurrido, en la misma sección no teniendo cabida las resoluciones contradictorias porque será el mismo grupo de Magistrados quienes den trámite ordinario y extraordinario a todos esos recursos" expone Afem.

 

Además, en su recurso expone que esta decisión, a su juicio, "no está motivada" pues, según la normativa, el contenido "mínimo de un acto motivado es aquel que contiene una sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, no basta una simple afirmación". También se pregunta que si el presidente de la sala quería elevar la cuestión al pleno, por qué no lo hizo "antes del verano".

 

Por otro lado, recuerda que en este momento "está pendiente de resolución por la Sección tercera del TSJM el recurso de reposición interpuesto por la Comunidad de Madrid contra el Auto de suspensión de 11 de septiembre de 2013.

 

La portavoz de Afem, Fatima Brañas, ha indicado al respecto que "confiar plenamente en la Justicia y recurrir el acuerdo del Presidente de la Sala es absolutamente compatible".

 

"Es un acto de madurez y responsabilidad en una sociedad avanzada. La Justicia es la tabla de salvación para salir de la crisis social en la que estamos inmersos", ha zanjado Brañas.

 

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Los recursos que arbitrariamente nos arrebatan son fundamentales para el mantenimiento de la prestación de servicios esenciales…

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El Principado ya formalizó la presentación de dos recursos contra el reparto del déficit

El Gobierno de Javier Fernández observa un «incumplimiento» de la Administración estatal con los preceptos de La ley de Estabilidad Presupuestaria

20.10.13 - JOSÉ A. GARCÍA | OVIEDO, en El Comercio.

El Principado ya formalizó ante el Tribunal Supremo los dos recursos contencioso-administrativos que había anunciado contra el reparto del objetivo del déficit fijado por el Gobierno de Rajoy entre la Administración central y las comunidades y contra el denominado 'déficit a la carta', que condiciona el objetivo de estabilidad presupuestaria para Asturias durante este año.

El recurso contra el reparto del objetivo del déficit entre administraciones se presentó en la primera semana de octubre, una vez que expiró el plazo del que disponía el Ministerio de Hacienda para responder al requerimiento enviado por el Principado en el que solicitaba cambios en el reparto por considerarlo «injusto y perjudicial», al quedarse la Administración del Estado con la mayor parte del -6,5% permitido por las autoridades europeas.

El Consejo de Ministros, celebrado el pasado viernes, desestimó de forma expresa el citado requerimiento, por lo que una vez que el Principado reciba la notificación oficial se ampliará este recurso con las objeciones de los servicios jurídicos respecto a los argumentos que esgrima el Gobierno central.

El segundo recurso, contra el déficit asimétrico, fue presentado directamente ante el Tribunal Supremo sin mediar un requerimiento previo al Ministerio de Hacienda, por considerar que la respuesta iba a ser igualmente negativa. El Ejecutivo de Javier Fernández estima que el reparto asimétrico representa un agravio para Asturias frente a otros territorios. Por primera vez el Ejecutivo central distribuye el -1,3% entre las comunidades de manera desigual, «premiando a los gobiernos autonómicos que incumplieron los criterios de déficit el año pasado y castigando a los que hicieron sus deberes», asegura el Principado en una nota.

Además, el Gobierno regional considera que el reparto del objetivo de déficit entre la Administración central y las comunidades autónomas que ha establecido el Gobierno de de Rajoy «no respeta las previsiones recogidas en la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que regula el esfuerzo que debe realizar cada administración en la reducción del déficit estructural».

Así, advierten desde el Principado, ambos acuerdos implican unas reducciones mayores de las que corresponderían si se aplicara correctamente lo dispuesto en la ley orgánica, con el consiguiente perjuicio económico para las autonomías. El Gobierno socialista pide un reparto «justo y equilibrado» del objetivo de déficit entre la Administración central y las comunidades y rechaza la decisión del Gobierno de Rajoy, que se ha reservado la mayor parte en ese reparto, «arrebatando así a las autonomías recursos esenciales para la prestación de servicios esenciales».

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¡¡Uffff…!! que DESAGRADABLE sensación … más que nunca la marea blanca del domingo 27 necesita ser multitudinaria.

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Un juez casado con una consejera del PP cambia el tribunal sobre la privatización sanitaria de Madrid

El PSM recusará al magistrado, mientras que Ignacio González aplaude su decisión.

Gerardo Martínez Tristán ha decidido que 50 magistrados del TSJ de Madrid resuelvan el asunto

PÚBLICO/AGENCIAS, Madrid.

Un magistrado, casado con la consejera de Fomento de Castilla-La Mancha, ha irrumpido en las demandas contra la privatización sanitaria madrileña, y ha resuelto que sean los 50 jueces de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid los que resuelvan la cuestión. El pasado 10 de septiembre, una sección de 4 magistrados de esa sala ordenó paralizar la licitación del contrato de privatización de la gestión de seis hospitales madrileños.

 

El presidente de la Sala, Gerardo Martínez Tristán, adoptó el pasado viernes el acuerdo de que fuesen a partir de ahora los 50 magistrados que la componen los que resuelvan todas las demandas y recursos que se planteen sobre este asunto. La razón oficial: que se había producido una contradicción entre la sección tercera de la Sala - que resolvió la paralización del proceso a instancias de la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (Afem) - y la Sección Octava, que más recientemente, y a sugerencia de la Fiscalía, ha resuelto en sentido opuesto ante una demanda de CC.OO. sobre la misma materia.

 

En el mismo acuerdo, Martínez Tristán, que es uno de los candidatos a integrarse en el próximo Consejo General del Poder Judicial, señala que para los asuntos de "despacho ordinario" de las demandas, a partir de ahora resolverá una sala formada por él, el presidente de la sección correspondiente y el ponente ya designado. 

 

El secretario general del PSM, Tomás Gómez, ha anunciado que solicitará la recusación de Martínez Tristán porque está "implicado" e "involucrado" con el PP. Concretamente, Gómez ha indicado que el juez es el marido de la consejera de Fomento de Castilla-La Mancha, Marta García, y que se trata de "una de las personas que quiere colocar el PP" en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según informa Europa Press. La información fue adelantada por el diario digital Infolibre.

 

Por su parte, el presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, ha asegurado este miércoles que ve "razonable" que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya acordado agrupar en una misma sala los recursos que hay encima de la mesa sobre la externalización de la gestión de los hospitales públicos madrileños de la comunidad de Madrid.

 

"Me parece que es lo razonable y lo que venimos diciendo desde hace tiempo porque no puede ser que estemos permanentemente con una sala diciendo una cosa y otra cosa. Es un tema de extraordinaria transcendencia. Y por lo tanto, me parece bien que se unifique todo y se resuelva todo de una vez", ha subrayado.

 

Así, ha señalado que algunas decisiones de los tribunales son "un exceso desde el punto de vista de su actuación", ya que es a "la Administración a la que le corresponde decidir como organizar sus servicios". Además, ha recordado que el concurso público es "una modalidad que prevé la ley de sanidad y de contratos que se está aplicado ya. "No hay razón jurídica para que eso no se pueda hacer. La decisión es respetable, pero pararlo por precaución sin especificar no es razonable", ha indicado y ha tachado de "grave" condicionar "la autonomía de las administraciones para organizar sus servicios".

 

En la misma línea se ha expresado también el consejero de Sanidad de Madrid, Javier Fernández Lasquetty, que ha considerado "absolutamente imprescindible" que una sola sala agrupe todos los recursos sobre la privatización sanitaria.

 

"Creemos que era una medida absolutamente imprescindible", ha apuntado el consejero para señalar que antes había dos secciones de la misma Sala que trataban esa cuestión y que se llevaba ya varios meses en los cuales se veían decisiones de "distintos órganos judiciales y además contradictorias entre sí". "Creemos que es lo mejor", ha insistido a continuación sobre la agrupación de todos los recursos en una sala, informa Europa Press.

 

Por otro lado, el titular de Sanidad de la Comunidad de Madrid "espera y desea" que se produzca una "resolución favorable" a los planteamientos del Gobierno regional y se pueda "continuar avanzando" en la "externalización" de los seis hospitales, una fórmula que funciona ya desde hace años en otros tres centros hospitalarios de la región.

 

El PSOE recusará al juez que decidió asumir todas las causas sobre privatización de hospitales en Madrid

El magistrado del TSJM Francisco Martínez Tristán está casado con una consejera del PP en Castilla-La Mancha y se presenta a vocal del Consejo General del Poder Judicial, que deberán votar los diputados y senadores.

La privatización está momentáneamente suspendida por decisión del TSJM.

Raúl Rejón, en eldiario.es

La batalla por la privatización de seis hospitales públicos en Madrid se está jugando ya en los tribunales. Serán los jueces los que terminen decidiendo si la atención sanitaria de más de un millón de personas pasará a manos de empresas privadas o no. En ese contexto, el Tribunal Superior de Justicia ha dado un paso y decidido aunar todos los recursos legales contra "la Gestión por Concesión del Servicio Público de la Atención Sanitaria Especializada", propuesta por el Gobierno de la Comunidad de Ignacio González.

 

A la cabeza de la decisión y de la sala que ahora tomará todas las decisiones sobre el proceso privatizador está el magistrado Francisco Gerardo Martínez Tristán. Martínez Tristán está casado con la actual consejera de Fomento de Castilla-La Mancha, Marta García de la Calzada (PP). Además, el magistrado está entre los candidatos a vocales del Consejo General de Poder Judicial que deberán votar próximamente las Cortes Generales, según el acta de la Junta Electoral de 8 de agosto. Los diputados y senadores, elegirán a los nuevos vocales al estar a punto de expirar el mandato. En las listas remitidas a la Cámara Alta y Baja está el juez Martínez.

 

El TSJM ha querido aclarar en un comunicado que el hecho de que hasta nueve magistrados distintos estén tramitando recursos contra la cesión a empresas de la gestión de hospitales "resulta o puede resultar contradictorio" y que la unificación se ha hecho "a sugerencia del Ministerio Fiscal", y que cualquier resolución "la adoptará la totalidad de los cincuenta Magistrados que componen la Sala". Aun así, el PSOE ha anunciado que recusará al magistrado por su "vinculación con el PP".

 

La licitación está ahora mismo parada cautelarmente por la decisión de dos juzgados diferentes, el nº 4 de Instrucción y el TSJM. Pero la oleada de iniciativas judiciales para tratar de frenar la privatización era un aspecto central en el discurso del consejero responsable del proceso en la región, Javier Fernández Lasquetty, en la Asamblea de Madrid el 3 de octubre: "Gracias al señor [Tomás] Gómez y a otras asociaciones afines estamos viviendo un auténtico carrusel de decisiones judiciales contradictorias entre sí que se suceden y se superponen unas a otras, lo que genera, desde luego, confusión e inseguridad jurídica. Su partido no puede pretender trasladar argumentos de oposición política a los tribunales. Los tribunales no están para decidir lo que ellos o la presión ciudadana tengan por conveniente (...), sino para verificar si se ajusta a la legalidad. Y de momento, no ha habido ninguna decisión judicial sobre el fondo del asunto".

 

La suspensión cautelar de la entrada de empresas en los seis hospitales madrileños ha impedido, de momento, que las contratistas adjudicadas (Ribera Salud, Sanitas e Hima San Pablo) hayan podido entrar en los centros sanitarios a partir del 1 de octubre, como tenía previsto el Ejecutivo regional.

 

50 jueces decidirán si se reactiva la privatización sanitaria en Madrid

El PSOE recusará al magistrado que presidirá el pleno por su relación con el PP

Martínez Tristán aspira a formar parte del Consejo del Poder Judicial

Elena G. Sevillano, Madrid, en El País

Un pleno de 50 magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tiene en su mano el éxito o el fracaso del mayor proceso de privatización de la gestión sanitaria emprendido en España. La Comunidad de Madrid (PP) abrió un concurso para entregar a empresas la gestión de seis hospitales construidos en 2008, un plan que lleva paralizado cautelarmente desde el 11 de septiembre por decisión judicial a la espera de que haya sentencia firme. Lo que parecía el golpe definitivo a las intenciones del Gobierno regional —el fallo podía demorarse entre año y medio y dos años— acaba de dar un vuelco. El presidente de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, Gerardo Martínez Tristán, ha decidido concentrar todos los recursos en el pleno, bajo su presidencia.

 

La decisión, por tanto, depende ahora de los 50 magistrados que forman ese pleno, que con su voto —tienen solo uno, incluido el presidente— determinarán si se reactiva el proceso de privatización. Martínez Tristán acordó el 11 de octubre agrupar “todos los recursos existentes” al considerar que las resoluciones que ya han dictado dos secciones de la Sala (la tercera y la octava) “resultan o pueden resultar contradictorias”. La decisión afecta a los recursos ya en marcha y a los que se puedan presentar en el futuro.

 

El PSOE anunció ayer que va a recusar a Martínez Tristán porque considera que su relación con el Partido Popular le resta imparcialidad. Esta formación recordó que el magistrado está casado con una consejera del Gobierno de María Dolores de Cospedal en Castilla-La Mancha, Marta García de la Calzada, actual titular de Fomento en este Ejecutivo y anteriormente alto cargo de la Comunidad de Madrid. Martínez Tristán también es, según subrayó ayer el PSOE, uno de los 55 candidatos entre los que el Congreso deberá elegir a los 12 vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de gobierno de los jueces. Según fuentes próximas al CGPJ, se trata de un magistrado “muy conservador”.

 

La sección tercera, en su auto de septiembre pasado, ordenó la suspensión cautelar del proceso de privatización de la gestión de los hospitales. Explicitó que se debía mantener la prestación sanitaria tal y como está hasta que haya sentencia, lo que podía suponer entre año y medio y dos años. Sin entrar en el fondo del asunto, apuntaba a irregularidades en el concurso de adjudicación. Estimaba así el recurso de la asociación de médicos AFEM, una de las más activas en la marea blanca contra la privatización sanitaria, que había denunciado, entre otras cosas, que el Gobierno regional cambió las condiciones del concurso y redujo a casi una décima parte la garantía que deben depositar las empresas concesionarias (de 233 a 28 millones). La sección tercera afirmó en el auto que el cambio “supone una modificación sustancial de las condiciones” que “podría haber limitado el principio de libre concurrencia competitiva”.

 

La decisión de Martínez Tristán se produjo el 11 de octubre. No la podría haber tomado de no existir un auto fechado dos días antes en el que la sección octava de la misma Sala inadmite el recurso de Comisiones Obreras contra el proceso de privatización. Fue el propio tribunal, presidido por Inés Huerta Garicano, el que planteó la inadmisibilidad y finalmente acordó rechazar el recurso del sindicato, del que afirma que “ha errado el planteamiento procesal”.

 

Huerta Garicano es candidata a una vacante en la sala tercera del Tribunal Supremo y, según fuentes jurídicas, cuenta con el apoyo de los vocales conservadores. Expertos jurídicos consultados por este diario se han mostrado extrañados por la decisión del presidente de la sala. En primer lugar, señalan que la avocación a pleno (trasladar la competencia para resolver en un asunto desde un órgano jerárquicamente inferior a otro superior, en este caso, el pleno) es algo “inusual” en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Por otro lado, consideran que las resoluciones de la sección tercera —la que ordenó paralizar el proceso hasta que haya sentencia— y la octava no son exactamente contradictorias.

 

Miguel Ángel Muga, abogado de AFEM, dijo ayer estar “sorprendido” porque se haya tomado la medida ahora, “justo cuando la sección tercera tenía que resolver los recursos de reposición que habían presentado la Comunidad de Madrid y las empresas concesionarias”, y no al principio de los procesos judiciales. “No nos parece adecuado, pero confiamos en lo que decidan los magistrados”, añadió. Muga considera que, en casos como este, en los que hay varios recursos con el mismo objeto tramitados por distintas secciones, “estos pueden acumularse, es decir, tramitarse todos juntos en la sección correspondiente, o debería tramitarse solo el primero y dejar en suspenso los demás hasta que se dicte sentencia”.

 

El acuerdo de Martínez Tristán se adopta en base al artículo 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), según el cual “podrán ser llamados, para formar Sala, todos los magistrados que la componen, aunque la ley no lo exija, cuando el presidente, o la mayoría de aquellos, lo estime necesario para la administración de justicia”.

 

“Lo lógico sería que, por apariencia de conflicto de interés, o por conflicto de interés potencial, el presidente de la Sala se abstuviera de este asunto. No tanto por ser marido de quien es, que también, sino por depender de los votos del PP para sus aspiraciones profesionales”, señaló el portavoz de Sanidad del PSOE en la Asamblea de Madrid, José Manuel Freire. “La Justicia no puede estar al servicio de un partido político”, afirmó el secretario general del PSOE de Madrid, Tomás Gómez.

 

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty, consideró una “medida absolutamente imprescindible” la decisión de agrupar los recursos, en declaraciones remitidas por escrito a los medios. El presidente madrileño, Ignacio González, afirmó en la Asamblea de Madrid que la medida es “razonable”, que espera que “se resuelva todo de una vez” y señaló que algunas decisiones de los tribunales son “un exceso desde el punto de vista de su actuación”, ya que es a “la Administración a la que le corresponde decidir como organizar sus servicios”, informa EP.

 

VER EL ACUERDO DICTADO POR MARTINEZ TRISTAN

 

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Visto para sentencia…

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Los afectados por la talidomida, entre ellos una familia asturiana, reclaman 204 millones

"En el prospecto, todo eran ventajas, ni un solo efecto secundario", afirma Carmen Martínez, hermana de Rubén, la única víctima de la región avalada por el Estado

Foto.- El asturiano Rubén Martínez, uno de los afectados.

 

Oviedo, Eduardo GARCÍA, en La Nueva España.

 

El asturiano Rubén Martínez, sus padres y su hermana Carmen vivieron ayer con atención un juicio histórico, el de los afectados españoles por la talidomida contra la multinacional farmacéutica Grünenthal.

 

Rubén, 52 años, ovetense, es el único asturiano que superó en su día el examen clínico que lo habilita como víctima de un medicamento que, prescrito a las embarazadas, causó miles de malformaciones en recién nacidos en España a finales de los años cincuenta y principios de los sesenta. Ahora, medio siglo después, la farmacéutica se ve en el banquillo, aparentemente abocada a responder a indemnizaciones cuya cuantía varía en función de la minusvalía reconocida.

 

En total, 186 afectados en todo el país, agrupados en la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE), reclaman en conjunto unos 204 millones de euros de indemnización. Se calcula que hubo en el país unos 3.000 niños afectados, muchos de los cuales fallecieron en su primera etapa. Queda aproximadamente un 10 por ciento.

 

En el domicilio familiar de los padres de Rubén, ya muy ancianos, se guarda el frasco de pastillas de talidomida recetadas "para los nervios" a la madre cuando aún desconocía su embarazo. El prospecto no tiene desperdicio: "Todo eran ventajas, ni un solo efecto secundario", apunta Carmen Martínez, la hermana de Rubén. "Mi madre se enteró un día por la radio de que retiraban el medicamento, le sonaba el nombre, corrió al armario y allí estaba el frasco, con unas cuantas pastillas sin usar".

 

Pastillas blancas, "pequeñas pero con mucho veneno" para las embarazadas. Rubén Martínez salió bien parado, dentro de lo que cabe, del uso de la talidomida, sobre todo si lo comparamos con otros casos. No tiene pulgares, nació con falta de osificación en las muñecas y arrastra problemas digestivos de por vida, pero ha logrado hacer vida casi normal.

 

AVITE intentó demostrar ayer en el juicio en Madrid varias cosas: "que hubo instrucciones expresas de no informar a los médicos españoles para que siguieran recetándola, a pesar de la tragedia que causaba el medicamento". Que "se ha podido demostrar que la talidomida se vendió por Grünenthal después de haber sido retirada en Alemania, por causar malformaciones, y "con intereses comerciales" y que "ha quedado demostrado los muchos kilos de talidomida que exportaron a España después de haberla retirado en Alemania y en el mundo".

 

"¿Qué indemnización puede compensar el sufrimiento de la familia durante tantos años?" se preguntaba ayer Carmen Martínez. Ellos se pusieron en contacto con la asociación de afectados a raíz de un programa de televisión en 2004. Hasta entonces, un rosario de "reclamaciones infructuosas" y la indignación de comprobar que "hasta nos negaban que el fármaco se hubiera comercializado en España". El juicio en Madrid quedó visto para sentencia. La empresa pidió que la demanda fuera desestimada.

EL JUICIO…

Grünenthal argumenta que el caso de la talidomida ha prescrito

Los afectados afirman que el laboratorio se agarra a “tecnicismos” legales

Emilio de Benito, Madrid, en El País.

El Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid ha visto este lunes la última sesión del juicio contra la farmacéutica alemana Grünenthal por la venta de la talidomida en España a través su filial Medinsa, al que han asistido decenas de afectados con malformaciones. En el procedimiento civil están inmersas veinte de las cientos de víctimas por las malformaciones que alegan que causó el consumo de este medicamento en España. Reclaman un total de 204 millones de euros. Las bazas de Grünenthal, el laboratorio que patentó la talidomida en 1957, quedaron claras en el juicio que ha quedado visto para sentencia hoy: los efectos adversos (la demanda civil la han presentado 186 personas) ha prescrito y no está demostrada la culpabilidad del laboratorio, que actuó, según su abogada, de acuerdo al conocimiento que había en la época. “Lo injusto es pedir a un tribunal que juzgue una negligencia de hace 50 años”, dijo la abogada. La talidomida se usaba como un tranquilizante, pero, fuera de prospecto, también para tratar las náuseas de las embarazadas. Esa aplicación fue la que causó las malformaciones.

 

Para los afectados, como dijo al acabar el juicio Rafael Basterrechea, vicepresidente de la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (Avite), los argumentos de la empresa son tecnicismos legales. “Dicen que dejaron de venderla en diciembre de 1961”, cuando llegaron las sospechas de efectos adversos, “pero hemos demostrado que en mayo de 1962 se seguía vendiendo”. Sobre la prescripción, su argumento es que “en España se ocultaron los efectos. Ya se encargó Franco de que no se pudiera reclamar”. “Dicen que fueron extremadamente diligentes en retirar el producto, pero no hicieron nada para informar a las mujeres que tenían en el fármaco en casa y que pudieron seguir usándolo”.

 

La última sesión del juicio tuvo un solo testigo: el representante de la empresa, Guillermo Castillo. Este declaró que las sospechas sobre los efectos en los fetos de las mujeres embarazadas (sobre todo, malformaciones en brazos y piernas) se tuvieron en noviembre de 1961, y que ya en diciembre se decidió la retirada. En total, devolvieron 91,2 kilos de producto. Pero eso dejaba 40 millones, como recordó el abogado de los demandantes, y para hacer una pastilla bastan 0,25 miligramos. “Calcule los millones de pastillas que se pueden hacer”, argumentó.

 

En el juicio, como recordó la abogada de la empresa, no se discute que la talidomida tenga efectos perversos en las mujeres embarazadas. Por eso para determinar la culpa había que demostrar que el laboratorio actuó con negligencia.

 

La primera parte de ello remite al prospecto. Castillo admitió que no decía nada de las embarazadas, pero dijo que eso era lo normal entonces. En sus conclusiones, la abogada de Grünenthal insistió en que incluso los expertos que dieron la alerta en 1961 decían que solo las terapias hormonales estaban contraindicadas para las gestantes, y que para el resto de los medicamento se las consideraba parte de la población general.

 

Los demandantes argumentan que, aparte de eso, hay dudas sobre la fecha de retirada (en mayo de 1962 el Ministerio de Sanidad retiró el registro, lo que equivale a declarar prohibida cualquier comercialización), pero también sobre la actuación del laboratorio. En una carta esgrimida por su abogado de los demandantes se recoge que la casa matriz alemana y la española acordaron no dar toda la información sobre la retirada par no mermar la imagen de la empresa. También que no se hizo ningún tipo de campaña en prensa o similar para advertir de los riesgos. El laboratorio dice que movilizó a su fuerza de ventas para dar la información a los médicos.

 

Otro argumento sobre la no prescripción es la posibilidad de que hayan aparecido nuevos daños. “Era imposible” saber en su momento cómo iban a evolucionar los pacientes, porque nunca se había dado una situación similar, dijo el abogado.

 

Por su parte, la abogada de la empresa también aprovechó la letra de la ley española en otro aspecto. “No todas las malformaciones fetales son por talidomida. Las ha habido antes y después”, dijo. Esto es clave, ya que para tener derecho a una indemnización (los demandantes piden 20.000 euros por punto del grado de minusvalía) hay que demostrar una relación al menos muy probable con el producto. Algo en lo que el tiempo también juega en contra de los afectados.

 

Por ejemplo, L. R. P., un madrileño de 43 años, se quejaba antes del juicio de que su historial había desaparecido de la maternidad de O’Donell. Afectado de los dos brazos, no se mostraba optimista. De acuerdo a su grado de discapacidad, le corresponderían más de 1,5 millones, según la demanda de Avite. Pero no era optimista. El precedente de la indemnización ofrecida por el anterior Gobierno juega en su contra. Entonces se decidió restringirla a los nacidos entre 1960 y 1965. Y él lo hizo en 1967. "Aunque ganáramos, el laboratorio empezaría a decir: “Tú eres afectado, tú no”.

 

Para acabar de complicarlo, Grünenthal no fue el único laboratorio que vendió talidomida en España en esas fechas. Aunque tenía la patente, hubo otros tres. Y eso, como apuntó su abogada, hace más difícil demostrar la culpa. Para los afectados eso es irrelevante. “Ellos tenían la patente. Si dejaron que otros lo vendieran tenían que haber advertido de sus efectos”, dice Basterrechea. “Si no les demandaban, es porque estaban de acuerdo”.

 

Al final de juicio los ánimos estaban mezclados. “No está fácil”, admitía una mujer. “A los alemanes les han dado en 1971 una indemnización, pero nosotros no les importamos lo mismo”.

 

La sentencia se espera en mes y medio.

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186 afectados por la talidomida piden 204 millones

El fármaco, vendido en los sesenta, producía malformaciones fetales

Foto.- Rafael Basterrechea, uno de los afectados por la talidomida.

Emilio de Benito, Madrid, en El País.

El caso de los niños de la talidomida es, probablemente, una de las muestras más claras de lo que sucede cuando un fármaco se prescribe sin las pruebas pertinentes. Patentado en 1955 por Grünenthal en Alemania como un tranquilizante, era administrado también como calmante de las náuseas del embarazo, todo parecía ir bien hasta que hubo una serie de nacimientos de bebés con graves malformaciones, sobre todo acortamiento o falta de extremidades. Hoy aquellos niños (nacieron unos 3.000 en España, de los que quedan alrededor de 300 con vida, según la Asociación de Víctimas de la Talidomida de España, Avite) todavía luchan por un reconocimiento por parte del fabricante. Este lunes empieza el juicio en el que 186 afectados piden 204 millones al laboratorio, a razón de 20.000 euros por punto de discapacidad.

 

Rafael Basterrechea, vicepresidente de Avite, es uno de los demandantes. “A mis 48 años tengo los brazos más cortos de lo normal, no puedo doblar el codo, tengo glaucoma y el canal auditivo estrecho, lo que se llama oído de submarinista, y problemas de páncreas”. El juicio es, para él, la culminación de años de lucha. Porque los afectados están convencidos de que ha habido un cúmulo de intereses para no reconocer su enfermedad. “El fabricante es un imperio que factura 5.000 millones. Su presidente come con Angela Merkel, pero en Alemania ya ha dado 500 millones de ayudas. No sé por qué a nosotros no nos toca”, dice.

 

“El medicamento afecta al desarrollo de las extremidades, pero solo en embarazadas entre los días 14 y 50, que es cuando empieza su desarrollo. Por eso muchas mujeres que lo tomaron no sufrieron complicaciones —es lo que le pasó a mi madre con mi hermana mayor—”, dice Basterrechea. En el mundo, calcula que pudieron nacer unos 50.000 niños afectados, de los que solo quedan con vida 10.000 o 15.000. “Tenía unos efectos muy graves, y los más graves no sobrevivieron”, afirma. Extrapolando los datos salen los 2.000 o 3.000 casos que Avite calcula que hubo en España.

 

Llegar a este juicio no ha sido nada fácil. El sistema español exige demostrar una relación causa-efecto entre el medicamento y sus consecuencias. Y hasta que el CIAC (Centro de Investigación de Anomalías Congénitas) del Instituto de Salud Carlos III lo acreditó, no pudieron ganar su primera batalla. Esta fue contra la Administración, responsable de la farmacovigilancia. “A raíz de aquello se estableció en España”, dice Basterrechea.

 

Por fin, en 2010, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero reconoció su situación, pero solo a los nacidos entre 1960 y 1965 (a Basterrechea le pilló por poco), aunque la asociación afirma que el producto, que se sigue usando para indicaciones como la lepra y otros problemas de la piel, todavía causó un caso en 2003.

 

En aquel real decreto, el Gobierno pretendía “responder a la necesidad de reconocimiento y apoyo solidario a las personas afectadas por la sustancia activa talidomida”, entre 1960 y 1965, si lo acreditaba el Carlos III. Pero no se reconocía culpa o responsabilidad, señala Basterrechea, y no se le llama indemnización, sino “ayuda solidaria”: un pago de una sola vez que, según el grado de discapacidad, iba de 30.000 a 100.000 euros. “En otros países, como Alemania, se han fijado sueldos permanentes, que es lo que muchos necesitamos porque cuando una persona está sin brazos y piernas, no puede trabajar y, además, necesita ayuda para todas las actividades de la vida”, indica Basterrechea.

 

Aquella resolución tiene una ventaja, según Avite: “Ya no tenemos que demostrar que somos afectados por el producto”. Por eso, ahora esperan que haya una sentencia a su favor de una indemnización por parte del laboratorio.

 

Este no ha querido hacer declaraciones al respecto “porque se trata de un asunto que está en los juzgados”, según ha explicado una portavoz. Pero en mayo pasado, cuando se supo que se presentaba la demanda en el juzgado de lo civil número 9 de Madrid, emitió un comunicado en el que decía que lamentaba la “tragedia” de la talidomida —“que siempre formará parte de la historia de la compañía”—, y recalcaba que ha estado “abierta” a negociar con Avite, pero que la asociación rechazó la propuesta (según los afectados les ofreció 120.000 euros, muy lejos del millón largo de media que reclaman) y decidió recurrir a procedimientos legales.

No es la primera, aunque si es la de más enjundia hasta ahora (todas ganadas a favor de los empleados públicos)… lo que me hace preguntarme cómo irá lo que hayan hecho los sindicatos en Asturias al respecto de esto… si es que han hecho algo.

No es la primera, aunque si es la de más enjundia hasta ahora (todas ganadas a favor de los empleados públicos)… lo que me hace preguntarme cómo irá lo que hayan hecho los sindicatos en Asturias al respecto de esto… si es que han hecho algo.

CCOO gana la primera sentencia sobre la paga extra del personal funcionario

CCOO gana la primera sentencia sobre la parte proporcional de la paga extra del personal funcionario.

La sentencia es firme y condena en costas a la Comunidad de Madrid.

nuevatribuna.es

La Federación de Enseñanza de CCOO instó a todos sus afiliados para reclamar ante la jurisdicción contencioso administrativa la parte proporcional de la paga extra del año 2012, del tiempo devengado antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, por el que se suprimen las pagas extraordinarias del personal funcionario.

El Juzgado de lo Contencioso administrativo Nº 27 de Madrid, en Sentencia de  25 de septiembre de 2013, estima las pretensiones de CCOO, y considera que el Real Decreto Ley no tiene efectos retroactivos, y que el perfeccionamiento del derecho a las pagas extraordinarias se genera a lo largo de todo el año. De esta manera es práctica pacífica de la Administración la de detraer de la paga extraordinaria la parte correspondiente a periodos no trabajados pero que no devengan salario (permisos sin sueldo, por ejemplo), lo que evidencia la correlación entre el tiempo efectivamente trabajado en cómputo anual y la cuantía devengada de la paga extraordinaria.

Esta sentencia, que es firme, condena en costas a la Comunidad de Madrid, que ascenderán a un tercio de la cantidad que se liquide de la paga extraordinaria cuyo derecho tiene el funcionario.

CCOO celebra esta sentencia favorable y exige a la Comunidad de Madrid que haga extensión de la sentencia a todo el personal afectado.

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