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TRIBUNALES

Alguna vez tenía que ocurrir…, y más en los tiempos (INTERNET) en que nada se puede ocultar ni maquillar

Alguna vez tenía que ocurrir…, y más en los tiempos (INTERNET) en que nada se puede ocultar ni maquillar

Expedientados tres agentes por extralimitarse en las cargas policiales

La violencia policial tuvo lugar durante las cargas policiales posteriores a la manifestación laica del pasado miércoles en Madrid

PÚBLICO.ES / AGENCIAS / Madrid

El director general de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, ha ordenado hoy la apertura de expediente por falta grave tres agentes de las Unidades de Intervención Policial (UIP) por extralimitarse en sus funciones durante las cargas policiales posteriores a la marcha laica del miércoles 18.

Los tres agentes expedientados —uno de ellos subinspector— fueron identificados a partir del vídeo en el que se ve cómo agreden a una joven y a un fotógrafo que inmortalizó los hechos.

Según la Ley Orgánica del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, la sanción que puede imponerse por una falta grave es la de suspensión de empleo y sueldo desde cinco días a tres meses.

La incoación del expediente supone el inicio de un procedimiento que incluye la toma de declaración de los agentes investigados y la práctica de cualquier otra prueba que se considere necesaria, después de lo cual el instructor designado formulará el correspondiente pliego de cargos.

En él, y si aprecia infracciones disciplinarias, reflejará todos y cada uno de los hechos sancionables, con su posible calificación jurídica, así como las sanciones que puedan aplicarse, según recoge el citado régimen disciplinario.

El expedientado tendrá entonces un plazo de diez días para contestar y proponer a su vez la práctica de pruebas.

Una vez practicadas éstas, el instructor formulará una propuesta de resolución "en la que se fijarán con precisión los hechos, se hará su valoración jurídica para determinar si se estima que se ha cometido la falta y, en su caso, cual sea ésta y la responsabilidad del expedientado y se señalará la sanción que se debe imponer".

La sanción es la de suspensión de empleo y sueldo desde cinco días a tres meses

El expedientado también podrá alegar a esa propuesta de resolución, después de lo que el expediente se elevará al órgano que haya acordado su incoación —en este caso al director general—, que resolverá sobre el mismo.

"Presión mediática"

Para el secretario general del Sindicato Unificado de Policías (SUP), Felipe Brihuega, Interior "ha cedido ante la presión mediática" y ha recordado que también hubo gente que se "extralimitó" con los agentes.

"También la policía tiene vídeos de personas que se extralimitan con los agentes. Se les escupe o se les mea", ha asegurado Brihuega, al tiempo que ha pedido que también se saquen esas imágenes y que ha preguntado "por qué ante la presión mediática no se defiende a los policías de otra manera". "Quieren acallar a la opinión pública", ha afirmado.

Brihuega ha considerado que, aunque "no es justificable, si es entendible" que en un momento dado haya habido agentes que se hayan podido "extralimitar" como consecuencia de haber "estado sometidos a insultos, vejaciones o escupitajos".

El SUP cree que a Interior "se le ha ido" este tema "de las manos"

El representante del SUP ha concluido señalando que al Ministerio del Interior "se le ha ido" este tema "de las manos".

Violencia policial

El Ministerio del Interior anunció que iniciaría una investigación sobre los abusos policiales el viernes por la noche, después de que salieran a la luz un amplio número de vídeos y fotografías que mostraban cómo varios agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP) agredían sin motivo a algunos manifestantes.

Otro caso en el que se aplica el principio jurídico de la “pérdida de oportunidad terapeútica”…

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Condenan a Castilla y León por la muerte de una niña con leucemia

El Gobierno regional tendrá que pagar 84.500 euros a los padres al no haber diagnosticado a tiempo la enfermedad

05.08.11 - EFE | MADRID.

La Junta de Castilla y León deberá pagar 65.000 euros más los intereses de demora, lo que eleva la cantidad a 84.500 euros, a los padres de una niña que murió con 12 años por leucemia, una enfermedad que no le diagnosticaron a tiempo, según el Defensor del Paciente.

La condena se refiere a hechos ocurridos en noviembre de 2004 y a la «pérdida de oportunidad terapéutica» de la menor fallecida por leucemia, «como consecuencia de un diagnóstico tardío por parte del Hospital Clínico de Valladolid», según las mismas fuentes. La resolución judicial del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León establece el pago de la indemnización por los daños y perjuicios sufridos por los padres.

Fue el 1 de noviembre de 2004 cuando llevaron a la pequeña al servicio de urgencias del Hospital Clínico Universitario de Valladolid, aquejada de dolor en la extremidad superior izquierda y manchas dolorosas al palparlas. La remitieron a la consulta de Dermatología al día siguiente, donde le practicaron una analítica y una biopsia de la mancha eritematosa.

Tres días después, los padres acudieron a la consulta de su pediatra, quien les dijo que la niña sufría una infección vírica, sin prescribir ninguna prueba diagnóstica. Por la tarde, regresaron a urgencias del Clínico, ya que la niña presentaba febrícula y síntomas de fatiga y tos.

Fue el 8 de noviembre, ante los síntomas cada vez más graves, lo que llevó a los padres a acudir con la niña de nuevo al pediatra del centro de salud, donde les recriminaron su insistencia en la sintomatología de la niña, ya que eso mismo estaba afectando a la menor al aumentar su estado de ansiedad. El 9 de noviembre, el padre insistió de nuevo sobre la gravedad de su hija cuando acudió solo a la consulta de pediatría, desde la que le remitieron con un parte de asistencia a los servicios de urgencia del Clínico.

Ante esta situación, los progenitores recurrieron a la medicina privada y les explicaron que la pequeña necesitaba ingreso urgente en un centro hospitalario por su gravedad, donde finalmente se le diagnosticó una leucemia. La niña murió el 11 de noviembre de 2004 en la unidad de cuidados intensivos pediátricos del Hospital Clínico de Salamanca, ya que dado el avance de la enfermedad no pudo hacerse nada por salvar su vida.

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Condenan a Salud por la muerte de un paciente al no diagnosticarle un tumor de riñón en el Valle del Nalón

Debe abonar 25.500 euros

OVIEDO, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) condena a la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado a abonar una indemnización de 25.500 euros, por aplicación del principio de ’Pérdida de Oportunidad’, a los familiares de un paciente de 57 años del Hospital Valle del Nalón que falleció al no detectarle "con anterioridad" un tumor en un riñón que derivó en enfermedad metastásica.
Según se indica en la sentencia, facilitada por la Asociación “El Defensor del Paciente” y recogida por Europa Press, la Administración abonará a la viuda 18.000 euros y a cada uno de sus tres hijos 2.500 euros.
Contra esta resolución, firmada el 21 de julio, cabe imponer ante la Sala un recurso de casación en el término de 10 días, para ser resuelto por la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Con esta sentencia, el TSJA desestima la causa de inadmisibilidad alegada por la Administración demandada y estima en parte el recurso interpuesto por los Servicios Jurídicos de la asociación en nombre de la familia del fallecido, de tal forma que declara la responsabilidad patrimonial de la Consejería y la condena, y solidariamente a la entidad aseguradora, a abonar las cantidades citadas.
Según indican desde “El Defensor del Paciente”, el fallecido, P.M.Z., "llevaba desde junio de 2006 acudiendo en numerosas ocasiones al Servicio de Urgencias del Hospital Valle del Nalón aquejado de fuertes dolores abdominales y renales, y trastornos urinarios".
"Tras escuetas exploraciones, siempre era dado de alta con el diagnóstico de dolor inespecífico", señalan apuntando que "finalmente fue remitido al Urólogo, y tras repetidos diagnósticos erróneos no se logró obtener un diagnóstico claro de su situación".
Por ello, "tras 7 meses de peregrinaje infructuoso del paciente al médico y al Servicio de Urgencias, con un deterioro importante de su salud, dolor renal, pérdida de peso, decaimiento y fiebre constante, se confirma mediante TAC que padece un tumor, siéndole extirpado el riñón izquierdo y un trozo de intestino".
De este modo, su estado "continuó empeorando sin remedio y a pesar de los numerosos ingresos durante los siguientes meses en Urgencias y nuevos diagnósticos erróneos de neumonía, le es detectada una mancha en el pulmón, con diagnóstico de ’metástasis de carcinoma urotelial’, que no se somete a tratamiento oncológico activo debido a lo avanzado de su estado y se recomienda su ingreso en la Unidad de Cuidados Paliativos, falleciendo el paciente con fecha 11 de septiembre de 2007 a los 57 años de edad".

El juzgado de lo mercantil puede abrir la puerta de las responsabilidades penales de los miembros del consejo de administración de la empresa…

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La gestión de Venturo XXI llega al Juzgado

La vista del 15 de septiembre decidirá si el concurso de acreedores fue «culpable», lo que abriría la puerta a acciones penales

El Entrego, L. M. D., en La Nueva España

La batalla judicial por Venturo XXI se va clarificando. El próximo 15 de septiembre, a partir de las diez de la mañana, el magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo deberá decidir si el concurso de acreedores de la empresa cartográfica es «culpable», lo que querría decir que el consejo de administración de la firma llevó de forma deliberada a la quiebra a la compañía. El consejo de administración de Venturo XXI estaba compuesto por los empresarios extremeños Manuel y José Antonio Coronado, propietarios del 51% del capital; Víctor González Marroquín, ex presidente de la Sociedad Regional de Promoción (SRP), que tiene el 21% del capital, y Manuel Fernández, representante de Sadim (Sociedad Asturiana de Diversificación Minera), que depende de Hunosa y que posee el 21 por ciento de la firma.

En caso de que se declare «culpable», se dejará la puerta abierta a las acciones judiciales por vía penal que han planteado empresas acreedoras de Venturo XXI contra los responsables de la compañía cartográfica. Estos acreedores consideran que, en la gestión de Venturo, pudo producirse alzamiento de bienes. En la vista se aportarán tres tipos de pruebas: documentales, basadas principalmente en los documentos aportados por la propia Venturo XXI y el informe de la administración concursal; periciales, que desarrollará el economista José Mantava Llorens, y testificales, en las que se citará al perito Joaquín Fanjul García. Los representantes legales de Venturo XXI presentaron una súplica al juzgado pidiendo que esta vista no se celebrase, al entender que «dadas las alegaciones presentadas por el Ministerio Fiscal y los acreedores personados, una cuestión de mera discrepancia jurídica».

Tras las denuncias realizadas por los acreedores ante el Juzgado de lo Mercantil, desde la sala se encargaron, como diligencias previas a esta vista, informes sobre el concurso de acreedores tanto a los que fueron sus administradores concursales como a la Fiscalía. Los administradores consideraron en sus conclusiones que en la gestión de Venturo XXI «no se observa alzamiento alguno de bienes» ni «salida real o fraudulenta de patrimonio», y apuntaron que los gestores de la cartográfica no fueron los culpables directos de la quiebra de la firma. Las conclusiones del Ministerio Público fueron bien distintas. La Fiscalía se limitó a calificar el concurso de acreedores como «culpable», por lo que observaba indicios de irregularidades en las actuaciones del consejo de administración.

Venturo XXI se instaló en el valle de La Güeria en 2005. Recibió 1,2 millones de euros de los fondos mineros, además de ayudas a la formación de empleados y un crédito «blando» de Sodeco -que controla el 7% del capital- de 2 millones. Dejó a 73 trabajadores en la calle, y en su gestión hay puntos oscuros como la compra del edificio que era su sede, que se arregló con dinero público.

Algo bastante más frecuente de lo que se suele denunciar…

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Un juez reconoce como accidente laboral el mobbing sufrido por una funcionaria

La afectada, junto a otras dos trabajadoras, reclama 140.000 euros a la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo


13.07.11 - 02:37 - E. C., GIJÓN, en El Comercio.
La Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo se enfrenta a una demanda de 140.000 euros por mobbing. La denuncia fue presentada por tres trabajadoras de la entidad, dependiente de la Consejería de Salud, después de que la justicia reconociese a una de ellas haber sido víctima de acoso laboral, situación que la llevó a sufrir un cuadro de depresión por el que permaneció de baja más de seis meses. Los hechos se remontan varios años atrás, aunque se recrudecieron a lo largo de 2009 y 2010, reza el fallo judicial. Asimismo, otra de las afectadas ha logrado que le reconocieran como accidente laboral su baja por depresión tras ser víctima de desplantes y vejaciones en el trabajo.
La acusación de mobbing va dirigida a una jefa de servicio que fue cesada de su cargo en julio de 2010, tiempo después de que se presentaran las denuncias por acoso laboral.
El abogado de las querellantes, Álvaro Suárez, acusó a la Consejería de Salud de «tratar de ocultar el tema cuanto pudo, amparándose en que el servicio de Prevención de Riesgos Laborales no habla de mobbing». Las tres afectadas aseguran que la jefa de servicio las sometía a chantaje emocional y moral. Les acusaba de «tocarse el higo» y «las trataba de forma despectiva», además de verter «mentiras» sobre ellas.

"Alea jacta est...", asi nos lo cuenta Sevach en su Blog.

"Alea jacta est...", asi nos lo cuenta Sevach en su Blog.

La Audiencia Nacional avala el Tijeretazo a los jueces: barbas a remojar

Como prueba de que los jueces que juzgan a otros jueces saben distanciarse del problema con alarde de ejemplar imparcialidad, la reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 22 de Junio de 2011 (rec.459/2010) desestima el recurso de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria frente al recorte retributivo aplicado a jueces y magistrados a golpe de Decreto-Ley. Esta sentencia se apoya en el reciente Auto del Tribunal Constitucional de 7 de Junio de 2011, pero ya anuncia la catarata de sentencias desestimatorias de miles de recursos similares, tanto de jueces como del común de los funcionarios. Alea jacta est. (leer más)

El fracaso de uno de los emblemas de la reconversión

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El consejo de administración de Venturo XXI será juzgado por su mala gestión

El juicio se celebrará el 15 de septiembre y en él se dilucidará si sus decisiones llevaron la firma a la quiebra y si hubo alzamiento de bienes

Lne.es » Cuencas El Entrego, L. M. D.

El cruce de acusaciones judiciales resultante del proceso de disolución de Venturo XXI tendrá su primer episodio el próximo 15 de septiembre, en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo. Acreedores de la empresa cartográfica informaron de que han sido admitidas a trámite sus denuncias, con el apoyo de la fiscalía, donde acusan a los cuatro miembros del consejo de administración de Venturo XXI -sus promotores privados, los empresarios extremeños Manuel y José Antonio Coronado; Víctor González Marroquín, ex presidente de la Sociedad Regional de Promoción (SRP), y Manuel Fernández, de Sadim- de llevar a la ruina a la empresa con su gestión y de un presunto delito de alzamiento de bienes.

 

Dos empresas acreedoras de la cartográfica que se instaló en el valle de La Güeria denunciaron judicialmente la mala gestión de la firma, responsabilizando directamente a su consejo de administración del declive en el que la firma entró en los años 2009 y 2010 -a principios de este año entró en concurso de acreedores-. Como diligencias previas al caso se encargaron informes a los administradores concursales y a la fiscalía. El primero concluyó que no había indicios de delitos penales. El informe de la fiscalía fue bien distinto, porque el ministerio público calificó el concurso de acreedores «como culpable», es decir, que observaba indicios de irregularidades en las actuaciones de los administradores. De esta forma respaldaba la tesis de los acreedores y su denuncia por alzamiento de bienes. Según la Ley Concursal, el concurso de acreedores sólo puede ser considerado «culpable» cuando «en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo (intencionalidad) o culpa grave del deudor, si los tuviere, de sus representantes legales, y en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores».

 

Finalmente, y tras cotejar los informes, el Juzgado ha decidido llevar la gestión de Venturo XXI a juicio con la intención de aclarar el porqué de algunas decisiones durante su gestión, y si existió o no alzamiento de bienes por parte de los empresarios extremeños, tal y como denuncian los acreedores.

 

Venturo XXI se instaló en el valle de La Güeria en el año 2005, de mano de los hermanos Coronado, que mantenían una relación «amistosa» con el por entonces director gerente del Idepa (Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias) y presidente de la SRP, Víctor González Marroquín. Con una ayuda inicial de 1.6 millones de fondos mineros, de la que al final sólo recibió 1,2 millones, la cartográfica también tuvo ayudas para la formación de sus trabajadores. Además, obtuvo un «crédito blando» de Sodeco valorado en 2 millones de euros. La empresa cartográfica llegó a tener más de 100 empleados, aunque cuando se inició el concurso de acreedores hace más de un año únicamente contaba con 73 trabajadores. Según los acreedores, cuando los auditores de la empresa pidieron un aumento de capital para garantizar su supervivencia, lo que se hizo fue reducirlo hasta en dos ocasiones. También hay dudosas operaciones inmobiliarias, como la compra por 380.000 euros del edificio de su sede, arreglado con fondos públicos y tasado en 1,5 millones.

Ver veremos hasta dónde llega el fraude y las implicaciones de todo tipo…

Ver veremos hasta dónde llega el fraude y las implicaciones de todo tipo…

El Tribunal de Cuentas abrirá una investigación por los ERE de Andalucía

El órgano fiscalizador detecta que existen indicios de irregularidades en la gestión de los expedientes de empleo

03.07.11 - CECILIA CUERDO | SEVILLA, en El Comercio.

La investigación por las falsas prejubilaciones en los ERE pagados con dinero público en Andalucía sube un nuevo peldaño y ha llegado al Tribunal de Cuentas. El máximo órgano fiscalizador admitió a trámite la querella presentada hace dos meses por el Partido Popular y abrirá una investigación al encontrar indicios de que «que pudiera existir un perjuicio a los fondos públicos autonómicos».

El escándalo saltó a la luz a raíz de las numerosas irregularidades descubiertas en la gestión de una empresa mixta, Mercasevilla. Al tirar del hilo, la revisión de los ERE permitió descubrir que numerosas personas ajenas a las empresas eran incluidos como falsos prejubilados.

La investigación interna realizada por la Junta de Andalucía, únicos datos oficiales que hay hasta el momento, se salda con irregularidades en 42 de las 68 empresas investigadas, hay 72 intrusos o falsos prejubilados y otras 111 personas que presentan alguna «discordancia administrativa». En total, el fraude alcanzaría los nueve millones de euros.

Mientras la juez de instrucción numero 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, continúa su investigación y centra sus pesquisas en determinar si el Gobierno autonómico andaluz conoció en algún momento que el dinero para pagar los ERE estaba al margen de cualquier control administrativo o limitaciones legales, ahora es el Tribunal de Cuentas el que inicia una nueva indagación para esclarecer el perjuicio a las arcas públicas y propone el nombramiento de un instructor de la nueva investigación.

En su escrito de denuncia, el PP detalló las supuestas irregularidades en la concesión de ayudas con fondos públicos de la Consejería de Empleo concedidas entre 2001 y 2009, y que empresas en crisis, «sin la concurrencia y publicidad adecuadas», recibieron fondos públicos que «fueron utilizados fraudulentamente para beneficiar a determinados alcaldes, altos cargos y personas concretas».

Fraude monumental

El anuncio de la nueva investigación fue realizado ayer en la clausura de la reunión interprovincial que los populares han celebrado en Sevilla. Para el secretario general del PP de Andalucía, Antonio Sanz, esta decisión confirma que el escándalo de los ERE es un «fraude monumental» con responsabilidades «no sólo políticas, sino también penales».

«Queda claro que desde la Junta de Andalucía se ha permitido que se haya usado el dinero de los parados para pagar pensiones ilegales a cargos públicos del PSOE, a ayuntamientos socialistas y a empresas amigas del PSOE», remató el secretario general del PP andaluz.

El número dos de los populares de esa comunidad consideró además que el Tribunal de Cuentas viene a contradecir a aquellos «que se empeñaron en decir que la investigación era un capricho» de la jueza de instrucción 6 de Sevilla o «una obsesión del PP por ir contra el PSOE».

El PP ha sostenido siempre que Manuel Chaves, cuando fue presidente de la Junta, y su sucesor, José Antonio Griñán, estaban al tanto de las irregularidades.